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II. LA SUBSIDIARIEDAD EN PROUDHON

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El principio de subsidiariedad está en el centro mismo de la teoría federalista de Proudhon; la subsidiariedad, según él, permite equilibrar las relaciones por lo general tensas entre la autoridad y la libertad. Demasiada autoridad conduce al despotismo y demasiada libertad a la anarquía.

En 1862 afirmaba: “El problema político (...), reducido a su expresión más simple, consiste en encontrar el equilibrio entre dos elementos opuestos, la autoridad y la libertad. Todo falso balance se traduce inmediatamente para el Estado, en desorden y ruina, y para los ciudadanos, en opresión y miseria. En otros términos, las anomalías o perturbaciones en el orden social resultan del antagonismo de estos dos principios; éstos desaparecerán cuando los principios se encuentren coordinados de forma que no se puedan perjudicar el uno al otro”15. Esta “coordinación” ideal la encontraría él en el principio de subsidiariedad.

El ciudadano se debate entre estos dos polos (autoridad y libertad), con sus competencias, al servicio de las comunidades simples (familias16, talleres, sindicatos) y de las comunidades más complejas (comunas, cantones, regiones, estados). El fin buscado en cada uno de los escalones es siempre el de la autosuficiencia. El ciudadano conserva, en cada nivel, una parcela de soberanía que le convierte en un actor responsable en el seno de una ciudad federalista, ya no natural –el pacto– sino contractual –el contrato–. La forma del contrato prima sobre la del régimen. Para Proudhon, el enemigo principal sigue siendo principalmente el centralismo estático y nivelador, ya sea democrático o monárquico. El centralismo, beneficiándose de la “incapacidad ciudadana” (criterio por lo demás muy subjetivo), intentará progresivamente inmiscuirse en todos los asuntos sociales privados o públicos, transformando así al ciudadano-activo en sujeto-pasivo. El pensamiento proudhoniano nos advierte que la sociedad debe, en la medida de lo posible, superar al Estado si pretende disfrutar de la mejor vida.

En la misma época, la Iglesia Católica buscará inspiración principalmente en los escritos del italiano Taparelli, del obispo alemán Ketteler y del francés La Tour du Pin, para elaborar la llamada “doctrina social de la Iglesia”. Los tres tienen en común el pretender rehabilitar los cuerpos intermedios. Para Ketteler “en tanto que familia, la comuna se basta para cumplir su fin natural, por lo que debemos dejarle libre autonomía... El pueblo gobierna por sí mismo sus propios asuntos: es necesario una escuela práctica de política en la administración comunal, donde se reproducen a pequeña escala los asuntos que son tratados a gran escala en los parlamentos. De esta forma el pueblo adquiere la formación política y la capacidad que hace al hombre sentirse independiente”17. De esta forma, el autor podrá añadir las bases necesarias a la práctica de lo que él llamaba una “ciudadanía ascensional”. En pleno enfrentamiento entre el liberalismo y el socialismo, el célebre obispo de Maguncia es el primero en hablar del “derecho subsidiario”, que es el dere-cho “a procurar y realizar por sí mismo, en su casa, en su comunidad, en su patria, lo que puede hacer por sí mismo. Esto no sería incompatible con el principio del poder estatal centralizador... La pluralidad del gobierno y la fabricación de leyes terminarían pronto”. Sería sin más “duro absolutismo, verdadera esclavitud del espíritu y de las almas, que el Estado abusara de este que yo llamaría derecho subsidiario”18.

Participación política y derecho a la objeción de conciencia al aborto

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