Читать книгу El síndrome del trabajador quemado (o burnout): dimensión jurídica laboral, preventiva y de seguridad social.(DÚO e-Pub) (No Activiti) - Guillermo García González - Страница 12

V. La recepción del burnout en el ordenamiento jurídico español a través de los órganos jurisdiccionales

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La recepción del burnout en nuestro ordenamiento se ha realizado de forma progresiva, y en la medida en que los riesgos psicosociales han ido adquiriendo relevancia en nuestro sistema jurídico.

Prescindiendo de la escasa regulación general sobre riesgos psicosociales, nuestro marco normativo carece de ordenación jurídica específica sobre el fenómeno del burnout; ni en la normativa laboral stricto sensu69, ni en las normas de seguridad social70, ni en las disposiciones preventivas71, se encuentran referencias explícitas al burnout.

La ausencia de disposiciones específicas no implica que el ordenamiento jurídico carezca de instrumentos que permitan tutelar el fenómeno del burnout; tutela que puede ser proporcionada por la extensa normativa laboral y preventiva con la que cuenta nuestro ordenamiento, a través de un simple proceso de aplicación de los criterios hermenéuticos generales contenidos en el art. 3.1 CC72.

En este contexto, han sido jueces y tribunales los que han introducido al burnout en nuestra realidad jurídica, principalmente a través de sus resoluciones en materia laboral, y específicamente en el ámbito de la seguridad social y en el preventivo73. Así, la jurisdicción social ha ido conformando un concepto jurídico del síndrome de estar quemado que, esencialmente, ha partido del concepto clínico consensuado en los estudios científicos realizados sobre la materia en el campo de la psicología de las organizaciones y de la medicina del trabajo74.

Se suele señalar como resolución pionera del reconocimiento del burnout en España la dictada por el TSJ País Vasco de 2 de noviembre de 1999, que califica el síndrome de estar quemado sufrido por un trabajador como contingencia profesional75. Tras esta primera resolución, múltiples pronunciamientos judiciales se han ido dictando en relación con el burnout, coadyuvando todos ellos a conformar una concepción jurídica del síndrome que se concreta en los siguientes elementos:

• Concepto. Enfermedad psicosocial de “nueva aparición (…) y que se trata de un síndrome de agotamiento físico y mental intenso, resultado de un estado de estrés laboral crónico o frustración prolongado y que según tanto la Psicología del Trabajo como la Medicina Forense se trata de un trastorno de adaptación del individuo al ámbito laboral cuya caracterización reside en el cansancio emocional (pérdida progresiva de energía, desgaste, agotamiento y fatiga emocional)”76. Se considera como una enfermedad “propia del estilo de vida de este siglo y es un estado de agotamiento físico, emocional y mental, causado por el involucrarse en situaciones emocionalmente demandantes, durante un tiempo prolongado”77.

• El burnout como proceso. El síndrome de estar quemado no surge de manera súbita, “sino que es un proceso continuo, es un estrés de carácter crónico experimentado en el contexto laboral”78. Se desarrolla gradualmente y pasa por cuatro fases:

“a) una primera fase idealista, caracterizada por el alto nivel de energía y expectativas depositadas en el trabajo;

b) una segunda fase de sobreesfuerzo en la que el individuo advierte que sus esfuerzos no están a la altura de sus expectativas, ni le son reconocidos;

c) una tercera fase de desilusión y paralela frustración, en la que aparece la desilusión, acompañada de fatiga, mientras incrementa el esfuerzo invertido esperando todavía una recompensa apropiada, cuya ausencia determina impaciencia e irritabilidad; y

d) la fase final de desmoralización, caracterizada por la pérdida de interés en el trabajo e incapacidad de trabajar y de relacionarse socialmente en el entorno laboral”79.

• Causas. Respecto a sus causas, “se apunta como estresores laborales desencadenantes, los vinculados al puesto de trabajo y las variables de carácter personal”80.

• Vinculación profesional. Constituye “un tipo muy característico de estrés que se da en aquellas profesiones de quienes realizan su trabajo en contacto con otras personas que, por sus características, son sujetos de ayuda (profesores, personal sanitario, asistentes sociales, etc.), y surge al ver el profesional defraudadas sus expectativas al verse imposibilitado de modificar la situación laboral y de poder poner en práctica sus ideas con respecto a cómo debe ser realizado su trabajo”81. En este sentido, puede calificarse como un “estrés laboral asistencial, y por consiguiente con más incidencia en el sector servicios, de entre los que cabe destacar los servicios sociales en los que el trabajo se realiza en contacto directo con personas que por sus características son sujetos de ayuda”82. Es especialmente relevante en aquellos que “trabajan en profesiones que se encuentran en íntima relación con el sufrimiento humano (tales como psicoterapeutas, médicos, enfermeros, personal de rescate, etc.)”83.

