Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 48
3.4. Libro registro de bienes de inversión
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Como en los caso anteriores para el libro registro de bienes de inversión de los profesionales se aplicará los previsto para el libro de igual denominación de los empresarios, contenido en el artículo 4 de la Orden HAC/773/2019.
En dicho libro se registrarán, debidamente individualizados, los elementos patrimoniales afectos a la actividad profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley del IRPF (Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio) y deberán reflejarse los datos suficientes para identificar de forma precisa las facturas y documentos de aduanas correspondientes a cada uno de los bienes afectos asentados.
Además para cada bien individualizado se anotará lo siguiente:
• El número de factura o, en caso de importación, el número del documento aduanero, o en defecto de los anteriores, el número de recepción.
• La fecha en que el elemento patrimonial se encuentre en condiciones de funcionamiento.
• La descripción del bien con indicación de todos aquellos datos que permitan su perfecta identificación.
• El nombre y apellidos, razón social o denominación completa y número de identificación fiscal del proveedor.
• El valor de adquisición, así como el valor amortizable del elemento patrimonial.
• El método de amortización aplicable.
• El porcentaje de amortización aplicado cada período impositivo, así como la cuota de amortización resultante.
• La amortización acumulada.
• La baja del bien o derecho con expresión de su fecha y motivo. En el supuesto de transmisión del bien, deberán hacerse constar los datos necesarios para la identificación de la operación.
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