Читать книгу Responsabilidad de los buscadores de Internet y redes sociales - Nicolas I. Manterola - Страница 18
9. Desafíos en la Libertad de expresión en internet
ОглавлениеInternet tiene un enorme potencial para expandir la libertad de expresión en su doble dimensión: como derecho de todas las personas a difundir e intercambiar ideas y como derecho a buscar y recibir información de todo tipo.
Por otro lado, la expansión del proceso comunicacional puede ocasionar graves menoscabos a la dignidad de las personas si se difunden sin su consentimiento “datos sensibles” que hacen a la esfera de su intimidad, provocando la lesión de uno o más derechos personalísimos.
Cada Estado tiene el deber de brindar protección y regulación legal contra estas injerencias. Debe dotar a la comunidad de herramientas y remedios judiciales idóneos para atribuir responsabilidad a quienes afecten la dignidad humana. Si así no lo hiciera, estará en mora. Pero esta mora no puede ser óbice para que las personas hagan valer sus derechos pues, aún ante la falta de regulación, los derechos pueden ser ejercidos ante los jueces, quienes deberán canalizar los reclamos por las vías procesales idóneas a tal fin.
Tanto la protección de la dignidad humana como el de la libertad de expresión son derechos legítimos en nuestro ordenamiento y reconocen su fuente tanto en la Constitución Nacional como en los tratados internacionales.
En caso de conflicto, habrá que buscar un justo equilibro en la manera de ejercer cada uno de estas prerrogativas. A veces, la cuestión será más clara que en otras, pero creemos que los derechos personalísimos (y sobre todo la intimidad) de las personas son los nobles valladares que impiden que los buscadores de internet y las redes sociales difundan al público masivo contenido lesivo creado por Terceros. Como explica Alterini, “los derechos personalísimos se sitúan —de ese modo— en la cúspide del derecho internacional e interno”(24).
3- ONU: Asamblea General. Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948.
4- Corte Suprema de Justicia de la Nación. “CIPPEC c/ EN- M° Desarrollo Social-dto.1172/03 s/ amparo Ley 16.986”, del 26/3/2014. Fallos: 337:256 (Citar: elDial.com - AA860A)
5- Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión consultiva oc-5/85 del 13/11/1985 “La colegiación obligatoria de periodistas (arts. 13 y 29 convención americana sobre derechos humanos)”
6- ONU: Asamblea General, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966.
7- Gelli, Maria Angelica. “Constitución de la Nación Argentina comentada y concordada”, 4ta edición ampliada y actualizada. Buenos Aires, ed. La Ley, 2011.
8- Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia de 02/05/2008: “Kimel vs Argentina s/ Sentencia de Fondo, reparaciones y costas”. Costa rica (Citar: elDial.com - AA4E92)
9- Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia de 02/05/2008: “Kimel vs Argentina s/ Sentencia de Fondo, reparaciones y costas”. Costa rica (Citar: elDial.com - AA4E92)
10- Al respecto puede consultarse “Estándares internacionales de libertad de expresión: Guía básica para operadores de justicia en América Latina”. Agosto 2017. En línea. Disponible en http://www.corteidh.or.cr/
11- Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sentencia de 02/05/2008: “Kimel vs Argentina s/ Sentencia de Fondo, reparaciones y costas”. Costa rica.
12- Gregorio Badeni. Tratado de Derecho Constitucional. Tomo I. Tercera edición actualizada y ampliada. Buenos Aires: La Ley, 2019.
13- Corte Interamericana de Derechos Humanos, sentencia del 27 de enero de 2009: “Caso Tristán Donoso vs. Panamá”, Costa Rica.
14- V. 51. XXII. - “Verbitsky, Horacio y otros s/ denuncia apología del crimen” - CSJN - 13/06/1989 (Citar: elDial.com - AA39AA)
15- Rivera, Julio César, Código Civil y leyes complementarias. Comentado, anotado y concordado, Tº I, Editorial Astrea, Buenos Aires, 1978
16- Cifuentes, Santos: “Derechos Personalísimos”. 3ra. Edición. Buenos Aires: Astrea, 2008.
17- Gelli, Maria Angelica. “Constitución de la Nación Argentina comentada y concordada, 4ta edición ampliada y actualizada”. Buenos Aires: La Ley, 2011.
18- “Ponzetti De Balbin Indalia c/ Editorial Atlantida SA s/ daños y perjuicios” - CSJN - 11/12/1984 Fallos: 306:1892 (Citar: elDial.com - AM11D2)
19- Convención Interamericana de Derechos Humanos. Declaración de principios sobre la libertad de expresión. Octubre de 2000.
20- “Ponzetti De Balbin Indalia c/ Editorial Atlantida SA s/ daños y perjuicios” - CSJN - 11/12/1984 Fallos: 306:1892 (Citar: elDial.com - AM11D2)
21- CSJ 498/2012 (48-D)/CS1 RECURSO DE HECHO – “De Sanctis, Guillermo Horacio c/ López de Herrera, Ana María s/ daños y perjuicios” – CSJN – 17/10/2019 (Citar: elDial.com - AAB73D)
22- Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Fontevecchia y D’amico Vs. Argentina” 29 de noviembre de 2011 (Citar: elDial.com - AA7242)
23- J.C Rivera. Instituciones del derecho civil. Tomo II. Ed: Abeledo-Perrot. Buenos Aires 1993.
24- JORGE H. ALTERINI. Código Civil y Comercial comentado tratado exegético. 3ª ed. actualizada y aumentada. Tomo I. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: La Ley, 2019.