Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 35
5. EL PRINCIPIO GENERAL DE ASIMILACIÓN CON EL ABOGADO CON TÍTULO ESPAÑOL
ОглавлениеArtículo 9 RDAUE.
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Sin perjuicio de la normativa profesional y deontológica a la que estén sujetos en su Estado miembro de origen, una vez producida la inscripción en un Colegio de Abogados español a los abogados procedentes de países de la UE o del EEE que ejerzan en España con su título profesional de origen les serán de aplicación, con carácter general, y en relación a todas las actividades que ejerzan en territorio español, las mismas reglas profesionales y deontológicas que rijan para los abogados ejercientes con título español.
En especial, quedarán sujetos a los mismos derechos, deberes, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades establecidos en el RDEGA.
La retirada, temporal o definitiva, de la autorización para ejercer la profesión en el Estado de origen, acordada por la autoridad competente de dicho Estado, conllevará para el abogado inscrito la prohibición, temporal o definitiva, de ejercer en España
con el título profesional de origen.