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INTRODUCCIÓN

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En décadas recientes, la verdad ha sido vista no solo como un derecho1 sino como una necesidad de las víctimas y de las sociedades, especialmente enunciados en momentos de transición.

La satisfacción de los derechos de las víctimas se toma como un objetivo esencial de los sistemas de responsabilidad jurídica, como materia fundamental para las políticas de memoria y reparación, y como justificación para adoptar las más variadas medidas de orden y seguridad. Este objetivo se exacerba en momentos transicionales, en los cuales los discursos de centralidad de las víctimas se han tornado en un lema habitual, claramente explícito en el más reciente acuerdo de paz entre la guerrilla de las Farc y el gobierno colombiano.

La terminación de la confrontación armada significará, en primer lugar, el fin del enorme sufrimiento que ha causado el conflicto. Son millones los colombianos y colombianas víctimas de desplazamiento forzado, cientos de miles los muertos, decenas de miles los desaparecidos de toda índole, sin olvidar el amplio número de poblaciones que han sido afectadas de una u otra manera a lo largo y ancho del territorio, incluyendo mujeres, niños, niñas y adolescentes, comunidades campesi-nas, indígenas, afrocolombianas, negras, palenqueras, raizales y rom, partidos políticos, movimientos sociales y sindicales, gremios económicos, entre otros. No queremos que haya una víctima más en Colombia.

El punto 5 contiene el acuerdo “Víctimas”. Desde el Encuentro Exploratorio de 2012, acordamos que el resarcimiento de las víctimas debería estar en el centro de cualquier acuerdo.

Centralidad de las víctimas: Los esfuerzos de la Comisión [de la Verdad] estarán centrados en garantizar la participación de las víctimas del conflicto, asegurar su dignificación y contribuir a la satisfacción de su derecho a la verdad en particular, y en general de sus derechos a la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, siempre teniendo en cuenta el pluralismo y la equidad. Todo lo anterior debe contribuir además a la transformación de sus condiciones de vida [Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera].

Progresivamente, con un propósito u otro, el discurso de la víctima como centro ha servido a diferentes procesos de paz para delimitar las expectativas sociales de satisfacción en torno a la verdad y la lectura misma que se instala como el relato preponderante sobre lo ocurrido en los conflictos.

Los discursos sobre la verdad relacionados con los derechos de las víctimas contienen un fuerte contenido político. A menudo brindan un panorama abstracto de valores que la sociedad o ciertos grupos sociales pretenden hacer valer con su utilización: por medio del reconocimiento de las víctimas de un sector social, muchas veces, se busca reivindicar un tipo de subjetividad negada o de afectaciones desconocidas (población LGBTI por violencias sexuales, por ejemplo), poblaciones particularmente afectadas (las mujeres por violencia intrafamiliar, por ejemplo) o, además de las anteriores, rentables argumentos para los intereses políticos (niños frente a cualquier tipo de afrenta, por ejemplo).

Este lenguaje contiene un potencial concreto útil para sustentar la existencia de una diversidad de instituciones cuyo objetivo es brindar un grado de verdad a una sociedad, especialmente cuando ha sido afectada por crisis sociales y desastres naturales que hacen de ella una de sus principales sacrificadas. En últimas, como lo declaró Julian Assange sobre la guerra en Irak, “[l]os ataques contra la verdad comienzan antes de una guerra, continúan durante el conflicto armado y persisten […] hasta mucho después” (Cadena Ser, 23 de octubre del 2010).

La verdad como objetivo social y como derecho tiene sobre sus espaldas la expectativa de ofrecer una satisfacción para las víctimas y la sociedad en general. Como lo establece el Conjunto de principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, “[e]l ejercicio pleno y efectivo del derecho a la verdad proporciona una salvaguardia fundamental contra la repetición de tales violaciones”. Aceptando el valor democrático de la verdad y su relevancia para construir sociedad, este artículo se propone profundizar sobre la verdad construida en momentos de transición preguntándonos sobre el papel concreto de las verdades insatisfactorias.

En contextos transicionales, caracterizados por acuerdos políticos que articulan diferentes ansiedades sociales y complejos juegos de poder, ¿qué papel puede desempeñar la verdad cuando no satisface para lograr encontrar el orden, la estabilidad y la armonía deseados? ¿Qué sucede cuando la verdad resulta insatisfactoria para las víctimas (abstractas o concretas) de un conflicto social prolongado y atroz? Este artículo busca trazar un análisis crítico preguntándose por el papel de aquellas verdades insatisfactorias en un contexto transicional. ¿Deben estas ser relegadas de los discursos sociales? O, quizás, ¿aceptadas y avanzadas, profundizadas en su incomodidad con un fin de utilidad preciso? En últimas, ¿qué puede ser entendido como una verdad insatisfactoria?

Estas verdades, argumentaremos, pueden ser relegadas de los discursos de transición puesto que impiden generar el sosiego que las sociedades procuran a través de los esfuerzos por apaciguar las relaciones sociales, a la par que generan gran incertidumbre en el juego político transicional que, ya plagado de apuestas sociales arriesgadas, busca controlar la zozobra de trasegar por versiones de la vida social que puedan posponer el apaciguamiento social.

No obstante, en nuestra perspectiva, pese a que al pensar en una dimensión insatisfactoria de la verdad se podría derivar en una sensación de censura, lo cierto es que, argumentaremos en este escrito, la conciencia social sobre las verdades insatisfactorias es vital para brindar un esclarecimiento frente a las sociedades y, en concreto, para las víctimas que se alejen de versiones idílicas de lo acaecido en momentos de graves conflictos sociales.

Partimos entonces de la idea de que existen verdades insatisfactorias, las cuales, lejos de aquietar y sosegar las preguntas causadas por la atrocidad o incluso las emociones “negativas” en torno a lo ocurrido, son capaces de generar nuevas dudas, dificultades en la comprensión y, en últimas, crear nuevas situaciones conflictivas. Nos apoyamos en una premisa fundamental:

El derecho a la verdad no debe ser sometido a limitaciones, sino que debe ser tratado como un derecho inderogable. Mecanismos como las amnistías o restricciones al derecho de buscar información no deben ser empleados para limitar, denegar o impedir el derecho a la verdad. La verdad es fundamental para la dignidad inherente de la justicia transicional (Prenga, 2015, p. 157).

Para desarrollar este escrito, en un primer acápite estudiaremos la relación dada desde la literatura, especialmente jurídica, entre satisfacción y verdad. En la siguiente parte elaboraremos un estudio sobre la capacidad (in)satisfactoria de la verdad a partir de una serie de relatos centrados en las experiencias de víctimas de violaciones de derechos humanos o infracciones al derecho internacional humanitario (DIH) con ocasión del conflicto armado colombiano centrándonos en la observación de las comisiones de la verdad. En un tercer momento, brindaremos una conclusión que nos permita entender el tema de las verdades insatisfactorias como un aspecto para tener en cuenta al momento de reflexionar sobre el derecho la verdad y de generar políticas públicas en torno de este.

La búsqueda de la verdad

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