• Consecuencias. El trabajador “presenta síntomas de agotamiento emocional, cansancio físico y psicológico. En su intento de aliviar esta situación trata de aislarse, desarrollando una actitud fría y despersonalizada en relación con los demás, mostrando una falta de compromiso con el trabajo. Se da un sentimiento de inadecuación, incompetencia, ineficacia, etc., de no poder atender debidamente las tareas”84. Así, “el ‘quemado’ por el trabajo, se ha dicho, tiene fuerzas, pero no tiene ganas; la despersonalización, manifestada en falta de realización personal, sentimientos de frustración, inutilidad, desinterés progresivo hacia el trabajo con rutinización de tareas; aislamiento del entorno laboral y social y, frecuentemente, ansiedad, depresión (trastorno psíquico adaptativo crónico)”85. La lista de síntomas psicológicos que puede originar este síndrome es extensa, pudiendo ser leves, moderados, graves o extremos, y categorizarse de la siguiente manera:

“1. Físicos: fatiga, problemas del sueño, dolores de cabeza, impotencia, gastrointestinales, etc.

2. Emocionales: irritabilidad, ansiedad, depresión, desesperanza, etc.

3. Conductuales: agresión, actitud defensiva, cinismo, abuso de sustancias, etc.

4. Relacionados con el trabajo: ausentismo, falta de rendimiento, robos, etc.

5. Interpersonales: pobre comunicación, falta de concentración, aislamiento”86.

Junto con la delimitación positiva, los órganos jurisdiccionales también han realizado una labor de concreción en sentido negativo del burnout, diferenciando el síndrome de “los conflictos laborales, el estrés laboral y las exigencias profesionales legítimas dentro de la organización laboral”87. Con todo, la principal delimitación negativa del burnout ha operado en lo que atañe a su distinción de los fenómenos de acoso laboral o mobbing.

Pese a que el burnout y el mobbing constituyen materializaciones de los riesgos psicosociales y presentan consecuencias similares para los trabajadores afectados, el origen, las causas y los mecanismos que desencadenan una u otra realidad son completamente diferentes. Así, “aun cuando ambas patologías psicosociales coinciden en el resultado, esto es, los graves daños que producen en la salud del trabajador, el acoso moral o mobbing se integra por un elemento intencional lesivo, ya proceda del empleador o superiores jerárquicos (bossing) o por compañeros (mobbig horizontal), sin embargo en el burnout, ese elemento intencional está, en principio, ausente”88. De este modo, “la situación de acoso laboral requiere determinados componentes objetivos (presión continuada, relación de causalidad con el trabajo, falta de amparo en el poder de dirección y gravedad en la conducta empleada) y subjetivos (intencionalidad denigratoria y carácter individualizado –que no colectivo– del destinatario). Requisitos que han de servir para diferenciar esta figura de otras afines, cual es el ‘síndrome del quemado’ (burnout, o estrés laboral avanzado que se caracteriza por síntomas de cansancio emocional y sentimiento de inadecuación o frustración profesional)”89.

Como se puede comprobar por el sucinto análisis realizado, la jurisprudencia no ha hecho sino plasmar jurídicamente las evidencias científicas que sobre el burnout se derivan de la psicología de las organizaciones y de la medicina del trabajo, acogiendo, sin apenas matices, las tesis más ortodoxas en lo relacionado con la conceptualización del síndrome90.

La concreta proyección del burnout en el ámbito de las relaciones laborales es objeto de análisis detallado en los siguientes capítulos, que abordan la dimensión preventiva, la de seguridad social y la laboral stricto sensu. Cada una de estas perspectivas presenta concretas particularidades que serán objeto de examen específico, pero que parten todas ellas del concepto y de las características del burnout que en el presente capítulo han sido analizadas.

1. BRADLEY, H.B., “Community-based Treatment for Young Adult Offenders”, Crime & Delinquency, vol. 15, núm. 359 (1969), pp. 359-370. Se puede encontrar una primera referencia a este término en la literatura, en la novela A Burn- out Case, del escritor Graham Greene (1960).

