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30 de octubre de 2018 Nadar a contracorriente en el proceso contencioso-administrativo

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Hoy dediqué gran parte del día a preparar un juicio que tengo mañana. El expediente y yo frente a frente, sin testigos vacilantes a los que preparar ni peritos apremiantes a los que prevenir. Es el típico pleito contencioso-administrativo en el que el juez asume el rol de revisor del procedimiento administrativo, en este caso documentado en un expediente de más de 600 páginas. Han sido cinco horas a solas con tres tomos de documentos, revisando de nuevo cada página e intentando encontrar como los buscadores de oro el premio a la perseverancia entre una maraña de actos de trámite, pruebas y resoluciones.

En medio de esa concentración casi monacal, aislado del teléfono, en un receso compruebo que la clienta del asunto en cuestión me ha mandado un correo electrónico donde me dice que está ansiosa, me hace ver su preocupación y me plantea –de nuevo– sus dudas y las posibilidades de que salga bien. Le contesto con intención de tranquilizarla, pero cuando termino de escribirle me doy cuenta de que me ha contagiado su ansiedad, así que vuelvo a mis tres tomos de expediente con el gesto más sombrío, consciente de que no las tengo todas conmigo por tres motivos.

Uno, porque como siempre digo, utilizando el símil futbolístico, en esta jurisdicción los recurrentes jugamos en campo contrario. Dos, porque además el juez, a quien conozco desde hace años1, tiene fama de árbitro casero (seguimos con el futbol). Y tres, porque mi defensa se basa, a falta de pruebas, en errores del procedimiento que alego como motivos de nulidad, al entender que han causado indefensión a mi cliente, con lo cual la cuestión de fondo (si es o no responsable) pasa a un segundo plano, lo que supone que el debate no esté en lo sustantivo (si existe o no infracción) sino en lo adjetivo (si se respetaron las garantías procedimentales).

Llevar el pleito a ese terreno siempre es peligroso, porque al juez le queda la sensación de que la clienta es culpable, y que en su defensa estamos tomando determinados atajos aprovechando los descuidos o excesos de confianza del instructor del expediente administrativo.

Pero es que en ocasiones no tienes otra línea de defensa posible, más que sembrar la demanda de vicios del procedimiento. Nada extraño, por lo demás, en una materia, como es la responsabilidad disciplinaria del empleado público, abonada a las caducidades, prescripciones y otros defectos procedimentales, manifestaciones de cierta sensación de dominio que la Administración imprime cuando ejercer su potestad sancionadora.

Después de hacerme un guión del expediente, y tomar nota de las páginas que me interesaba destacar en la vista, dejé preparado mi maletín para mañana y una hora antes de lo habitual salí del despacho bajo la lluvia fina (el orballo, en gallego con “b”) de una fría noche de otoño.

Necesitaba ventilarme un poco, meditar callejeando como un peripatético e intentar quitarme de encima la presión por las pala-bras de la cliente que todavía resonaban en mi interior. Una costumbre que conservo de mis años universitarios, que lejos de pasarme la noche previa de los exámenes en vela, yo cerraba la carpeta con los apuntes a una hora prudente y salía a correr para relajarme. Ahora me conformo con un sosegado paseo más largo de lo habitual antes de llegar a casa, y el maletín ya no volverá a abrirse hasta la hora del juicio. “Alea jacta est”.

1. Hay un dicho que traducido el inglés dice así: “buen abogado es el que conoce la Ley, mejor abogado es el que conoce al Juez”.

La soportable gravedad de la Toga

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