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1. El arbitraje internacional como ejemplo para cumplir con el desarrollo sostenible

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La comunidad arbitral apoya el desarrollo sostenible defendiendo de forma enérgica los objetivos ODS y los criterios ESG, siendo el propio sistema arbitral un ejemplo de implementación de los citados principios.

La comunidad arbitral contribuye al desarrollo sostenible de forma continuada, creando iniciativas de diversa índole para que sean aceptadas y aplicadas por los diferentes sujetos que componen el sistema arbitral. Iniciativas que lo único que buscan es hacer del arbitraje un ejemplo de cumplimiento de desarrollo sostenible.

Entre las muchas iniciativas que tenemos, son de destacar el “The Equal Representation in Arbitration Pledge”, el “Green Pledge”, las numerosas iniciativas para la creación de plataformas virtuales que ayuden al manejo de casos en arbitraje o la modificación de las reglas de diferentes instituciones arbitrales para ser más inclusivos y transparentes.

En concordancia con el objetivo ODS 5, el cual tiene como meta alcanzar la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas, los miembros de la comunidad arbitral redactaron en el año 2015 un manifiesto para tomar medidas (el Pledge) “The Equal Representation in Arbitration Pledge” (“Compromiso para una representación igualitaria” en reconocimiento de la infrarrepresentación de las mujeres en tribunales arbitrales internacionales. Este Compromiso busca aumentar, en condiciones de igualdad de oportunidades, el número de mujeres designadas como árbitros para lograr una representación justa lo antes posible, con el objetivo final de la paridad plena. La versión final del texto del Compromiso es el resultado de un esfuerzo de colaboración entre representantes globales de entidades corporativas, Estados, instituciones arbitrales, profesionales del arbitraje (tanto abogados como árbitros), y académicos, reunidos por un Comité Directivo11.

En cuanto al cuidado del medio ambiente, para promover un uso sostenible de los ecosistemas terrestres (ODS 15), destacamos “The Green Pledge” (el Compromiso Verde), de Lucy Greenwood. Sus dos principales objetivos son: ahorro de papel y reducción de la huella de carbono. ¿Cómo se consigue? A través de las diversas acciones en los árbitros que reduzcan el desperdicio de energía (ya sea utilizando correspondencia electrónica en el lugar de escrita para ahorrar papel y así reducir la huella de carbono, fomentando el uso de instalaciones para videoconferencias como alternativa a los viajes, etc). En definitiva, el Compromiso fomenta que los arbitrajes sean más ecológicos con prácticas que minimicen el impacto sobre el medioambiente y reduzcan las emisiones de carbono12.

En cuanto a las iniciativas relativas a plataformas virtuales es de destacar el proyecto llevado a cabo por el Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (en adelante, “CIAM”). La Plataforma es una herramienta tecnológica pionera, que ha sido programada y personalizada a las necesidades del Centro y de sus usuarios (partes, abogados, árbitros, secretarios, etc…). Es una interfaz segura y confidencial que permite a los participantes de un procedimiento arbitral acceder a su expediente mediante un login, desde cualquier parte del mundo13. Dicha Plataforma, además de ser de gran utilidad para cualquier usuario del arbitraje, da fiel cumplimiento a uno de los objetivos ODS, en concreto el 8, relativo al fomento del crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible; el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos. Gracias a ésta se logran niveles más elevados de productividad económica mediante el emprendimiento, la creatividad, la innovación y la modernización tecnológica (metas 8.2 y 8.3). Los beneficios de la citada plataforma son eficiencia, transparencia, seguridad, previsibilidad, confianza, y sostenibilidad, entre otros14.

Otra plataforma virtual a destacar, es “Arbitrator Intelligence Platform”, fundada por Catherine Rogers. Plataforma dedicada a proporcionar determinada información sobre los árbitros para que las partes puedan tomar la decisión de nombrar a uno u otro de forma adecuada. Siendo su objetivo principal promover la transparencia, la responsabilidad y la diversidad en la selección de árbitros15.

En lo que respecta al desarrollo de infraestructuras resilientes, a la promoción de la industrialización inclusiva y sostenible y al fomento de la innovación (ODS 9), destacamos el nuevo reglamento de la ICC, el cual aboga en su artículo 26 por un mayor uso de los medios telemáticos, como respuesta a las nuevas necesidades que han tenido lugar como consecuencia de la pandemia mundial producida por la COVID-19.

Gracias a éste, además de las audiencias realizadas de manera física, el tribunal arbitral podrá optar por llevar a cabo las audiencias por videoconferencia, teléfono o cualquier otro medio de comunicación. Esta decisión dependerá de las circunstancias concretas de cada caso y de la previa solicitud de las partes. En las reglas de 2017 de la ICC el uso de medios telemáticos estaba restringido a ciertos casos concretos. Con las nuevas reglas se pueden llevar a cabo audiencias regulares de forma telemática, con el objetivo de evitar eventuales retrasos por no poder llevarse a cabo presencialmente.

Anuario de Arbitraje 2021

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