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IV. Estructura del libro

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Como veremos a lo largo de los trabajos que constituyen este volumen, no hay un solo punto de contacto entre los derechos humanos y la violencia, y no hay una sola forma de respuesta desde los derechos humanos frente a la violencia. Además, las contribuciones no solo buscaron analizar las dinámicas del Estado y sus instituciones, sino también aquellas no estatales, de la sociedad civil y de las organizaciones y los defensores de los derechos humanos. Así mismo, en varias de las contribuciones también recibieron atención los espacios de interacción entre las prácticas institucionalizadas y no institucionalizadas, los cuales se estructuran como instancias a veces conflictivas y tensas, a veces dialógicas y fluidas. El libro se estructuró en cuatro partes:

—Parte i. Estado, instituciones y respuestas frente a la violencia

—Parte ii. Las instituciones judiciales y cuasi judiciales frente a la violencia y la defensa de los derechos humanos

—Parte iii. Sociedad civil, violencia y derechos humanos

—Parte iv. Conclusiones

En la parte i, “Estado, instituciones y respuestas frente a la violencia”, el foco está puesto en los procesos de reconfiguración estatal y los cambios de régimen político, su relación con la violencia y la forma en que el discurso y las normas de derechos humanos operan en estas trayectorias.

En el capítulo 1, “Conflicto social, reformas estatales y crimen organizado: México y Colombia 1982-2012”, Sandra Hincapié intenta comprender el aumento de la importancia de las organizaciones del crimen organizado y los procesos de resistencia contenciosa por parte de la población. La respuesta para la autora está en los procesos de reconfiguración estatal. Para dar cuenta de esto último, realiza un análisis comparativo entre México y Colombia desde la década de los años ochenta del siglo pasado.

Desafiando la idea del Estado centrado en el ejercicio del monopolio de la violencia (incluidas la lecturas contemporáneas de esta como la que acuñó la idea de estados fallidos) la autora identifica que a partir de las reformas políticas y económicas que tuvieron lugar en ambos países se produjeron sendos procesos de reconfiguración estatal que incluyeron apertura de accesos políticos y desconcentración de recursos económicos desde el Estado hacia el sector privado.

Un aspecto innovador de la contribución es que opta por el punto de vista de los procesos de formación y configuración estatal, para estudiar las trayectorias de México y Colombia. Su conclusión es que el aumento tanto de la fuerza de las organizaciones del crimen organizado como de los procesos de resistencia social por la defensa de los diferentes tipos de derechos que se ven amenazados por el nuevo estado de cosas, son producto de la yuxtaposición de estas dinámicas con la lógica estatal en contextos en los que se descentralizó el poder político y se abrieron espacios a nuevas dinámicas económicas con menor capacidad de regulación central del Estado. En otras palabras, el trabajo postula que no se puede comprender el aumento de la importancia del crimen organizado y las nuevas formas de resistencia social y política en defensa de los derechos, sino se enmarcan en las características de la apertura y el cierre de los accesos que implicó el proceso de reconfiguración de ambos estados.

En el capítulo 2, “Democracia, derechos humanos y Estado en México: ¿erosión por deterioro?”, Karina Ansolabehere y Francisco Valdés Ugalde analizan el rol jugado por lo que ellos llaman la “dinámica política de derechos humanos” ante situaciones de violencia sistemática en la erosión de enclaves autoritarios de los estados. Para ello analizan el caso del Sistema de Procuración de Justicia en México, por medio del estudio de dos casos de institucionalización de respuestas ante dos situaciones de violencia: la represión de la oposición política de izquierda en las décadas de los años sesenta y setenta, y el feminicidio a partir de los años noventa.

