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Huelga MADEMSA/MADECO

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Desde la izquierda y la Democracia Cristiana se denunciaba la violencia de Carabineros contra los obreros en huelga, como había ocurrido en MADEMSA y MADECO143. Por otro lado, El Mercurio informó que el prefecto jefe de Carabineros, general Carlos Carvajal, había presentado ante el juez militar de Santiago una denuncia por agresiones y lesiones a funcionarios de Carabineros y por los daños a vehículos policiales por parte de los obreros en huelga de las industrias MADECO y MADEMSA. Se nombró al fiscal Francisco Saavedra de la segunda fiscalía militar de Santiago para investigar el caso. Se estimaba que 30 funcionarios habían sufrido lesiones, 20 civiles estaban detenidos y habían sido puestos a disposición de los tribunales y varios trabajadores estaban en libertad bajo fianza.

Se informó además que la dirección general de Carabineros se querelló contra los diarios El Siglo, El Clarín y Última Hora por las acusaciones que hicieron en contra de Carabineros en relación con la muerte del obrero Osvaldo González Olivari. La autopsia y otras pericias demostraron que esta acusación no tenía sustento. Por ende, la segunda fiscalía militar impartió una orden de detención contra el director del diario El Siglo144. Como en muchos casos de violencia sindical y callejera, tenía jurisdicción el fuero militar por la participación de Carabineros.

Después de la violencia ocurrida entre los obreros de MADEMSA/MADECO, los obreros reemplazantes contratados por las empresas y Carabineros, el Presidente Alessandri reunió a miembros de su gobierno y al ministro del Interior subrogante para solicitarles que se buscara una solución al conflicto. Luego de la reunión, el ministro Enrique Ortúzar citó a su despacho al ministro del Trabajo, al senador Salvador Allende, al prefecto de Carabineros de Santiago, al Presidente de la CUT Clotario Blest, así como a los dueños de las industrias MADECO y MADEMSA. El ministro de Justicia Enrique Ortúzar solicitó a Clotario Blest que intercediera ante los obreros en huelga para que pararan los incidentes145. Blest aclaró que mientras estuvieran laborando los nuevos obreros (rompehuelgas), la CUT nada podía hacer e incluso seguirían apoyando a los huelguistas. El 6 de julio, 500 policías se enfrentaron con los huelguistas que impedían la salida de los rompehuelgas. Finalmente, se llegó a una «tregua» propuesta por el subsecretario del Interior Jaime Silva, cerrando la empresa por 48 horas, lo que fue acordado entre los dueños y dirigentes sindicales146.

El ministro Ortúzar señaló que confiaba que en este plazo de 48 horas se llegara a un acuerdo que pondría fin al conflicto. En la segunda semana de julio, el ministro del Trabajo Eduardo Gomien Díaz informó a la Cámara de Diputados que «constituido el tribunal arbitral, según acuerdo entre las partes, para solucionar MADEMSA y MADECO, hoy no existen huelgas en el país, ya que la fábrica de candados Odis y la fábrica de hilados Said, de Quillota, han firmado ya sus actas de avenimiento y se encuentran trabajando normalmente»147.

La decisión del Tribunal Arbitral permitió el desenlace del conflicto, después de más de 70 días, lo que significó una victoria relativa para los huelguistas. Según la versión de Óscar Astudillo: «Los obreros de MADECO y MADEMSA resistieron un verdadero sitio militar y combatieron a los rompehuelgas con firmeza. Defendieron sus locales sindicales y a sus piquetes de vigilancia con extraordinaria valentía»148. No obstante, los procesos judiciales en el fuero militar continuaron después de solucionada la huelga, como consta en el oficio enviado el 14 de julio al Senado por el ministro del Interior:

