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La política migratoria cubana: entre la seguridad y la flexibilización (1990-2010)

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En la década de 1990, mientras América Latina experimentaba los efectos de la crisis económica y sus reformas subsiguientes, Cuba transitaba por una situación similar, delimitada por la abrupta caída del campo socialista mundial —al cual el país se adscribía en términos económicos y políticos— y la intensificación del bloqueo/embargo económico por parte de Estados Unidos.

En ese contexto, la dirigencia insular propugnó un programa de resistencia nacional, de excepcionalidad, frente a la nueva situación, llamado “Período especial en tiempo de paz”, para preservar las credenciales socialistas y las conquistas sociales de la Revolución.[12] Esto, entre otros elementos, implicó la readecuación de las diferentes políticas estatales para enfrentar las situaciones problemáticas del nuevo contexto, y la política emigratoria no fue la excepción.

En este periodo, la dimensión de la seguridad en la política emigratoria se mantuvo debido a varios factores que se entendieron como amenazas a la soberanía nacional y a la supervivencia del proyecto sociopolítico cubano. Entre ellos sobresalieron la intensificación de las presiones de eua,[13] las acciones de cubano-americanos con enclave en Miami, encaminadas a presionar y realizar acciones —incluso armadas— para desestabilizar al gobierno cubano,[14] y el mantenimiento de las políticas estadounidenses de incentivo a la emigración, las cuales, en un contexto de deterioro dramático de las condiciones de vida de los cubanos, incentivó las salidas irregulares del país.

El momento más álgido de esta emigración fue el año 1994, con intentos de salida que implicaron el robo de naves aéreas y marítimas y la construcción de “balsas domésticas” para arribar a territorio estadounidense.[15] Como había sucedido en las décadas precedentes, el mecanismo de la válvula de escape impulsó la emigración de casi 35 000 cubanos en menos de un mes, lo cual fue ampliamente conocido como el “éxodo de los balseros”.

Para el mes de septiembre de ese año, Estados Unidos y Cuba suscribieron un nuevo acuerdo migratorio binacional que sigue en vigor.[16] No obstante, la inmigración irregular no desapareció, como lo prueba la llegada de “balseros” a las costas estadounidenses con posterioridad a este convenio y la utilización de países del Caribe, Centroamérica, México e, incluso, América del Sur, para arribar a eua con posterioridad.

A partir de la década de 1990, además del imperativo de la seguridad, se implementaron mecanismos flexibilizadores de las salidas del país y la migración, en los cuales subyace una nueva forma de concebir el fenómeno. A pesar de que esta dimensión de la política emergió en décadas anteriores, las condiciones internas e internacionales por las que transitó el orden sociopolítico cubano favorecieron su despliegue y permanencia.

La crisis iniciada en la década de los noventa se manifestó, entre otros elementos, en la pérdida de la capacidad del Estado para dar solución a las demandas sociales de la población. Sus efectos y el de las reformas puestas en marcha para paliarla impulsaron la aparición de tendencias desestructurantes en ejes como el salario y las políticas de bienestar social, que sustentaban una estructura social más o menos homogénea en términos socioeconómicos. La expresión más evidente de estos procesos fue el abrupto deterioro de las condiciones de vida de los cubanos, lo que cristalizó, a nivel microsocial, en la activación de múltiples estrategias para enfrentar la crisis, entre ellas, la migración —temas que serán ampliamente abordados en el segundo capítulo de este libro.

Indicadores como el incremento del potencial migratorio externo, el aumento del número de solicitudes de permisos de salida, así como los intentos masivos de salida irregular, indicaban la intensificación de la demanda migratoria, a la cual se debía dar una respuesta institucional.[17] A ello se sumó el interés por normalizar las relaciones con la emigración “histórica”.

La dimensión flexibilizadora de la política emigratoria se constata de forma explícita a partir de 1994, fecha en que tiene lugar el primer encuentro de las autoridades cubanas con grupos de emigrantes cubanos después del “Diálogo del ‘78”. Este encuentro viabilizó los mecanismos para las visitas de los emigrantes al país, el mejoramiento de la atención a este grupo en las sedes diplomáticas,[18] la flexibilización del uso de hoteles durante las estancias en Cuba y el favorecimiento de los contactos e intercambios entre cubanos residentes en Cuba y en el exterior (Rodríguez, 2003). En términos administrativos, se aprobó el mecanismo “vigencia de viaje”, a través del cual no se requería solicitar permiso de entrada para acceder al país.[19] Asimismo, se permitió el retorno definitivo de emigrados cubanos a la isla, aunque se mantuvo su carácter casuístico y la posibilidad —para quienes salieron legalmente del país— de viajar a Cuba sin esperar los cinco años estipulados después de haber realizado la emigración.