Este capítulo discute y complementa la literatura sobre transición y postransición democrática en México, que postula que el proceso presenta fallas en la destitución autoritaria del Estado, y que las instituciones del Estado de derecho son condiciones necesarias para la resolución de las condiciones de violencia. Desde un punto de vista que busca complementar el análisis del régimen político con las instituciones estatales y las interfaces de relación entre Estado y sociedad, el trabajo considera que si bien puede no haber destitución autoritaria, sí se observan procesos de erosión autoritaria, producto de dinámicas políticas no tradicionales que no solo incorporan repertorios y agendas diferentes para la transformación de políticas públicas (relación arriba-abajo), sino que también presentan una dimensión insoslayable de relaciones internacionales de actores estatales y no estatales (relación adentro-afuera). En otros términos, establece que las nuevas dinámicas se caracterizan por diferentes combinaciones de la relación arriba-abajo, adentro-afuera, que complejizan los parámetros de análisis del espacio político mexicano y su reacción ante la violencia.

Sin desconocer el contexto de reconfiguración estatal planteado por Hincapié, aquí el objetivo fue avanzar en la identificación de las nuevas dinámicas políticas producidas por las estrategias de los actores no estatales (nacionales e internacionales, organizaciones no gubernamentales y familiares de víctimas) y analizar su capacidad a partir de su relación con las élites políticas y las diferentes burocracias, para producir erosión de enclaves autoritarios como el sistema de procuración de justicia.

La parte ii del trabajo, “Las instituciones judiciales y cuasi judiciales frente a la violencia y la defensa de los derechos humanos”, incorpora cuatro contribuciones que se enfocan en el análisis de las instituciones judiciales y cuasi judiciales de derechos humanos. Cada uno de los capítulos ahonda tanto en la comprensión de los desafíos que las situaciones de violencia y violaciones de los derechos humanos presentan para este tipo de instancias, como en las respuestas que estas articulan.

Las instituciones judiciales y cuasi judiciales adquieren centralidad desde el punto de vista del enfoque de los derechos humanos. Tienen un lugar protagónico en la articulación del repertorio que la perspectiva ofrece frente a las violaciones de derechos: verdad, justicia, reparación y no repetición. Estas deben resolver situaciones dilemáticas vinculadas con los procesos de violencia como muestran los casos de Colombia, Perú, la Corte idh y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

En el capítulo 3, “Cortes activas en la defensa de los derechos humanos: evolución de la política sobre los desplazados en Colombia”, Andrea Castagnola y César Augusto Valderrama analizan la actuación de la Corte Constitucional de Colombia frente al problema del desplazamiento forzado de personas por el enfrentamiento armado que vivió (y todavía vive) el país.

Si bien es muy reconocido el carácter protector de los derechos humanos por parte de la Corte Constitucional de Colombia, los autores intentaron refinar la comprensión de este tipo de conducta. En primer lugar, y luego de una revisión de literatura sobre las connotaciones del activismo judicial, innovaron en la definición de este concepto. Así, proponen identificar este rasgo como un continuo (entre las acciones afirmativas y la negación de estas para atender las situaciones vinculadas con violaciones de derechos) antes que como una categoría dicotómica.

Esta innovación permitió identificar las estrategias que siguió la Corte Constitucional de Colombia frente a la población desplazada por el conflicto armado, en especial el carácter incremental de su jurisprudencia respecto del tema, que incorporó y reconoció de manera gradual nuevas dimensiones para la protección de un grupo especialmente vulnerable.

En el capítulo 4, “El dilema seguridad vs. libertad. La jurisprudencia constitucional sobre fuero militar: Perú, 1980-2010”, Andrea Pozas-Loyo y Julio Ríos Figueroa se concentraron en el análisis del rol adecuado de los jueces constitucionales para dirimir conflictos entre seguridad y libertad abogando por un modelo de intervención orientada a la delimitación y significación de los contenidos de la Constitución.

En este cometido critican la denominada “concepción hidráulica” de la relación entre seguridad y libertad que supone que para aumentar la seguridad es necesario disminuir los derechos, concepción que ha predominado no solo en las decisiones judiciales sino en la forma de enfrentar este dilema.

Con el fin de sostener su propuesta de un nuevo tipo de actuación judicial en la materia, los autores analizan el caso de la evolución de la jurisprudencia peruana sobre la jurisdicción militar entre la década del ochenta y nuestros días. Este tema constituye un punto de contacto privilegiado entre la violencia y los derechos humanos en la región, habida cuenta de diferentes modelos de extensión del fuero militar para el juzgamiento de violaciones de derechos humanos tanto en situaciones de conflictos armados como en situaciones normales.

