Читать книгу Cuestiones actuales de la integración europea - Óscar Abalde - Страница 9
2.1. “AYUDA” QUE SUPONGA LA CONCESIÓN DE UNA “VENTAJA”
ОглавлениеEn base a la jurisprudencia y la práctica de la Comisión se puede afirmar que se ha de considerar que constituye una “ayuda” toda medida que suponga una “ventaja”, entendiendo como “ventaja” todo beneficio económico que una empresa no podría haber obtenido en condiciones normales de mercado, es decir, sin la intervención estatal6 y ello con independencia tanto de la forma como de la finalidad de la medida. De tal forma que no solo es relevante la concesión de ventajas económicas positivas, sino que también la liberación de cargas económicas puede constituir una ventaja. Es decir, no solo subvenciones sino también, por ejemplo, exenciones tributarias.