Читать книгу Digitalización de la actividad societaria de Cooperativas y Sociedades Laborales - Rosalía Alfonso Sánchez - Страница 24
B) Diferencias entre redes privadas y públicas
ОглавлениеEn las redes privadas o permisionadas no todos los nodos son iguales. Su número es limitado y pueden tener asignado un peso distinto a la hora de aprobar una transacción. En estas, una autoridad central retiene las claves privadas necesarias para acceder al “libro de contabilidad” en que consiste la Blockchain. Es decir, los registros siguen distribuyéndose en las cadenas de bloques, pero el control se mantiene centralizado44.
Las cadenas de bloques permisionadas ofrecen ventajas sobre las públicas:
Son más eficientes energéticamente, ya que no requieren del sellado de nodos que demandan gran cantidad de energía para su funcionamiento.
No precisan “mineros”. Y no los requieren porque las partes del acuerdo de creación de la red se comprometen al mantenimiento de la misma.
Tampoco tienen los problemas de escalamiento y de latencia que tienen las redes públicas porque algunas transacciones tienen lugar solamente en la institución central, no en cada nodo. De esa manera, las Blockchain permisionadas podrían ser algo más que una versión más barata de las bases de datos y las transacciones actuales45. El mantenimiento económico de la red depende generalmente de la empresa que sostiene el proyecto ya que en las Blockchain privadas no se realizan, como se indicó, acciones de minería.
Por otra parte, el acceso al libro de transacciones o cualquier otro medio de información generado por la Blockchain es privado, por lo que son distintos los problemas que se plantean en materia de protección de datos respecto de las redes públicas. En realidad, “son precisamente las capacidades para generar redes privadas las que permitirían un cumplimiento de los derechos de acceso y rectificación de los datos personales o, al menos, facilitarían el cumplimiento del nivel normativo impuesto por el modelo europeo y mexicano de protección de datos personales, sin que existieran imposibilidades técnicas para tal fin”46.
Por lo que respecta a las desventajas, la no necesidad de mineros, que es desde otro punto de vista una ventaja, introduce desventajas y genera importantes dudas. Así, v.gr., si la participación en la Blockchain es o no una obligación contractual o quién asume la responsabilidad por su mal funcionamiento. La respuesta a estos y otros interrogantes no la proporciona la tecnología, sino que ha de ser objeto de acuerdo contractual, cuyas complicaciones y costes son los problemas que, precisamente, deja atrás la tecnología de las Blockchain públicas47.
Otra desventaja consiste en que, además de los costes añadidos que la creación y mantenimiento de una red privada puede comportar, dependerá del número de sujetos participantes el que se mantenga o no la confianza que proviene de la descentralización. Porque una Blockchain privada es un registro controlado por unos pocos sujetos, de modo que se pone en entredicho la fiabilidad y credibilidad de su registro, que es lo que caracteriza a la Blockchain públicas. En estas los nodos no son agentes anónimos, desconocidos entre sí independientes y no concernidos o interesados por las actividades de los demás nodos, como en la Blockchain pública. Aunque la tecnología criptográfica ayuda a la confiabilidad de la red privada, “por sí sola no es garantía suficiente, porque ya sabemos que cualquier información ‘incómoda’ se puede expulsar de la cadena de bloques generando premeditadamente un fork que arranque del bloque anterior al que contiene esa información, lo que es posible si se controla la mayoría del poder de computación presente en la plataforma”48. Un “ataque de Generales bizantinos”.
Como, no sin cierta exageración, se ha afirmado “el propio concepto de blockchain privada casi podría considerarse un oxímoron, una contradictio in terminis“49.