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Enunciación

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Al hablar unas personas con otras, se produce no solo una determinada transmisión de información, sino que se establecen diversas formas de relación, se generan efectos comportamentales o se consiguen objetivos más o menos predefinidos. Hablar constituye así una de las expresiones más inmediatas de la constante transformación del sujeto: cuando uno habla, uno deviene otras cosas (lo uno deviene múltiple). No obstante, todo hablar también implica, presupone, vincula y, de hecho, realiza y actualiza algún proceso de enunciación y, desde la perspectiva de Gilles Deleuze y Félix Guattari, los actos de enunciación y el enunciado mismo, como unidad lingüística fundamental, estarán asociados a la noción de consigna. El lenguaje habrá de relacionarse de uno u otro modo con el ámbito de la obediencia. “Una regla de gramática”, señalan, “es un marcador de poder antes de ser un marcador sintáctico”. Tal situación abarca el ejercicio comunicativo mismo: “La información tan solo es el mínimo estrictamente necesario para la emisión, transmisión y observación de órdenes en tanto que mandatos”.1 El lenguaje, pues, le da órdenes a la vida. Las consignas implican en su movimiento y realización cotidiana algo así como un veredicto, una especie de sentencia de muerte. En este sentido será preciso entender que dialogar –como lenguaje verbalizado– es un ejercicio que no remite a códigos neutrales ni se reduce a la mera comunicación de informaciones. En la emergencia del diálogo existe una dimensión pragmática y política ineludible que resulta, por lo menos, tan importante como el ámbito semántico o sintáctico y, así, los sentidos específicos producidos en el diálogo se definen también por los actos que la enunciación presupone en cada instante. Pero la enunciación –recordémoslo– sobrelleva la consigna.

Nosotros llamamos consignas no a una categoría particular de enunciados explícitos (por ejemplo, al imperativo), sino a la relación de cualquier palabra o enunciado con presupuestos implícitos, es decir, con actos de palabra que se realizan en el enunciado, y que solo pueden realizarse en él. Las consignas no remiten, pues, únicamente a mandatos, sino a todos los actos que están ligados a enunciados por una “obligación social”. Y no hay enunciado que, directa o indirectamente, no presente este vínculo. Una pregunta, una promesa, son consignas. El lenguaje solo puede definirse por el conjunto de consignas, presupuestos implícitos o actos de palabra, que están en curso en una lengua en un momento determinado.2

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