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INTRODUCCIÓN

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A la muerte de Cleónimo, sus sobrinos, hijos de su hermana, impugnan el testamento en el que Cleónimo nombraba herederos a otros parientes y reclaman su herencia. Se ignora cuál era el grado de parentesco de éstos últimos con Cleónimo —en todo caso más lejano que el de los sobrinos— 1 , así como su identidad: además de los hermanos Posidipo y Ferenico, en el discurso se mencionan otros nombres cuya relación con Cleónimo no queda clara 2 .


Pese a la evidencia que supone la existencia del testamento mencionado, Iseo, sabedor de que los jueces atenienses tendían a dar prioridad, en las causas de sucesión, al parentesco, construye el discurso en torno a dos argumentos básicos: la nulidad del testamento existente y el estrecho parentesco de los sobrinos con el difunto.

Así, contra el único punto a favor de sus adversarios, el testamento, los demandantes (en su nombre, probablemente, el mayor de ellos) aparecen en posesión de múltiples razones que los acreditan como los auténticos herederos: en primer lugar, incluso los familiares y amigos de sus oponentes, en un arbitraje previo al proceso, les habían reconocido su derecho a una parte en la herencia de Cleónimo. Además, habían sido excluidos del testamento no porque el difunto tuviera algo en su contra, sino por la enemistad que éste sentía hacia Dinias, tío de los demandantes, bajo cuya tutela se encontraban después de haber quedado huérfanos. Sin embargo, muerto Dinias, Cleónimo se hizo cargo de ellos y desde entonces les había manifestado siempre la más favorable disposición. Por otra parte, Poliarco, abuelo de los demandantes y padre de Cleónimo, había ordenado a este último que, si no tenía hijos, les dejara toda su fortuna. Por último, la relación íntima y familiar que Cleónimo tenía con sus sobrinos contrasta con su abierta enemistad hacia Ferenico, uno de los beneficiarios efectivos del testamento.

Todos estos argumentos —sostienen los sobrinos— hicieron que Cleónimo reconsiderara su testamento. La muerte, sin embargo, le impidió cualquier modificación: estando enfermo solicitó la presencia del astínomo en cuya casa había depositado el testamento 3 , pero los otros parientes —sabiéndose los beneficiarios de la herencia— impidieron la entrevista. Es aquí donde las dos partes en litigio discrepan en la interpretación de la intención de Cleónimo: los sobrinos alegan que quería cambiar el testamento a su favor y que había llamado al astínomo para revocar el documento anterior, lo que explicaría las trabas de sus adversarios; éstos, en cambio, sostienen que simplemente quería hacerles firme su donación.

Se mire por donde se mire, concluyen los sobrinos, la herencia es suya: si en verdad Cleónimo deseaba únicamente reafirmar su primera voluntad (algo de lo que, por otra parte, no tenía ninguna necesidad legal), es evidente que no actuaba con plenas facultades mentales, pues de todos era sabida la estrecha relación, familiar y afectuosa, que le unía con sus sobrinos, frente a la enemistad que mantenía con los otros; y si su voluntad era revocar su testamento, es obvio que, no sólo por la intención del difunto, sino por su parentesco, la sucesión les correspondía a ellos.

No se han propuesto fechas concretas para este discurso. Así, mientras Benseler 4 , apoyándose en el especial cuidado de Iseo en evitar el hiato 5 , concluye que se trataría de uno de sus discursos más recientes 6 , W. Wyse rechaza la ausencia o presencia de hiato como un criterio fiable de datación 7 y señala la imposibilidad de fijar una fecha. Recientemente F. Cortés 8 sostiene que el estudio formulario de este discurso 9 no permite más que postular como cronología verosímil una fecha no muy reciente.

1 Probablemente primos hermanos o hijos de primo hermano. Dado que, en ausencia de testamento, el orden de sucesión estaba regulado por ley según el grado de parentesco (cf. DEM ., 43, 51; Is., XI 11-12), de haber sido familiares más lejanos Iseo habría sido más explícito en este dato.

2 La mención de Simón en el Argumento , junto a Posidipo y Ferenico, ha hecho que se pensara en él como otro de los hermanos beneficarios del testamento (cf. W. ROEDER , Beiträge zur Erklärung und Kritik des Isaios , Jena, 1880, págs. 23-24), si bien la referencia de §§ 31-32 hace dudar de tal relación y hoy en día esta mención se considera un error. Por otra parte, Th. THALHEIM (Isaei orationes , pág. XXIX) incluye a Diocles entre los herederos testamentarios, pero las alusiones a él en el discurso (§§ 14, 23) no permiten demostrarlo.

3 Cf. § 15, n. 13.

4 De hiatu in oratoribus Atticis et historicis Graecis , Friburgo, 1841, pág. 192

5 Tan sólo hay cuatro casos de hiato, en §§ 1, 11, 29.

6 A este argumento añade F. BLASS (op. cit ., II, pág. 531) el uso de las cláusulas rítmicas para sumarse a una cronología reciente.

7 Cf. la introducción general, II I.

8 Op. cit ., págs. 291-295 y 298.

9 Las fórmulas de presentación de testigos (cf. § 16, n. 15), la fórmula de introducción a la narración, etc. (cf. la introducción general, II 1).

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