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Las vulnerabilidades de niñas, niños y adolescentes

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En el caso de la violencia contra niñas y niños, si bien puede seguirse el marco analítico propuesto para la clasificación de las violencias contra mujeres adultas, debe enfatizarse una condición específica de la niñez, referida a la vulnerabilidad que conlleva la debilidad física y la dependencia, lo que les impide afrontar la fuerza y poder de los adultos, la posición de contacto involuntario con sus maltratadores familiares sin opciones para alejarse, la dificultad para acceder a las instancias sociales que podrían protegerlos de un contexto de riesgo, así como la ausencia de herramientas o el no contar con experiencias suficientes que les permitan valorar lo bueno y lo malo, y los riesgos a los que están expuestos (Finkelhor y Dziuba-Leatherman, 1994: 177).

La vulnerabilidad en la niñez tiene, además, un componente histórico-social que ha definido los distintos grados de la tolerancia familiar, comunitaria y legal, así como la legitimación social y cultural de los abusos contra menores. Bagley y King (1990) refieren que, durante siglos, la niñez ha tenido escasa o nula protección individual y social, y no es sino hasta 1962, a partir del estudio y descripción que Henry Kempe hiciera del síndrome del niño apaleado o maltratado, que se empieza a reconocer el maltrato infantil como una categoría problemática (unicef, 2015). En 1970 es cuando se reconoce como un problema que debe prevenirse, y atenderse, mediante la protección del Estado.4 En América Latina, es a partir de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989, cuando ocurre un cambio radical que implica la oposición de dos grandes modelos: el modelo tutelar de la situación irregular y el modelo derivado de la Doctrina de la protección integral. El primero, ante la explotación sexual comercial infantil, considera a los menores en situación “irregular” y no como sujeto de violación de derechos humanos, mientras que el segundo los considera sujetos de derecho (Beloff, 2004; unicef, 2006). Más adelante, en 1999, la Organización Internacional del Trabajo (oit) reconoce este tipo de violencia como una de las peores formas de trabajo infantil (oit, 2000). Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (oms) admite en 1996 que la violencia es un problema esencial de salud pública, y desde 2002 ha desarrollado importantes esfuerzos para prevenirla (Krug, Dahlberg, Mercy, Zwi y Lozano, 2002).

Pese al reconocimiento legal y a los acuerdos internacionales, en la práctica las violencias contra la niñez siguen existiendo, incluso en modalidades generalizadas de comercio, explotación y esclavitud, sobre dos bases importantes: la estructura jerárquica y el ejercicio del poder dentro del hogar, y la tolerancia cultural e indiferencia social a su victimización, asociada al patriarcado y a su legitimación. La desprotección real del Estado juega un papel clave en ello. Este último elemento es uno de los componentes de la vulnerabilidad social, pero se refiere específicamente a las normas que han definido el estatus social y vulnerabilidad de niñas y niños ante la violencia. Es un tipo de vulnerabilidad específico de la niñez, diferente al concepto de vulnerabilidad social que suelen compartir individuos y ciertos grupos de población (Busso, 2001; Kaztman, 2000: 278; Pizarro, 2001).5

La vulnerabilidad social, a decir de Pizarro (2001), se presenta como un rasgo social dominante del nuevo patrón de desarrollo, convirtiéndose en un concepto explicativo complementario al de pobreza y desigualdad social, y como retomamos en este trabajo, es complementario al de vulnerabilidad por edad y sexo de las niñas, niños y adolescentes. Por ejemplo, la vulnerabilidad a la que hacen referencia Finkelhor y Dziuba-Leatherman (1994), por su especificidad, aleja el estudio de la explotación sexual comercial infantil —en la expresión de prostitución—, del debate sobre la prostitución producto de una elección individual (Lamas, 2016), que compete a la prostitución de mujeres, generalmente adultas. No obstante, tanto niñas, niños y adolescentes, como personas adultas, pueden compartir las condiciones de vulnerabilidad social como condición subyacente. La explotación sexual comercial de la niñez, abarca la doble condición de vulnerabilidad antes expuesta, y debe ser analizada considerándola en su especificidad.

Cuando se trata de abuso sexual infantil, se reconocen tres elementos como componentes de la vulnerabilidad, que tienden a incrementarla: la edad, ya que a menor edad es más fácil que sean víctimas por la fuerza o que sean involucradas en conductas sexuales que no comprenden; la existencia de alguna discapacidad física o mental, que les otorga mayor indefensión; que él o la menor ya haya sido víctima de abuso sexual, y que sea niña, porque en las mujeres la problemática aumenta (unicef, 2015), aun cuando los varones también pueden ser víctimas de abuso y explotación sexual (Adjei y Saewyc, 2017).

Violencias contra niñas, niños y adolescentes en Chiapas

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