Al respecto identifican dos momentos de interpretación judicial en la materia. El primero que se extendió entre 1980 y 1992, correspondiente a la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal de Garantías Constitucionales, que adscribe al modelo hidráulico y favorece la jurisdicción militar. Y el segundo que se extiende desde 1993 (con la creación del Tribunal Constitucional instituido por la reforma constitucional de ese año) hasta hoy, cuya jurisprudencia constituye un ejemplo claro del modelo de delimitación y significación en la tarea de los jueces constitucionales que postulan los autores.

En el capítulo 5, “Otra historia sobre los derechos humanos: la violencia en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, Sandra Serrano analiza la evolución de la jurisprudencia de la Corte idh relativa a la respuesta a las situaciones de violencia que aquejaron la región.

En este trabajo es clara la adscripción a una perspectiva contextual e histórica de los derechos humanos y la violencia. Según esta, sería imposible establecer una definición definitiva de violencia, puesto que la caracterización de una situación como violenta se modifica de manera consonante con los nuevos temas y problemas sobre los que debe resolver la Corte idh.

A lo largo del trabajo la autora identifica tres aproximaciones diferentes a la violencia en la jurisprudencia de la Corte idh. La primera se vincula con la identificación de violaciones sistemáticas de los derechos humanos, que denomina “de las violaciones individuales a las violaciones sistemáticas”, en la que destaca el viraje que tuvo lugar frente a los procesos de terrorismo de Estado en que las violaciones de los derechos humanos no fueron aisladas sino sistemáticas y respondieron a un patrón determinado. En este caso el foco del reproche está puesto en el incumplimiento de las obligaciones estatales derivadas de las normas internacionales de derechos humanos. La segunda aproximación, “las violaciones de los derechos humanos en contextos de violencia”, resalta la situación de los derechos humanos en contextos de violencia. El foco está en la manera en que los derechos humanos pueden operar como mecanismos de protección en contextos violentos. La tercera opción, denominada “las víctimas de la violencia: las vidas valen”, pone el centro en las víctimas de estos procesos ya sea como individuos o como miembros de grupos en situación de vulnerabilidad. El foco aquí es la forma en que la violencia afecta a los miembros de los grupos vulnerables (en especial mujeres, niños y pueblos indígenas).

En el capítulo 6, último de esta parte, “Los mecanismos de producción de verdad en el discurso de los derechos humanos de la cdhdf y la violencia en reclusorios”, Cuauhtémoc Rueda Luna nos invita a hacer un análisis crítico de la institucionalización de los derechos humanos realmente existentes. Desde un enfoque posestructuralista, el autor se aproxima a los mecanismos que utiliza la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (cdhdf) para atender las violaciones de derechos humanos de la que es objeto la población en reclusorios.

El capítulo hace un análisis pormenorizado de las formas de enunciación desarrolladas por la cdhdf para atender las violaciones de derechos. A partir de este, identifica que la forma más utilizada es el reconocimiento de la existencia de violaciones de derechos humanos que sin embargo resultan invisibilizadas porque se utiliza un mecanismo —“la solución durante el trámite”— que no tiene carácter público, como sí lo tienen otros como las recomendaciones en las cuales su publicidad es obligatoria y permiten un proceso de seguimiento de las respuestas a esta.

La principal conclusión del capítulo es que el proceso de institucionalización de los derechos humanos, en el caso de la cdhdf, invisibiliza la situación de violencia y violaciones de los derechos humanos y de esta manera integra la violencia al discurso de los derechos humanos.

La parte iii del trabajo, “Sociedad civil, violencia y derechos humanos”, da cuenta de los sujetos individuales y colectivos, y de la sociedad civil vinculada con la defensa de los derechos humanos. Los dos capítulos que la integran se ocupan tanto de las características de los movimientos de derechos humanos en contextos de violencia, como del impacto de dichos contextos en la forma en que los defensores de los derechos humanos conciben y recrean su tarea.