2. NTP núm. 704 INSST: “Síndrome de estar quemado por el trabajo o burnout (I): definición y proceso de generación”. Cfr. FREUDENBERGER, H.J., “Staff Burnout”, Journal of Social Issues, vol. 30, núm. 1 (1974), pp. 159-165.

3. Vid. MASLACH, C., “Burned-out”, Human Behavior, vol. 9, núm. 5 (1976), pp. 16-22, y MASLACH, C. y JACKSON, S.E., “The Measurement of Experienced Burnout”, Journal of Organizational Behavior, vol. 2 (1981), pp. 99-113.

4. PINES, A. y KAFRY, D., “Coping with burnout”, en JONES, J.W. (ed.), The burnout syndrome, Park Ridge, London House Management Press, 1981, pp. 139 y ss.

5. EDELWICH, J. y BRODSKY, A., Burnout: Stages of Disillusionment in the Helping Professions, Nueva York, Human Sciences Press, 1980, p. 14.

6. Vid. ut infra epígrafe II.

7. MASLACH, C. y JACKSON, S.E., “The Measurement of Experienced Burnout”, op. cit., pp. 99 y 100.

8. La versión española del CIE-10 en formato electrónico se encuentra disponible en: https://eciemaps.mscbs.gob.es/ecieMaps/browser/index_10_mc.html (fecha de consulta: 28 de noviembre de 2020).

9. Vid. CIE-11 en: https://icd.who.int/es (fecha de consulta: 15 de novembre de 2020).

10. MASLACH, C. y JACKSON, S.E., “The Measurement of Experienced Burnout”, op. cit., pp. 99-113.

11. GIL MONTE, P.R., El síndrome de quemarse por el trabajo (burnout). Una enfermedad laboral en la sociedad del bienestar, Madrid, Pirámide, 4.° ed., 2015, p. 46.

12. GIL MONTE, P.R., “Cómo evaluar y prevenir el síndrome de quemarse por el trabajo”, Gestión Práctica de Riesgos Laborales, núm. 34 (2007), p. 45.

13. Cfr. MASLACH, C., Burnout: The cost of caring, Nueva York, Prentice Hall, 1982.

14. Vid. FIGUEIREDO-FERRAZ, H., GRAU-ALBEROLA, E. y GIL MONTE, P.R., “Influencia de los valores y la culpa en el síndrome de burnout”, en LOBO, F. (ed.), Psicologia do Trabalho e das Organizações: Contributos, Braga, Axioma-Publicações da Faculdade de Filosofia, 2016, pp. 85-98.

15. Cfr. EDELWICH, J. y BRODSKY, A., Burnout: Stages of Disillusionment in the Helping Professions, op. cit., pp. 44 y ss.

16. Cfr. CHERNISS, C., Professional burnout in human service organizations, Nueva York, Praeger, 1980.

17. Vid. FREUDENBERGER, H.J. y NORTH, G., Burn-out bei Frauen. Über das Gefühl des Ausgebranntseins, Frankfurt, Krüger, 1992.

18. SALANOVA, M. y otros, “Metodología RED-WONT. Departamento de Psicología Evolutiva, Educativa, Social y Metodología de la Universidad Jaume I de Castellón”, en AAVV, Perspectivas de Intervención en Riesgos Psicosociales. Evaluación de riesgos, Barcelona, Foment del Treball Nacional, 2006, pp. 131-154.

19. GIL MONTE, P.R., El síndrome de quemarse por el trabajo (burnout). Una enfermedad laboral en la sociedad del bienestar, op. cit., pp. 59-101.

20. Vid. SHANAFELT, T.D. y otros, “Career fit and burnout among academic faculty”, Archives of Internal Medicine, vol. 169, núm. 10 (2009), p. 992. Cfr. SIU C.F.Y., YUEN S.K. y CHEUNG A., “Burnout among public doctors in Hong Kong: cross-sectional survey”, Hong Kong Medical Journal, vol. 18, núm. 3 (2012), p. 191.

21. HERTZBERG, T.K. y otros, “Work-home interface stress: an important predictor of emotional exhaustion 15 years into a medical career”, Industrial Health, vol. 54, núm. 2 (2016), p. 144.

22. ZELLARS, K.L., PERREWE, P.L. y HOCHWARTER, W.A., “Mitigating Burnout Among High-NA Employees in Health Care: What Can Organizations Do?”, Journal of Applied Social Psychology, vol. 29, núm. 11 (1999), pp. 2250 y ss.

