Читать книгу Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo III. (Chile: 1973-1990) - Brian Loveman - Страница 25
El MIR y el fallo de extradición
ОглавлениеA pesar del decreto supremo del Ministerio de Justicia N° 504 (que establecía una forma de indulto al conmutar la pena de cárcel por extrañamiento/exilio), parecía claro que la Junta de Gobierno militar había determinado eliminar al MIR y a elementos de los partidos Comunista y Socialista. El general de brigada Enrique Morel, juez titular del II Juzgado Militar de Santiago, pidió que la Corte Suprema resolviera si procedía o no solicitar la extradición desde Suecia de dos miristas destacados, Nelson Mario Gutiérrez Yáñez y María Elena Bachmann Muñoz (su esposa), por infracciones de la ley de seguridad interior del Estado335.
Gutiérrez participó en varias operaciones del MIR; entre ellas en el enfrentamiento con las fuerzas de la DINA el 15 de octubre de 1975 en Malloco, cuando fueron sorprendidos en una reunión en la parcela Santa Eugenia. Fue herido a bala, pero pudo escapar junto a Andrés Pascal336. Buscó asilo en la Nunciatura Apostólica con la ayuda de los sacerdotes Gerardo Wheelan, de Holy Cross, y Patricio Cariola s.j, y recibió atención médica de la ciudadana británica, doctora y religiosa Sheila Cassidy. La doctora Cassidy fue detenida en medio de una balacera contra la residencia de los Padres Columbanos en Santiago, muriendo el ama de casa Enriqueta Reyes Valerio. Cassidy fue torturada por la DINA y expulsada del país337. Los sacerdotes mencionados fueron detenidos en operativos con gran violencia y posteriormente fueron recluidos en la cárcel pública. Gutiérrez salió del país hacia Estocolmo a través de la embajada de Suecia en Santiago338. En Suecia, participó en actividades públicas entre febrero y julio de 1976, con la comunidad de exiliados, criticando fuertemente al gobierno militar. Como otros exiliados, fue vigilado por la DINA. El Gobierno solicitó su extradición para ser procesado por el fuero militar, por el hecho de ser uno de los dirigentes principales del MIR.
La Corte Suprema falló a favor de la extradición señalando que «se reúnen los requisitos [jurídicos] indicados [según el derecho internacional]: que se trata de hechos que revisten caracteres de delito, cuyo juzgamiento corresponden a los tribunales nacionales; existe orden de aprehensión pendiente; la acción penal no está prescrita y se encuentran sancionados por nuestra ley con penas superiores a un año de privación de libertad; y no se trata de delitos políticos o conexos con ellos (…)»339. Es decir, los delitos cometidos por Gutiérrez no eran «políticos», sino comunes, de acuerdo con la ley de seguridad interior del Estado. La corte declaró «procedente» solicitar al gobierno de Suecia la extradición de Gutiérrez y también de Bachmann340. Nelson Gutiérrez no fue extraditado, y en julio de 1976 viajó a Cuba. Volvió a Chile en 1990.