Читать книгу Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia - Paola Andrea Acosta Alvarado - Страница 38

CONCLUSIONES PRELIMINARES

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El estudio transversal de las resoluciones adoptadas por la Corte IDH es necesario para poder obtener datos concretos sobre las cuestiones procesales y los elementos sustanciales de dichos asuntos. En el caso colombiano, al tratarse de cerca de una sexta parte de las resoluciones que la Corte ha adoptado en esta materia, constituye una muestra importante para comprender un poco mejor las dinámicas y el funcionamiento de las medidas provisionales en general.

Es así como los casos colombianos permiten conocer no solo ejemplos de los diferentes supuestos procesales a través de los cuales operan las medidas provisionales, sino además la manera como funcionan, con qué frecuencia y en qué circunstancias.

Del estudio que hemos cmpartido en este capítulo podemos resaltar importantes conclusiones, como el hecho de que haya una mayor tendencia hacia la activación del procedimiento de medidas provisionales como un trámite autónomo, y que, en consecuencia, sea iniciado con mayor frecuencia por la Comisión en aquellos casos en los que sus medidas cautelares no han sido suficientes.

En cuanto a las solicitudes realizadas directamente por víctimas podemos rescatar que, en los casos colombianos, esto ocurre en particular cuando la situación que pone en riesgo sus derechos se deriva de su participación en un procedimiento internacional o de la decisión que la Corte adopte en un caso concreto. También vale la pena resaltar que es más bien excepcional que la Corte adopte medidas de oficio.

Así mismo, hemos de señalar que uno de los principales hallazgos que en buena medida serán discutidos más adelante en el libro es el que tiene que ver con la duración promedio de las medidas que adopta la Corte. Pese a que las mismas están pensadas para ser provisionales y por tanto temporales, en realidad se han convertido en un mecanismo de protección de larga duración que lleva a cuestionar su vocación de temporalidad. Lo que, además, conduce a preguntarse por la efectividad del Estado para neutralizar un riesgo concreto.

En cuanto a los elementos sustanciales de las medidas, el estudio realizado nos permite concluir que las medidas provisionales son utilizadas por la Corte como un mecanismo para proteger esencialmente los derechos a la vida y a la integridad personal; así como para reafirmar las obligaciones generales del Estado en cuanto a la garantía, protección y respeto de los derechos humanos. En especial, vale la pena rescatar que, a través de las medidas provisionales, la Corte enfatiza de manera constante en el deber de investigar, juzgar y sancionar a los responsables.

El análisis comparativo de las resoluciones también nos permite conocer el contexto específico colombiano. En tal sentido, se puede ver que las personas que se dedican a defender los derechos humanos o a reclamarlos son quienes en mayor riesgo se encuentran; y ello se debe aparentemente a que ponen en riesgo a los poderes locales y de facto, como los grupos paramilitares y la fuerza pública. Esto además cobra mayor sentido si se tiene en cuenta que aquellos lugares en donde mayores riesgos se han presentado corresponden a las áreas de mayor influencia de estos grupos, como es el caso de Antioquia y Chocó.

En suma, el análisis propuesto nos permite tener una información determinante sobre las medidas provisionales respecto de Colombia que sirve como punto de partida y como complemento de los análisis temáticos que son realizados en el marco del proyecto de investigación. Es así como el lector podrá apreciar en los siguientes capítulos análisis más profundos que coinciden temáticamente con las cuestiones que hemos querido resaltar en este capítulo.

Medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de Colombia

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