Con relación a las condiciones de salida y estancia en el exterior de los cubanos residentes en Cuba, se comenzaron a implementar mecanismos para la flexibilización de la emigración o de las estancias fuera de Cuba. A nivel institucional se promovió el respeto del derecho a viajar, la importancia de la reunificación familiar y la emigración o residencia permanente en el exterior. Este proceso comenzó a considerarse como algo natural pues respondía a consideraciones humanitarias y económicas: “En otros destinos de América Latina y Europa fundamentalmente, el ritmo de la emigración cubana ha continuado a aquel que precedió al año 1959 con un componente familiar y económico evidente […] Cuba no tiene dificultad en reconocer que sus nacionales son parte del flujo migratorio internacional en búsqueda de mejores destinos económicos” (minrex, 2002).

En ese contexto, se pusieron en marcha regulaciones nacidas en otros momentos históricos, que fueron reformuladas para responder a las condiciones migratorias por las que había transitado el país desde la década de los noventa:

 —Disminución de la edad para salir temporalmente del país, al equipararla con la mayoría de edad establecida por el Código Penal (18 años) (Martín y Pérez, 1998: 4).

 —Incremento de los plazos de estancia en el exterior por asuntos personales, ampliándose de seis a once meses.

 —Incremento del otorgamiento de residencia en el exterior por motivos de reunificación familiar en primer grado (esposo/esposa e hijos).

 —Incremento de las estancias oficiales en el exterior por contrato de trabajo o estudios.

 —Aplicación de tratamiento diferenciado a determinados sectores sociales (artistas e intelectuales), permitiéndoles residir en el exterior sin ser considerados emigrantes.

Los mecanismos para obtener la salida al exterior podían ser realizados a nivel personal o ser tramitados por el centro de trabajo o estudios, para lo cual se disponía de los cuatro tipos de pasaporte prescritos en el Reglamento de la Ley de Migración de 1978: diplomático, de marino, oficial y corriente. Mientras los tres primeros se vinculaban con los centros laborales, el último correspondía a las personas que realizaban trámites personales.

Los permisos de salida, por su parte, podían ser de carácter temporal o permanente, lo cual establecía varias modalidades migratorias de acuerdo a las condiciones y al periodo de estancia en el exterior: el Permiso de Viaje al Exterior (pve), de carácter temporal, y al cual optaban las personas que, por motivos personales, deseaban viajar fuera del país; el Permiso de Residencia en el Exterior (pre), que daba la autorización para establecerse en el exterior por tiempo indeterminado a los cubanos que contrajeran matrimonio con ciudadanos extranjeros y sus hijos menores de edad;[20] el Permiso de Residencia en el Exterior Especial (pre-especial), que se otorgaba a aquellas personas que salían definitivamente del país y, por la realización de actividades de solidaridad con Cuba y de salvaguarda de la Revolución, podían acogerse a dicha categoría migratoria;[21] y los permisos de Salida Indefinida y Definitiva, que obtenían las personas que residirían permanentemente fuera del país, en especial en Estados Unidos.[22]

Asimismo, los individuos que realizaban trámites individuales para viajar o residir fuera de Cuba debían cumplir una serie de pagos en moneda libremente convertible, lo cual introdujo una lógica recaudatoria en el proceso, que implicaba un nuevo criterio de selección para los solicitantes de trámites migratorios.[23]

A pesar de la introducción de elementos flexibilizadores en las regulaciones migratorias, la toma de decisiones sobre el otorgamiento de los permisos de salida mantuvo su carácter casuístico; es decir, suponía el análisis y la verificación de cada caso de manera individual, en términos del comportamiento político y social del futuro emigrante. Presuponía también un esfuerzo personal significativo en los trámites y la obtención del permiso de salida, además del costo económico que entrañaba.

Este proceso, sin embargo, se fue relajando según era normalizado por los funcionarios involucrados, debido a la persistencia y crecimiento de las solicitudes de salida al exterior y la probabilidad de una reforma de la política emigratoria que para 2013 se haría realidad.

En síntesis, desde la década de 1990 se advertía la puesta en marcha y convivencia de dos mecanismos diferentes, pero complementarios, en el seno de la política migratoria: el de la seguridad y el de la flexibilidad. Ambos respondían de modo diferente al imperativo de supervivencia del Estado: el primero se vinculaba estrechamente a la salvaguarda de la seguridad nacional; el segundo pretendía regular un proceso inevitable —o “hacer de la necesidad virtud”— imponiendo controles monetarios a la salida.

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