Читать книгу En busca del paraíso perdido: Los paraísos fiscales hoy - Julio César Muñiz Pérez - Страница 6
2. PARAÍSO FISCAL VERSUS TAX HAVEN
ОглавлениеDebemos comentar la divergencia (en nuestra opinión aparente) entre el concepto continental “paraíso fiscal”2, comúnmente aceptada como una traducción errónea del inglés al francés (por todos Sanz Gómez 2010) al utilizar la lengua inglesa la expresión “refugio fiscal” en su versión “tax haven” y no la de paraíso “tax heaven”. Frente a esta teoría debemos plantear otra alternativa, fundamentada en cinco cuestiones. Primera, que no hemos podido determinar el momento de traducción erróneo, ni siquiera en la doctrina francesa. Segundo, porque los estudiosos franceses apuntan desde su perspectiva al origen de los paraísos en Suiza, con lo que no sería un concepto importado del mundo anglosajón. Tercero, porque se atribuye la paternidad del concepto al mundo anglosajón (en contradicción con lo anterior3). Cuarto, por el uso tendencialmente paralelo que se produce en la lengua inglesa entre los conceptos “haven” refugio y “heaven” paraíso. Es decir, debemos plantear la posibilidad de que la expresión “tax haven” sea en realidad paralela al concepto “heaven”, dado el uso diferencial pero coordinado de ambos conceptos. Así, se habla de “refugio de impuestos”, ya que plantea los impuestos como el elemento de riesgo del que se refugia, pero paralelamente se puede hablar (y de hecho se habla) de los “capital heavens”, es decir, de los paraísos para los capitales. De este modo, no sería una traducción errónea sino un uso divergente y más específico de la lengua inglesa que coordina los conceptos “Haven” y “Heaven”4 para diferenciar de lo que se refugia, la imposición en el Estado de origen (tax) frente al elemento que disfruta del refugio y por tanto está en el Paraíso (capital).
No estaríamos por tanto ante una divergencia del contenido, sino en la mayor utilización del “tax haven” y la menor del “capital heaven”, éste último con una relevancia y frecuencia de uso muy inferior. Así pues, la configuración y análisis del concepto de “Paraíso” se justifica y se hace lugar común en el ámbito comparado, justificado por la noción paradisiaca cultural y las ubicaciones donde solemos encontrarlos.
Finalmente, quinto. Aplicando una traducción inversa, cuando un autor de lengua inglesa tiene que traducir la expresión “refugio fiscal” (utilizada corrigiendo el presunto error de traducción de origen), no lo traduce por “tax haven” sino por “tax shelter”. Así ocurre, por ejemplo, en el análisis que hace Milka Casanegra de Jantscher (1976, p. 31), por parte de Atchabahian (ONU 1997).
Esto nos lleva a la necesidad de delimitar el término Haven, frente al de Shelten. Efectivamente Haven es un refugio, pero también un lugar que ofrece oportunidades o condiciones favorables, mientras que shelter, encaja mucho mejor con el concepto español de “refugio”, que no tiene el sentido de “oportunidad o condición favorable”, sólo tiene ese sentido de protección o ayuda ante una necesidad.
Así, la noción de haven es más amplia que refugio, recurriéndose por ello de forma preferente por la noción de “paraíso”. Por ello podemos descartar la tradicional explicación de una mítica traducción errónea.