23. ALEXANDER, C., “Police psychological burnout and trauma”, en VIOLANTI, J.M. y PATON, D. (eds.), Police trauma: Psychological aftermath of civilian combat, Springfield, Charles C. Thomas Publisher, 1999, pp. 54-64.

24. COLLINS, P.A. y GIBBS, A.C.C., “Stress in police officers: A study of the origins, prevalence and severity of stress- related symptoms within a county police force”, Occupational Medicine, vol. 53, núm. 4 (2003), p. 260.

25. GRAU ALBEROLA, E. y otros, “Efectos de los conflictos interpersonales sobre el desarrollo del síndrome de quemarse por el trabajo (burnout) y su influencia sobre la salud. Un estudio longitudinal en enfermería”, Ciencia y Trabajo, núm. 32 (2009), pp. 72-79.

26. Cfr. LLANEZA ÁLVAREZ, F.J., Ergonomía y Psicosociología Aplicada, Valladolid, Lex Nova, 15.ª ed., 2009, pp. 532-535.

27. Este hecho se evidencia, por ejemplo, en la docencia, en la que el profesorado debe ajustarse a las demandas tecnológicas y sociales que parecen ir más rápidas que su capacidad de adaptación. Cfr. GARCÍA GONZÁLEZ, M.ª L., TORRANO MONTALVO, F. y GARCÍA GONZÁLEZ, G., “Estudio de los factores de riesgo psicosocial en profesoras de universidades online: una mirada desde adentro”, Interdisciplinaria. Revista de Psicología y Ciencias Afines, núm. 1 (2020), pp. 293-312.

28. NTP núm. 730 INSST: “Tecnoestrés: concepto, medida e intervención psicosocial”.

29. NTP núm. 388 INSST: “Ambigüedad y conflicto de rol”.

30. Cfr. YUN, S., TAKEUCHI, R. y LIU, W., “Employee Self-Enhancement Motives and Job Performance Behaviors: Investigating the Moderating Effects of Employee Role Ambiguity and Managerial Perceptions of Employee Commitment”, Journal of Applied Psychology, vol. 92, núm. 3 (2007), pp. 745-756.

31. Vid. JACKSON, S.E. y SCHULER, R.S., “A Meta-Analysis and Conceptual Critique of Research on Role Ambiguity and Role Conflict in Work Settings”, Organizational Behavior and Human Decision Processes, vol. 36, núm. 1 (1985), pp. 16-78.

32. NTP núm. 388 INSST: “Ambigüedad y conflicto de rol”.

33. HONTANGAS BELTRÁN, P.M. y PEIRÓ SILLA, J.M., “Tareas, puestos, roles y ocupaciones”, en PEIRÓ SILLA, J.M. y PRIETO ALONSO, F. (eds.), Tratado de Psicología del Trabajo. Volumen I: La actividad laboral en su contexto, Madrid, Síntesis, 1996, pp. 169-212.

34. LLANEZA ÁLVAREZ, F.J., Ergonomía y Psicosociología Aplicada, op. cit., p. 534.

35. LUNENBURG, F.C., “Motivating by Enriching Jobs to Make Them More Interesting and Challenging”, International Journal of Management, Business, and Administration, núm. 1 (2011), p. 3.

36. SANDÍN, B., “El estrés: un análisis basado en el papel de los factores sociales”, International Journal of Clinical and Health Psychology, vol. 3, núm. 1 (2003), p. 155.

37. SANZ VERGEL, A.I., DEMEROUTI, E. y GÁLVEZ-HERRER, M., “La conciliación de la vida laboral y la familiar”, en MORENO JIMÉNEZ, B. y GARROSA HERNÁNDEZ, E. (coord.), Salud laboral. Riesgos laborales psicosociales y bienestar laboral, Madrid, Pirámide, 2013, p. 420.

38. BALDWIN Jr, D.C. y DAUGHERTY, S.R., “Interprofessional conflict and medical errors: results of a national multi-specialty survey of hospital residents in the US”, Journal of Interprofessional Care, vol. 22, núm. 6 (2008), pp. 573-586; JERNG, J. S. y otros, “Workplace interpersonal conflicts among the healthcare workers: Retrospective exploration from the institutional incident reporting system of a university-affiliated medical center”, PloS One, vol. 12, núm. 2 (2017); y LANZ, J.J. y BRUK-LEE, V., “Resilience as a moderator of the indirect effects of conflict and workload on job outcomes among nurses”, Journal of Advanced Nursing, vol. 73, núm. 12 (2017), pp. 2973- 2986.

