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III. SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONSTITUCIÓN A. DEMANDA PERSISTENTE
ОглавлениеLas condiciones bajo las cuales surgió la constitución moderna hace ya más de dos siglos han cambiado desde entonces. Esto lleva a preguntarse si la constitución puede ser separada de las condiciones que la vieron surgir y si puede aún ser mantenida en caso de que dichas condiciones fuesen distintas de las que enfrentó en su génesis. Ciertamente, los signos externos hablan en favor de ello, ya que la constitución se ha extendido por todo el mundo y no sólo en sistemas políticos pertenecientes a la tradición del liberalismo burgués. Sin embargo, esta circunstancia sólo demuestra el constante interés en la idea constitucional, y posiblemente la falta de alternativas a ella, para enfrentar el problema de la legitimación y limitación del poder político. Ello le concede al mismo tiempo una cierta utilidad para los propios gobernantes, a quienes la constitución promete una alta seguridad y aceptación en el ejercicio de su poder político. Por otra parte, la difusión mundial de la constitución no dice nada sobre su eficacia en la actualidad.
Sin embargo, en cierto sentido, la situación especial que dio origen en un primer momento a la constitución se ha convertido hoy en día en la norma. Ya no es posible la existencia de gobernantes predestinados, trascendentales o legitimados originariamente para el ejercicio del poder. La situación de vacío de poder surgida de aquella revolución dirigida en contra del ejercicio de poder político independiente del consenso, lo cual justificó la necesidad de reconstruir una nueva forma para ejercer el poder político, es, por así decirlo, aún latente. La autorización para ejercer el poder político depende de un encargo o mandato para ejercerlo y de un consenso sobre ella. En estas circunstancias, sin embargo, se necesitan reglas jurídicas que determinen cómo se origina y se ejerce el poder estatal si es que este aspira a ser legítimo. Esto no ocurre en todos los sistemas políticos cuando se busca limitar el poder. No obstante, tal limitación tiene su base más segura en la necesidad de derivar y organizar el ejercicio del poder político conforme a la constitución.
Independientemente de esto, sin embargo, se pueden observar desarrollos que debilitan el poder regulativo del derecho constitucional sobre el poder estatal y que ponen en tela de juicio su capacidad de resolver problemas en la actualidad. Esto no se refiere ni al pseudo-constitucionalismo generalizado ni a la imposibilidad de hacer efectivas judicialmente las exigencias constitucionales, hecho que ocurre en muchos lugares. Ambos problemas han existido desde los orígenes de la constitución. Se trata más bien de obstáculos estructurales para el control jurídico del manejo político, obstáculos que son nuevos en esta forma. Ellos encuentran su causa en la cambiante constelación de problemas que distingue a las sociedades industriales altamente complejas de las sociedades burguesas de origen preindustrial. Estos problemas han cambiado tanto la función como la naturaleza del Estado. En cuanto a las condiciones para el surgimiento de la constitución moderna, tales problemas inciden en el modelo social que subyace al derecho constitucional y al objeto de la regulación constitucional.