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Aproximación a un objeto de estudio

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Como se señaló, las Defensorías de las Audiencias de América Latina, nacidas en el marco de los debates por la democratización de la comunicación no se habían convertido en objeto de estudio, posiblemente por múltiples causas: la emergencia reciente del fenómeno, muchas veces la falta de tiempo y recursos, la superposición de otras recurrencias tópicas y la desatención habitual de los centros de producción de investigación en el campo comunicacional, sobre todo de Europa y Estados Unidos.

El rastreo de antecedentes de investigaciones sobre las Defensorías de las Audiencias en el mundo, realizado hasta aquí, revela la existencia de por lo menos dos libros que mencionan la institución, pero en el marco de la autorregulación empresaria y con casos específicos que no son la totalidad ni los que componen este trabajo.

En Viena fue publicado un libro de preguntas y respuestas, bajo el título The Media Self-Regulation. Guidebook. All questions and answers, de Miklós Haraszti (2008), para la Organization for Security and Cooperation in Europe, donde se detalla la figura de las Defensorías de las Audiencias en general, concebidas desde la autorregulación y se referencia de manera particular las Defensorías de Francia.

Tres años después, en México, Ernesto Villanueva (2011), publicó La Defensoría de la Audiencia, donde luego de consideraciones generales, también bajo la modalidad de preguntas y respuestas, profundiza sobre una experiencia en particular, la de la Defensoría de Radioeducación, de México.

En contraste con la esmirriada publicación sobre la temática, sí pueden encontrarse abundantes ensayos y artículos académicos con el foco puesto en las Defensorías de los Lectores, los Ombudsman o Newsombudsman, de múltiples países, pero sobre todo de Estados Unidos, España, Inglaterra, Australia, Francia y Japón.

Aquí fueron considerados Ética y Periodismo. Códigos, estatutos y otros documentos de autorregulación de Hugo Aznar, O Ombudsman e o público de Jairo Faria Mendes, Cahiers de l’Institut Internacional de la Presse, “The American Press Ombudsman” de Donald Thomas Mogavero; “What Do Ombudsmen Do?” de Casandra Tate, Donner la parole au public de Karen Rothmyer, “¿Por qué un Defensor de la Audiencia en los medios latinoamericanos?” de Susana Herrera Damas, entre otros.

También se han incorporado aquellos específicos sobre observatorios y veedurías de medios de comunicación, como Veedurías y Observatorios, del Colectivo La Tribu, de Argentina, donde referentes como María Cristina Mata, Germán Rey y Rosa María Alfaro han hecho diversos aportes.

Precisamente, en América Latina existen algunos trabajos publicados en México, Colombia, Perú, Brasil y Argentina de manera saliente, siempre considerando las Defensorías del Lector y no así las de las Audiencias.

El trabajo tiene en cuenta las últimas publicaciones de referencia solo como antecedentes de creación de las Defensorías de las Audiencias, ya que el objeto de estudio presenta, como se verá, características muy particulares y diferentes.

Las Defensorías de los Lectores, en su mayoría, continúan conformándose como espacios de trabajo solitario, reducidos a un solo medio de comunicación gráfica, ajenos a la legislación vigente, en el marco de la autorregulación, por voluntad de quienes se enuncian como “dueños” de los medios gráficos.

Se profundiza acá en los casos de Colombia, México, Brasil, Argentina, Ecuador, Uruguay y Costa Rica, países donde las legislaciones crearon las nuevas Defensorías, aunque no en todos los casos han podido ser puestas en práctica, como ocurre en Uruguay y Ecuador.

En el caso de Ecuador, es el único país que reconoce la creación de Defensorías en todos los servicios de comunicación: gráfica, radio, televisión e internet, pero al no haberse podido poner en práctica, como se mencionó, no pudieron registrarse modificaciones o no en el accionar.

Las Defensorías de las Audiencias existentes en especial en Brasil, Argentina, Colombia, México y Costa Rica se caracterizan por haber surgido en los nuevos procesos regulatorios del audiovisual; aunque solo algunas de ellas realizan la tarea con equipos de trabajo. A la vez, los impactos de las nuevas tecnologías comienzan a encauzar los debates hacia las nuevas necesidades y algunas de ellas realizan su tarea en otros espacios, como Internet, como está ocurriendo en Colombia.