39. LLOYD, C., KING, R. y CHENOWETH, L., “Social work, stress and burnout: A review”, Journal on Mental Health, vol. 11, núm. 3 (2002), 255-265; y FUJIWARA, K. y otros, “Interpersonal conflict, social support, and burnout among home care workers in Japan”, Journal of Occupational Health, vol. 45, núm. 5 (2003), pp. 313-320.

40. RODRÍGUEZ-MANTILLA, J.M. y FERNÁNDEZ-DÍAZ, M.ª J., “The effect of interpersonal relationship on burnout syndrome in secondary education teachers”, Psicothema, vol. 29, núm. 3 (2017), pp. 370-377; y UNTERBRINK, T. y otros, “Parameters influencing health variables in a sample of 949 German teachers”, International Archives of Occupational and Environmental Health, vol. 82, núm. 1 (2008), pp. 117-123.

41. Cfr. LAZARUS, R.S. y FOLKMAN, S., Stress, Appraisal and Coping, Nueva York, Springer, 1984.

42. BANDURA, A., Self-efficacy: The exercise of control, Nueva York, Freeman, 1997, p. 3.

43. Ibidem, p. 3.

44. BANDURA, A., “Cultivate self-efficacy for personal and organizational effectiveness”, en LOCKE, E.A. (ed.), Handbook of Principles of Organizational Behavior: Indispensable Knowledge for Evidence- Based Management, Nueva York, Wiley, 2.ª ed., 2009, pp. 179-200.

45. SALANOVA, M., GRAU, R.M. y MARTÍNEZ, I.M., “Demandas laborales y conductas de afrontamiento: el rol modulador de la autoeficacia profesional”, Psicothema, vol. 17, núm. 3 (2005), pp. 390-395.

46. BANDURA, A., “Cultivate self-efficacy for personal and organizational effectiveness”, op. cit., pp. 179-200. Cfr. BANDURA, A., “Self-efficacy: Toward a unifying theory of behavioral change”, Psychological Review, vol. 84, núm. 2 (1977), pp. 191-215, y BANDURA, A., Pensamiento y acción: fundamentos sociales, Barcelona, Martínez Roca, 1987.

47. LUTHANS, F., “The need for and meaning of positive organizational behavior”, Journal of Organizational Behavior, vol. 23, núm. 6 (2002), p. 702.

48. LUTHANS, F. y YOUSSEF, C.M., “Human, Social, and Now Positive Psychological Capital Management: Investing in People for Competitive Advantage”, Organizational Dynamics, vol. 33, núm. 2 (2004), pp. 143-160.

49. OMAR, A., “Las organizaciones positivas”, en CASTRO SOLANO, A. (comp.), Fundamentos de Psicología Positiva, Buenos Aires, Paidós, 2010, pp. 216 y ss.

50. FOLKMAN, S., “Stress, coping and hope”, Psycho-Oncology, vol. 19, núm. 9 (2010), p. 908.

51. SANDÍN, B. y CHOROT, P., “Cuestionario de afrontamiento del estrés (CAE): desarrollo y validación preliminar”, Revista de Psicopatología y Psicología Clínica, vol. 8, núm. 1 (2003), pp. 39-53.

52. Ibidem, pp. 39-53.

53. FOLKMAN, S., “Stress, coping and hope”, op. cit., pp. 901-908.

54. DURÁN, M.A., MONTALBÁN, F.M. y STANGELAND, P., “Actividad policial y síndrome de estar quemado por el trabajo (burnout)”, en GIL MONTE, P.R. y MORENO JIMÉNEZ, B. (coords.), El síndrome de quemarse por el trabajo (burnout). Grupos profesionales de riesgo, op. cit., p. 136.

55. MERINO TEJEDOR, E. y LUCAS MANGAS, S., “La autoeficacia y la autorregulación como variables moderadoras del estrés laboral en docentes de educación primaria”, Universitas Psychologica, vol. 15, núm. 1 (2016), pp. 15-28.

56. VICENTE DE VERA GARCÍA, M.I. y GABARI GAMBARTE, M.I., “Burnout y Factores de Resiliencia en Docentes de Educación Secundaria”, International Journal of Sociology of Education, vol. 8, núm. 2 (2019), pp. 142-144.

