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PRESENTACIÓN

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El reconocimiento de derechos a la naturaleza en general, a una parte de ella o a alguna especie en particular es, sin duda, uno de los asuntos jurídicos medioambientales que mayores discusiones y curiosidad han generado en la comunidad jurídico medioambiental internacional.

Las distintas visiones respecto de los medios jurídicos necesarios para hacer realidad la tutela del medio ambiente se dan en un escenario de crisis ambiental de escala global, evidenciada por fenómenos como el cambio climático, la contaminación de las aguas, el tráfico de especies amenazadas, la desertificación de los suelos, la desaparición de espacios naturales de relevancia ecosistémica, y de especies de flora y fauna, entre otras múltiples circunstancias que evidencian las continuas afectaciones a las que es sometido el entorno natural.

De allí la necesidad de analizar en detalle la argumentación teórica, dogmática y jurídica de quienes están a favor de este reconocimiento y aquellos que critican dicha posición, y estudiar los casos de reconocimiento de ese tipo de derechos, con el fin de comprender sus alcances, características y fundamentación, y de esa forma conocer las oportunidades y debilidades de la propuesta a fin de construir soluciones adecuadas para atender los graves daños generados, y desarrollar acciones dirigidas a evitar afectaciones negativas futuras.

En el libro que me complace presentar y que ilustra respecto de la problemática jurídica asociada al reconocimiento de derechos a la naturaleza, participaron varios expertos cuyos escritos fueron evaluados por pares externos ciegos que con sus comentarios aportaron positivamente al resultado final de estas investigaciones.

La obra se divide en dos partes. La primera está dedicada a examinar las fortalezas y debilidades del reconocimiento de derechos a la naturaleza y se inicia con el artículo de María del Pilar García Pachón y Lisneider Hinestrosa en el que realizan un análisis crítico de los fundamentos y la efectividad de la Sentencia T-622 de 2016, conocida como sentencia del río Atrato, decisión trascendental en materia de derechos de la naturaleza, y que ha permitido impulsar diversas decisiones judiciales que pretenden proteger el medio ambiente en general o alguno de sus elementos en particular. Con base en el análisis del fallo estudian, entre otros aspectos, el concepto de medio ambiente y su pretendida transformación, la ratio decidendi y el uso del principio de precaución, el nulo análisis de la Corte respecto del concepto de personalidad jurídica, así como el alcance de algunas órdenes de la sentencia, concluyendo que, a pesar de la intención de protección, el reconocimiento de derechos resulta vacío de contenido.

Por su parte, la investigadora Elizabeth Jane Macpherson considera que a pesar de que los reconocimientos hechos hasta el momento han propiciado un avance sin precedentes en los derechos ambientales y humanos, existen dos conflictos generados por el reconocimiento, que, por un lado, incorporan un acercamiento “ecocéntrico” a los ordenamientos jurídicos “antropocéntricos”, y por otro introducen un nuevo “lenguaje” legal no reconocido en los derechos del mismo orden.

En su artículo el investigador Javier Alfredo Molina Roa, del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia, analiza la jurisprudencia colombiana en la materia, y la forma en que el activismo judicial ha facilitado los fallos de reconocimiento de derechos a la naturaleza o a sus componentes, identificando las posibles consecuencias de esas decisiones.

A su turno, Luis Felipe Guzmán Jiménez y Juan David Ubajoa Osso se encargan de establecer los reconocimientos de derechos desde dos perspectivas: la personalidad jurídica de la naturaleza y sus elementos, y el deber constitucional de proteger el medio ambiente, con lo cual pretenden probar que la primera es inapropiada para amparar el entorno natural y sus componentes, mientras que consideran adecuada la segunda.

Concentrándose en el estudio de la efectividad de las órdenes judiciales proferidas en las sentencias que han reconocido derechos a la naturaleza, las investigadoras Ángela María Amaya Arias y Diana Geraldine Quevedo Niño critican, entre otros aspectos, la forma en que, a pesar de alegar visiones ecocentristas, en Colombia el resultado de los fallos acaba por proteger los ríos y los ecosistemas por los servicios y beneficios que aportan a los seres humanos pero no por su relevancia per se.

En su artículo el profesor Carlos Alberto Chinchilla Imbett afirma que la equiparación a sujetos de derechos de los animales y los ecosistemas refleja el uso impropio de dicha categoría, y propone que para garantizar la tutela de los animales y los ecosistemas se impongan límites a la autonomía individual con fundamento en lo determinado por la Constitución Política colombiana.

Tatiana Celume Byrne finaliza el capítulo con un texto que pretende dilucidar si la normativa constitucional chilena da cabida y soporte a la existencia de los derechos de la naturaleza, y afirma que al aplicar el deber de tutelar su preservación, la jurisprudencia de los tribunales abre paso al reconocimiento de los derechos ecológicos cuya consecuencia es un deber correlativo del Estado de restaurar la naturaleza.

La segunda parte, dedicada al reconocimiento de derechos a los animales, se inicia con el texto del profesor mendocino Mauricio Pinto, quien califica las sentencias en la materia como anomalías paradigmáticas, a la vez que analiza tanto su legitimidad como su supuesta confrontación axiológica. El autor concluye, entre otros asuntos, que este tipo de reconocimientos representa una técnica jurídica cuya implementación requiere profundas consideraciones de filosofía política, debates y elecciones políticas en el marco de las instituciones democráticas.

Partiendo del enfoque biocentrista adoptado por las constituciones latinoamericanas, Judith Domínguez se centra en la evolución y el estatus del reconocimiento de derechos a la naturaleza y los animales en la legislación mexicana federal y de las entidades federativas, así como los efectos de las resoluciones administrativas por maltrato animal.

Cierra esta obra el artículo de Mónica Marcela Andino, quien analiza el reconocimiento que los tribunales argentinos hacen de algunos animales como sujetos de derecho, y los efectos de estos fallos respecto de las categorías jurídicas en juego.

Como es sello distintivo de la Universidad Externado de Colombia, este libro permite conocer diversos enfoques del objeto de estudio, sin dogmatismos, pero con argumentos y amplias discusiones jurídicas que ofrecen al lector un conocimiento más profundo de la problemática jurídica que suscita el reconocimiento de derechos a la naturaleza, de su efectividad y de los fundamentos que sirvieron para construir la pretendida categoría jurídica.

Agradecemos la labor juiciosa de los autores en la elaboración de los capítulos de esta obra, así como la revisión de los textos por los pares evaluadores, que con sus comentarios enriquecieron los resultados de este libro de investigación. Esperamos que este texto permita avanzar en la discusión jurídica sobre el tema y, en definitiva, sirva como aporte para que el tan anhelado cuidado de la naturaleza sea una realidad.

Finalmente, agradecemos al Departamento de Publicaciones de la Universidad Externado de Colombia su diligencia en el desarrollo de los procesos de edición. Del mismo modo, nuestra gratitud al señor Rector Juan Carlos Henao por el apoyo a este proyecto de investigación y en general a las actividades de nuestro Departamento.

María del Pilar García Pachón

Directora

Departamento de Derecho del Medio Ambiente

Universidad Externado de Colombia

Reconocimiento de la naturaleza y de sus componentes como sujetos de derechos

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