En cuanto al campo estrictamente académico, pueden reconocerse dos tesis doctorales en España a las que accedió esta autora: la más reciente de Patricio Gutiérrez del Alamo Llodra (2015), titulada “El Defensor del Lector de El País (1985-2010) Una experiencia pionera en España”. Y la de Carlos Maciá Barber (2001) que, luego de un pormenorizado desarrollo de la figura, se basa en el modelo del Ombudsman de la Prensa en Suecia, el Ombudsman de la Prensa en Sudáfrica y el Inspector de la ética del Periodista de Lituania, bajo el título “La participación y los derechos de los públicos en el proceso informativo: la figura del Defensor del Lector, del Oyente y del Telespectador”.

En la Argentina, también específica sobre la escasa y corta trayectoria de la figura del Defensor del Lector y del Oyente de nuestro país, existe una tesis de Maestría, de Flavia Verónica Pauwels (2012) titulada “Defensores de lectores y oyentes en la prensa argentina. La pedagogía del derecho a la información”, a la que también se accedió gracias a su autora.

Por último, en los Estados Unidos, se identifica “The Diminishing Role of the Ombudsman in American Journalism”, de Wade Hiligoss, de la Universidad de Nebraska, publicada en línea en digitalcommons.unl.edu. Y otras específicas, de hace más de treinta años, como Ombudsman in Newspaper Organization, de Bradford Bollinger, de la California State University al Chico (1983-1984); The Role of the Ombudsman on Newspapers in the United States and Canada, de Kathleen Carol Hoxsie, de la University of Nevada (1982); The American Press Ombudsman, de Donald Thomas Mogavero, de University of Washington (1981) y The Role of the Newspaper Ombudsman in Media Accountability: The Case of “The Courier-Journal”, de Neil Nemeth, de Indiana University (1991).

Publicaciones, debates y miradas focalizadas fueron relevadas en Congresos organizados por la Organización de Newsombudsman (ono), en distintas partes del mundo (de los que se participó entre 2012-2016 de manera presencial), por la Organización Interamericana de Defensores y Defensoras de las Audiencias (oid), por alaic y otras organizaciones públicas y privadas (desde 2012, hasta la actualidad con participación presencial).

A partir del material recopilado, este trabajo se inscribe en el marco de referencia teórico conceptual sobre la evolución de la libertad de empresa, hacia la libertad de prensa, la libertad de expresión y finalmente al derecho humano a la comunicación (Soria, 1987); para indagar sobre el nacimiento y reconfiguración de las Defensorías de las Audiencias, del Público y Ouvidorias de América Latina, en escenarios emancipatorios de fines del siglo pasado y principios del xxi.

Como se señaló, el objeto de estudio son las Defensorías de las Audiencias de América Latina y sus reconfiguraciones, inscriptas en las luchas por una comunicación democrática, en el reconocimiento de la comunicación como derecho humano, motivo por el que se indaga sobre todos los casos existentes, la Constitución Política, las leyes y reglamentaciones que las originaron hasta 2017 en Colombia, México, Ecuador, Argentina, Brasil, Uruguay y Costa Rica, únicos países de América Latina en los que existe o fue creada la figura en el Audiovisual.

¿Cuáles son las competencias, alcances, limitaciones en la defensa de las audiencias? ¿Cuáles las demandas y reclamos de las audiencias, en los diferentes países? ¿Cómo contribuyen a la construcción de la ciudadanía comunicacional y la obligación de salvaguardar el derecho humano a la comunicación por parte de los Estados? ¿Qué dificultades y desafíos encuentran?

Se cotejan diferencias y similitudes con las Defensorías que ya existían. Rupturas, continuidades para lograr la legitimidad necesaria en un escenario de concentración comunicacional, que sigue rigiéndose por lógicas mercantilistas, clasistas y de género para la determinación de sus subjetividades, para establecer criterios periodísticos y jerarquizaciones.

El propósito es dar cuenta de este camino construido y de las alternativas por construir, de cara a las transformaciones constantes en el campo de la comunicación audiovisual y aportar nuevas miradas y perspectivas de la problemática.

Derecho humano a la comunicación: Desconcentración, diversidad e inclusión

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