57. NTP núm. 705 INSST: “Síndrome de estar quemado por el trabajo o burnout (II): consecuencias, evaluación y prevención”.

58. SALVAGIONI, D.A.J. y otros, “Physical, psychological and occupational consequences of job burnout: A systematic review of prospective studies”, PloS One, vol. 12, núm. 10 (2017).

59. Cfr. NTP núm. 705 INSST: “Síndrome de estar quemado por el trabajo o burnout (II): consecuencias, evaluación y prevención”.

60. CAÑADAS-DE LA FUENTE, G.A. y otros, “Evidencia de validez factorial del Maslach Burnout Inventory y estudio de los niveles de burnout en profesionales sanitarios”, Revista Latinoamericana de Psicología, vol. 46, núm. 1 (2014), pp. 44-52; y LOZANO, M.L. y otros, “Descripción de los niveles de Burnout en diferentes colectivos profesionales”, Aula Abierta, vol. 36, núm. 1-2 (2008), pp. 79-88.

61. La especial incidencia del burnout en las profesiones asistenciales se ha visto reflejada en la jurisprudencia, que ha reconocido determinados pluses de peligrosidad relacionados con la exposición al síndrome en este tipo de ocupaciones. Por todas, STSJ Galicia de 7 noviembre de 2003 (JUR 2004, 168128). En todo caso, la procedencia de este tipo de pluses no deriva del sector de actividad en el que se incardine la profesión desempeñada, sino de la concreta tarea que se realice. Vid. SJS núm. 1 Vigo de 13 marzo de 1999 (AS 1999, 800).

62. LLANEZA ÁLVAREZ, F.J., La ergonomía forense. Pruebas periciales en prevención de riesgos laborales, Valladolid, Lex Nova, 2.ª ed., 2007, pp. 210-212.

63. Cfr. MACÍA-RODRÍGUEZ, C. y otros, “Síndrome de burnout en especialistas de medicina interna y factores asociados a su desarrollo”, Revista Clínica Española, vol. 220, núm. 6 (2020), pp. 331-338; BOUZA, E., GIL MONTE, P.R. y PALOMO, E., “Síndrome de quemarse por el trabajo (burnout) en los médicos de España”, Revista Clínica Española, vol. 220, núm. 6 (2020), pp. 359-363; y GÓMEZ-URQUIZA, J.L. y otros, “Factores de riesgo y niveles de burnout en enfermeras de atención primaria: una revisión sistemática”, Atención Primaria, vol. 49, núm. 2 (2017), pp. 77-85.

64. GIL MONTE, P.R., El síndrome de quemarse por el trabajo (burnout). Una enfermedad laboral en la sociedad del bienestar, op. cit., p. 72.

65. Cfr. GARCÍA, M.M. y otros, “Riesgos psicosociales en el profesorado de enseñanza universitaria: diagnóstico y prevención”, Revista de Psicología del Trabajo y de las Organizaciones, vol. 32, núm. 3 (2016), pp. 173-182; MARTÍNEZ-MONTEAGUDO, M.C. y otros, “Trait emotional intelligence profiles, burnout, anxiety, depression, and stress in secondary education teachers”, Personality and Individual Differences, vol. 142 (2019), pp. 53-61; e IRIARTE REDÍN, C. y ERRO-GARCÉS, A., “Stress in teaching professionals across Europe”, International Journal of Educational Research, vol. 103 (2020).

66. ANPE, Memoria estatal del defensor del profesor 2018-2019, 2020. Disponible en: https://bit.ly/2VgU1dh (fecha de consulta: 15 de noviembre de 2020).

67. Vid. SERRANO VICENTE, M.I. y otros, “Agresiones a profesionales del sector sanitario en España, revisión sistemática”, Revista Española de Salud Pública, vol. 93 (2019).

68. Cfr. ORTELLS ABUYÉ, N. y otros, “Caracterización de las agresiones producidas al personal sanitario del servicio de urgencias en un hospital comarcal”, Enfermería Global, vol. 12, núm. 30 (2013), pp. 196-207.

69. Cfr. GALA DURÁN, C., “El síndrome de ‘estar quemado’ o de agotamiento profesional y su calificación como accidente de trabajo”, La administración práctica, núm. 12 (2018), pp. 85-96.

