Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 189

b. La legitimación

Оглавление

La legitimación pasiva le corresponde a aquellas instituciones de la UE cuyos actos son impugnables a través de este recurso.

En relación con la legitimación activa, cuestión más compleja, –nos encontramos– con dos tipos de demandantes.

De un lado, el artículo 263 se refiere a los Estados miembros, el Parlamento Europeo la Comisión y el Consejo como demandantes privilegiados.

Y lo son porque su legitimación no se condiciona a que el acto cuya anulación se pretende tenga o no un carácter general o a que la institución o el Estado miembro demandante estén o no entre sus destinatarios, ni requiere de la prueba de que existe un interés específico en el recurso. Solo los Estados miembros y las instituciones mencionadas están en dicha posición. El artículo 263 indica, en este sentido, que el Tribunal de Cuentas, el Banco Central Europeo y el Comité de las Regiones podrán interponer el recurso únicamente para salvaguardar sus prerrogativas. Estaríamos en este caso, por tanto, ante demandantes que cabría considerar «semiprivilegiados».

No podemos dejar de recordar la novedad introducida en este punto por el Tratado de Lisboa. Está prevista en el artículo 8 del Protocolo número 2, sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, que dispone lo siguiente:

«El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será competente para pronunciarse sobre los recursos por violación del principio de subsidiariedad, por parte de un acto legislativo, interpuestos con arreglo a los procedimientos establecidos en el artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por un Estado miembro, o transmitidos por éste de conformidad con su ordenamiento jurídico en nombre de su Parlamento nacional o de una cámara del mismo».

De conformidad con los procedimientos establecidos en dicho artículo, el Comité de las Regiones también podrá interponer recursos contra actos legislativos para cuya adopción el TFUE requiera su consulta.

De otro lado, en cuanto a las personas físicas y jurídicas, demandantes no privilegiados, dispone el párrafo cuarto del artículo 263 que podrán interponer el recurso en las condiciones previstas en los párrafos primero y segundo, contra los actos de las que sean destinatarias o que les afecten directa e individualmente y contra los actos reglamentarios que les afecten directamente y que no incluyan medidas de ejecución.

Se trata de una cuestión, la de la legitimación activa de los particulares en el marco del recurso de anulación, que no ha sido ajena a cierta controversia. Afectación directa, afectación individual e interés para ejercitar la acción son las condiciones que deben cumplirse para que el recurso sea admisible.

La jurisprudencia del TJUE (pueden verse en este sentido las sentencias de 21 de marzo de 2002, asuntos acumulados 41/70 a 44/70, International Fruit Company y otros c. Comisión y de 2 de abril de 1998, asunto C-321/95 P, Greenpeace c. Comisión) ha interpretado de modo muy restrictivo los requisitos exigidos en el párrafo cuarto del artículo 263, y ello a pesar de las críticas que tanto la doctrina como los propios abogados generales han lanzado al respecto, por considerar que difícilmente dicha jurisprudencia tendría encaje con lo requerido por el artículo 6 del CEDH tal y como ha sido interpretado por el TEDH. Las sentencias de 25 de julio de 2002 (asunto C-50/00 P, Unión de Pequeños Agricultores c. Consejo) y de 1 de abril de 2004 (asunto C-263/02 P, Comisión c. Jégo-Quére) sintetizan de modo claro el parecer del TJUE. Cuando, en aplicación de la doctrina del TJUE, al particular le resulte imposible acceder al recurso de anulación, podrá invocar la invalidez del acto en cuestión bien a través de la excepción de ilegalidad prevista en el artículo 277 del TFUE, bien ante los jueces y tribunales nacionales, que deberán en este caso hacer uso de la cuestión prejudicial en apreciación de validez.

↔ [Véase Excepción de ilegalidad 3/35], [cuestiones prejudiciales 3/40]

Practicum Ejercicio de la abogacía 2022

Подняться наверх