En el capítulo 7, “Fases históricas de la defensa de los derechos humanos en Colombia y México. Las ong en contextos de violencia 1970-2010”, Jairo Antonio López Pacheco analiza la forma en que la violencia ha impactado el proceso de conformación y coordinación de las organizaciones de derechos humanos en México y Colombia. El capítulo, que adopta una perspectiva de sociología política, es depositario de la literatura sobre movilización colectiva y sobre las paradojas de la institucionalización de los derechos humanos (Stammers, 2009).

El autor realiza un análisis comparativo entre la trayectoria de las organizaciones de defensa de los derechos humanos en México y Colombia, en el cual adquieren especial interés las estrategias de vinculación entre el Estado y las organizaciones de derechos humanos en contextos de violencia. Propone como categorías de análisis fundamentales la trayectoria histórica de la constitución del campo de la defensa de los derechos humanos y las formas de vinculación entre las organizaciones locales y las internacionales.

Desde este marco analítico identifica diferencias claras entre la defensa de los derechos humanos en los dos países, vinculadas justamente con su nivel de coordinación entre organizaciones establecidas en los centros urbanos del país y las organizaciones locales. En Colombia observa un proceso tanto de coordinación entre las organizaciones del centro y las locales, una integración de su agenda y sus demandas, como de vinculación con las organizaciones internacionales, y una posición de claro enfrentamiento contra el gobierno. El caso de México es el contrario; en este país el autor identifica un proceso de disociación entre organizaciones centrales y periféricas que las ubica en dos dinámicas diferentes. Por una parte, las organizaciones locales constituyen un espacio de resistencia y denuncia frente a las violaciones de derechos humanos regionales, y su relación con los gobiernos es de enfrentamiento, y por otra parte, las organizaciones del centro (de élite) han optado por una estrategia de reclamo institucionalizada y mantienen relaciones fluidas con las organizaciones internacionales y el Estado. Esta diferencia en las dinámicas expresa la capacidad de uno y otro proceso de movilización para posicionarse y visibilizar la violencia que se manifiesta de manera más contundente en las regiones. La disociación entre organizaciones de élite y organizaciones locales en México, a juicio de López, explica el desdibujamiento de las denuncias respecto de la situación de violencia en el país, a diferencia de lo que sucede en Colombia.

En el capítulo 8 “Lo que no te mata, ¿te hace más fuerte?”. La violencia y los derechos humanos desde la narrativa de los defensores de los derechos humanos en Ciudad Juárez”, Daniel Vázquez y Nacori López analizan la forma en que los procesos de violencia afectan las prácticas de los defensores de los derechos humanos.

Desde una perspectiva crítica de los derechos humanos que propone un giro hacia los actores y sus voces, la contribución analiza la forma en que los diferentes ciclos de violencia en Ciudad Juárez afectaron la manera como los defensores de los derechos humanos conceptualizan su práctica. Para ello realizaron entrevistas a defensores de los derechos humanos en la ciudad. Como resultado de este trabajo identificaron: (1) hitos en la violencia según la perspectiva de los defensores los que no son ajenos a los procesos de coordinación o descoordinación entre organizaciones, y (2) que la violencia provocó sensaciones de “riesgo, miedo, e inacción” entre los defensores de los derechos humanos dadas las amenazas y los asesinatos de los que fueron víctimas.

Las diferentes contribuciones del volumen (desde la problematización de los procesos de reconfiguración estatal hasta las consecuencias subjetivas de los contextos violentos en la actividad de defensa de los derechos humanos) son ilustrativas de la complejidad de esta dinámica, de la variedad de puntos de contacto y de los tipos de relaciones que podemos encontrar entre la violencia y los derechos humanos. De estos distintos tipos de relaciones damos cuenta en el último capítulo, “Conclusiones: los caminos más allá de la suma cero”, que conforma la parte iv del libro.

Los derechos humanos y la violencia: Estado, instituciones y sociedad civil

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