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2.2 Reorganización al Ministerio de Educación Nacional - 1960

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Las circunstancias que se configuraron en relación con la planeación como alternativa para el desarrollo, tuvieron incidencia en la entidad encargada de la educación en el país, acorde al contexto que se imponía. De la misma manera sucedió con las reformas educativas que se fueron gestando para los diferentes niveles escolares.

Por Decreto 163746,, se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional, la norma está integrada por XXVI capítulos, el capítulo I, desarrolla lo pertinente a su denominación, la que llama la atención: de los negocios y de la estructura del Ministerio.

El Art. 1 estableció sus finalidades:

[…] conocer de todos los negocios relacionados con el fomento, reglamentación e inspección de la educación, con la promoción y difusión de la cultura y las ciencias, de conformidad con la Constitución, las leyes y tratados públicos sobre la materia y las normas del presente Decreto, con el objetivo esencial de realizar en la persona los valores de la civilización cristiana (Art. 1).

44 Facultades de Medicina y Escuelas Anexas (odontología y farmacia); Facultades de Derecho y Ciencias Políticas; Facultades de Ingeniería y EscuelasAnexas (Minas yArquitectura); Facultades de Ciencias de la Educación (secciones de ciencias histórico-geográficas, matemáticas y física, físico-química, idiomas modernos); Facultades de Medicina Veterinaria (con autorización del Ministerio de Agricultura)

45 Por el cual se reglamenta el intercambio de certificados de estudios de las facultades oficiales.

46 “Por medio del cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional y se determinan sus

funciones”

Respecto de su organización, esta se establece por niveles. Se relaciona a continuación esta conformación con el fin de observar la ubicación y configuración de las divisiones y secciones:

1° Dirección, ejecución y control, conformada por A- Despacho del Ministro, B- Secretaría General, C- Dirección (Oficina de Inspección), D- Rama Técnica, E- Rama Administrativa.

En particular, la Rama Técnica comprende Divisiones y Secciones. Es de interés observar la conformación para la educación del país, integrada en las divisiones de: educación elemental y alfabetización, de educación media, y educación superior y normalista. La División de Educación Media conformada por las secciones de: Educación Secundaria, Educación Industrial, Educación Comercial, Educación Agropecuaria, Educación Vocacional Femenina.

1 División de Educación Elemental y Alfabetización.

1 Sección de educación pre-escolar

2 Sección de educación primaria

3 Sección de Alfabetización y Educación Fundamental

1 División de Educación Media

1 Sección de Educación Secundaria

2 Sección de Educación Industrial

3 Sección de Educación Comercial

4 Sección de Educación Agropecuaria

5 Sección de Educación Vocacional Femenina

1 División de Educación Superior y Normalista

1 Sección de Educación Superior

2 Sección de Formación, Capacitación y Perfeccionamiento de Maestros

1 División de Educación Cultural

1 Sección de Cultura Popular y Espectáculos

2 Sección de bellas artes y museos

3 Sección de publicaciones

4 Sección de educación física

1 División de Servicios Técnicos

1 Sección de Equipos y Materiales Escolares

2 Sección de Orientación Profesional

3 Sección de Servicios Bibliotecarios

1 División de Fomento Escolar

1 Sección de Investigación

2 Sección de Arquitectura Escolar

2° Entidades asesoras y coordinadoras, conformada por, A- Consejo Nacional de Educación, B- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas, C- Consejo de Educación Física, D- Oficina de Planeamiento Coordinación y Evaluación, E- Oficina Jurídica, F- Junta de Licitaciones, G- Junta Nacional de Clasificación, H- Comisión de Personal, I.- Comité de Inversiones, J- Comités de Coordinación, K- Comité de Biblioteca, H- Comité de Archivo.

Parágrafo 2° La colaboración de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, las Ciencias y la Cultura de la Organización de Estados Americanos, del Servicio Cooperativo de Educación Colombo-Americano, y la de cualquier otra entidad internacional del ramo, se regirá por los contratos o convenios celebrados o por celebrarse entre dichas entidades y el Gobierno Nacional, sin perjuicio de lo dispuesto, en el Art. 1 de este Decreto.

Parágrafo 3° La Comisión Colombiana de la Unesco, creada por Decreto 2349-bis de 1956, contará con una Secretaría permanente dentro del Despacho del Ministro, con la función de coordinar las relaciones entre la Unesco y la Comisión Nacional.

- El Art. 3 establece, las dependencias del Ministerio, que a continuación se enumeran, se reorganizarán por decreto separado: Museo Nacional, Museo del Arte Colonial, Museo Jorge Eliécer Gaitán, Biblioteca Nacional, Archivo Nacional, Orquesta Sinfónica Nacional, Banda Nacional, Teatro Colón, Escuela Nacional de Arte Dramático, Instituto Colombiano de Antropología, Universidad Pedagógica Femenina.

A partir del Capítulo II se amplía lo concerniente a la conformación de las direcciones, especifica las funciones para cada una de las partes que las integran. Los capítulos XV, XVI y XVII, se refieren al Consejo Nacional de Educación, Consejo Nacional de Investigaciones, Consejo de Educación Física, respectivamente.

Como se observa, a partir de la norma se va dejando el espacio para dar cumplimiento a lo diagnosticado por las misiones internacionales.

Educación en Colombia siglo XX. Entre cooperación y configuración

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