Читать книгу La protección de las transmisiones de datos transfronterizas - Elena Rodríguez Pineau - Страница 23
2.3. Visión panorámica
ОглавлениеSe observa así cómo, a través de las relaciones bilaterales, tanto la UE como EE.UU. incorporan cuestiones relativa a los datos personales con impacto en el comercio sobre las que plantean sus respectivas aproximaciones y tratan de expandir sus respectivos modelos. De modo paralelo, además de contribuir en cierta medida a un establecimiento y expansión de estándares mínimos internacionales, la diversidad de compromisos puede llegar a colocar a terceros países en situaciones complicadas. Así, con carácter general y más allá de otras consideraciones legales (excepciones al TNMF de los acuerdos de libre comercio tanto en GATT como en GATS), mientras como miembro del USMCA, Canadá está sujeta a la libertad de transferencia de datos, en virtud de sus compromisos con la UE, que ha reconocido la adecuación de su normativa de protección de datos a los efectos de la exportación de los correspondientes a los residentes comunitarios, no podrá facilitar la transmisión de éstos a EE.UU. ni a México.
En todo caso, el pasado 15 de junio de 2021, la UE y EE.UU. han puesto en marcha un Consejo bilateral de Comercio y Tecnología con el fin de buscar enfoques coordinados sobre cuestiones fundamentales en materia de economía, comercio y tecnología sobre la base de “valores democráticos compartidos”. En su seno se incluye un grupo de trabajo sobre “Gobernanza de datos y plataformas tecnológicas”121. En la línea de intensificar el comercio y la inversión y de evitar obstáculos técnicos al comercio en este terreno, cabe destacar la importancia del objetivo común de facilitar la “cooperación en materia de política reguladora y de ejecución”, así como de “cooperar en el desarrollo de normas compatibles e internacionales” que, cabría esperar, aborden en alguna medida la protección de los datos personales y la privacidad.