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5.2. Exclusiones. Normativa aplicable

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Las exclusiones o cláusulas limitativas restringen el ejercicio de un derecho. Estas excepciones son bastante comunes en los contratos de seguros, de ahí su inclusión como elementos técnicos.

Estas cláusulas están sometidas a un régimen especial para dotar a los asegurados de una mayor protección.

La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contratos de Seguros establece en su artículo 3 que:

Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.

De esta afirmación se extraen dos conclusiones importantes:

1 Las cláusulas limitativas deben tener constancia gráfica en la póliza de una forma especial, resaltándolas con un tipo de letra distinto que llame la atención.

2 Las cláusulas deben ser específicamente aceptadas mediante firma de la propia póliza, donde se detalle que se trata de las cláusulas limitativas, o bien a través de otro documento.

Según Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios se especifica que toda redacción de condiciones en cualquier contrato, ya sean limitativas o no, debe ser perfectamente clara, concreta y sencilla.

Con relación a lo anterior, el artículo 1288 del Código Civil establece que la interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato no deberá favorecer a la parte que hubiere ocasionado la oscuridad. Es decir, si existen dudas en una cláusula, prevalecerá la interpretación que favorece al consumidor.

Se recomienda también que sea el propio representante de la aseguradora el que explique detalladamente estas condiciones para que no haya incidencias en el momento del siniestro.


Ejemplo

Los seguros de vida suelen excluir de la protección los casos de suicidio.

Las cláusulas de periodo de carencia son un tipo especial de limitación, ya que la situación normal de riesgo queda desprotegida durante un periodo de tiempo, normalmente un mes. Son bastante habituales en seguros de salud.


Actividades

12. Revise el contenido de alguna póliza que tenga suscrita y localice cláusulas limitativas, ¿son suficientemente claras en su redacción? ¿Están redactadas como documento aparte o forman parte del texto general?

Asesoramiento de productos y servicios de seguros y reaseguros. ADGN0210

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