70. ROJAS RIVERO, G.P., “Los llamados riesgos emergentes de carácter psicosocial vinculados al trabajo”, en AAVV, Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Experiencias y desafíos de una protección social centenaria (II), Murcia, Ediciones Laborum, 2020, p. 198.

71. RODRÍGUEZ ESCANCIANO, S., “Los riesgos psicosociales en el teletrabajo a domicilio bajo las coordenadas de la nueva economía ‘low touch’ ”, en AAVV, Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Experiencias y desafíos de una protección social centenaria (II), op. cit., p. 679.

72. GONZÁLEZ DE PATTO, R.M.ª, “El síndrome de desgaste personal o de burn out y las técnicas jurídico-laborales de tutela: reflexiones en torno a la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 16 de Barcelona de 27 de diciembre de 2002”, Actualidad Laboral, núm. 35 (2003), pp. 617 y ss.

73. Sin perjuicio de la indudable trascendencia del iuslaboralismo en el reconocimiento jurídico del burnout, el síndrome también ha sido objeto de examen, aunque de forma puntual, en ámbitos extralaborales, como en el derecho civil y en el derecho de seguros. Cfr. SAP Islas Baleares de 26 marzo de 2013 (JUR 2013, 164914), SAP Albacete de 17 de diciembre de 2019 (JUR 2020, 84767) y SAP Sevilla de 23 septiembre de 2011 (JUR 2012, 1077).

74. GONZÁLEZ DE PATTO, R.M.ª, “El síndrome de desgaste personal o de burn out y las técnicas jurídico-laborales de tutela: reflexiones en torno a la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 16 de Barcelona de 27 de diciembre de 2002”, op. cit., pp. 617 y ss. La traslación directa del concepto clínico del burnout al ámbito jurídico ha sido considerada poco acertada para un sector doctrinal, que aboga por adoptar un concepto jurídico del síndrome de estar quemado menos vinculado con su dimensión clínica. Vid. VALLEJO DACOSTA, R., Riesgos psico-sociales: prevención, reparación y tutela sancionadora, Cizur Menor, Aranzadi, 2005, p. 142.

75. STSJ País Vasco de 2 de noviembre de 1999 (AS 1999, 4212). La resolución fue recurrida en casación para la unificación de doctrina, recurso que fue inadmitido por ATS de 26 de octubre de 2000 (núm. rec. 4379/1999).

76. STSJ Navarra de 5 de marzo de 2014 (JUR 2014, 118970).

77. STSJ Andalucía (Granada) de 13 de febrero de 2020 (JUR 2020, 187961).

78. STSJ País Vasco de 2 de noviembre de 1999 (AS 1999, 4212).

79. STSJ Cataluña de 20 de enero de 2005 (AS 2005, 31).

80. STSJ Navarra de 5 de marzo de 2014 (JUR 2014, 118970) y STSJ Andalucía (Granada) de 10 enero de 2007 (AS 2008, 53).

81. STSJ País Vasco de 2 de noviembre de 1999 (AS 1999, 4212).

82. STSJ Navarra de 5 de marzo de 2014 (JUR 2014, 118970).

83. STSJ Andalucía (Granada) de 13 de febrero de 2020 (JUR 2020, 187961).

84. STSJ País Vasco de 2 de noviembre de 1999 (AS 1999, 4212).

85. STSJ Navarra de 5 de marzo de 2014 (JUR 2014, 118970).

86. STSJ Andalucía (Granada) de 13 de febrero de 2020 (JUR 2020, 187961).

87. STSJ Madrid de 15 febrero de 2019 (JUR 2019, 330782).

88. STSJ Navarra de 5 de marzo de 2014 (JUR 2014, 118970).

89. STS de 16 de febrero de 2011 (RJ 2011, 3365). Cfr. STSJ Madrid de 14 mayo de 2020 (JUR 2020, 246492) y STSJ Aragón de 5 febrero de 2020 (JUR 2020, 104112).

90. BARREIRO GONZÁLEZ, G. (dir.), Las enfermedades del trabajo: nuevos riesgos psicosociales y su valoración en el derecho de la protección social, Madrid, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 2007, p. 78. Disponible en https://www.diba.cat/documents/467843/69764218/100517.pdf/7e8912f5-f474-40a7-a7c9-86fc96abeb10 (fecha de consulta: 10 de noviembre de 2020).

El síndrome del trabajador quemado (o burnout): dimensión jurídica laboral, preventiva y de seguridad social.(DÚO e-Pub) (No Activiti)

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