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11. CASO GUTIÉRREZ SOLER (2007-2012)

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El caso contencioso Gutiérrez Soler versa sobre la detención arbitraria y la posterior tortura que sufrió el señor Wilson Gutiérrez Soler por parte de un funcionario de la Policía Nacional en agosto de 1994. El Estado fue condenado por la Corte IDH en este caso el 12 de septiembre de 2005. No obstante, a diferencia de lo que ocurrió en los otros casos de medidas provisionales relacionadas con casos contenciosos, las medidas fueron ordenadas de oficio por la Corte IDH en consideración al hecho de que los señores Ricardo Gutiérrez Soler y Wilson Gutiérrez Soler afrontaban un grave riesgo para su vida, su integridad personal y su libertad personal a raíz del contenido de sus declaraciones en el marco del proceso contencioso internacional. De allí que las medidas ordenadas cobijaran no solo a los hermanos Gutiérrez Soler, sino también a los siguientes miembros de sus familias: María Elena Soler de Gutiérrez, Luisa Fernanda Gutiérrez Reyes, Paula Camila Gutiérrez Reyes, Leonardo Gutiérrez Rubiano, Leydi Caterin Gutiérrez Peña, Sulma Tatiana Gutiérrez Rubiano, Ricardo Alberto Gutiérrez Rubiano y Carlos Andrés Gutiérrez Rubiano, Yaqueline Reyes y Kevin Daniel Gutiérrez Niño107.

Más adelante, en el año 2007, reiteró las medidas provisionales para que el Estado adoptara los medios de protección e investigación correspondientes108, al igual que como lo hizo en 2009[109]. En 2011 levantó las medidas respecto de Ricardo Gutiérrez Soler, Yaqueline Reyes, Leonardo Gutiérrez Rubiano, Ricardo Gutiérrez Rubiano, Sulma Tatiana Gutiérrez Rubiano, Paula Camila Gutiérrez Reyes, Luisa Fernanda Gutiérrez Reyes, Carlos Andrés Gutiérrez Rubiano y Leydi Caterin Gutiérrez Peña, pero las mantuvo respecto de Wilson Gutiérrez, su hijo Kevin Daniel y su madre María Elena Soler110; y en 2012 las levantó también respecto de ellos111.

En julio de 2017, el señor Ricardo Gutiérrez Soler elevó una solicitud de medidas provisionales ante la Corte por considerar que él y su familia se encontraba en riesgo a raíz de una serie de incidentes que había tenido al regresar a Colombia. No obstante, la Corte estimó que en realidad no era posible apreciar una situación de riesgo en donde concurrieran la extrema gravedad, la urgencia y la necesidad de medidas para evitar perjuicios irremediables. En concreto, señaló que los incidentes a los que hacía referencia el solicitante no constituían per se una amenaza o una agresión directa contra él y su familia, y que cuestiones como un robo podrían derivarse de la delincuencia común. En consecuencia, la Corte desestimó la solicitud112.

FICHA 11. CASO GUTIÉRREZ SOLER


Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia

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