(…) después de haberse recibido en este Departamento de Estado los informes pertinentes de la Dirección General de Carabineros, que en relación con los deplorables incidentes producidos a raíz de la huelga declarada por el referido personal, a contar del 5 de mayo pasado, con el carácter de ilegal e indefinida, se encuentran incoados los siguientes procesos:

a) 2º Juzgado Militar de Santiago, causa N° 24.760, por agresión a Carabineros de servicio; b) Juzgado de San Miguel, causa N° 12.875, por coartar la libertad de trabajo, desórdenes y lesiones. De acuerdo con el principio sobre independencia del Poder Judicial, consagrado en los artículos 80 de la Constitución Política del Estado, 10 y 12 del Código Orgánico de Tribunales y 19 del Código de Justicia Militar, el conocimiento y juzgamiento de tales asuntos ha quedado, pues, entregado a los tribunales respectivos, a los cuales incumbe en forma exclusiva resolver sobre el particular. Por tal razón, el gobierno debe esperar el pronunciamiento de la justicia, que es la llamada a determinar las responsabilidades que puedan afectar y sanciones a que puedan ser acreedores quienes han intervenido al margen de la ley en los hechos señalados.

En lo que concierne a una denuncia formulada por presunto allanamiento indebido por parte de funcionarios policiales en el local del Sindicato MADECO y MADEMSA, debo poner en conocimiento de ese Honorable Senado que por Orden N°27 de la Prefectura General de Santiago se dispuso que la Fiscalía Administrativa de Carabineros instruyera el respectivo sumario administrativo, el cual se está tramitando en la actualidad, rol N° 88-60, y de cuyos resultados dará cuenta oportunamente esta Secretaría de Estado149.

Entre tanto, en la Cámara de Diputados funcionaba una Comisión Especial que investigaba los hechos ocurridos con motivo de la huelga de los obreros de MADEMSA y MADECO. El senador Aniceto Rodríguez (PS) ligó el caso con la campaña represiva del gobierno contra la oposición y la ola de huelgas en el país: «Así presenciamos, por ejemplo, los conflictos del carbón, de la fábrica de explosivos y salitre, en el Norte; del cobre, en Potrerillos; de ENDESA y de los servicios de utilidad pública, como Teléfonos, Gas y Electricidad; del Magisterio Nacional –hasta ahora sin solución–, y los recientes de MADECO y MADEMSA, resueltos de manera sangrienta por este Gobierno insensible y por el personal de Carabineros, mal dirigido por un jefe entrometido en política, quien pretende ser irónico, sin conseguirlo»150. Continuó diciendo: «A este general, que debiera dedicarse a orientar mejor sus fuerzas policiales, autoras de los luctuosos y graves incidentes producidos con motivo del conflicto de MADEMSA y de MADECO, ¿se le ha llamado siquiera la atención? ¿Por qué en esa oportunidad no se designó un ministro en visita? ¿O acaso la sangre de esos niños, mujeres y obreros no vale nada para el gobierno y el Poder Judicial chilenos?»151.

En la sesión del 10 de agosto intervino el senador socialista Raúl Ampuero: «Cuando, desde estas mismas bancas, se solicitó la designación de un ministro en visita para conocer los hechos producidos con motivo de las huelgas de MADECO y de MADEMSA, no tuvimos una reacción adecuada del Poder Judicial, no obstante haberse implantado, durante quince días, un régimen de terror policial, emanado de la autoridad pública, y de haberse herido a obreros, mujeres y niños, con el solo propósito de someter a ese personal, que ejercía legítimos derechos consagrados en el Código del Trabajo –aunque lo contrario sea dicho por las esferas oficiales (…)»152. Así no sólo criticaba al gobierno sino también la falta de eficacia e imparcialidad del Poder Judicial y los intereses particulares de parlamentarios del gobierno en las grandes empresas del país153.

Los procesos judiciales a los que dio origen este caso fueron informados escuetamente en la prensa, no quedando claro si fueron absorbidos por los desistimientos del gobierno en su oportunidad o, como ocurría con frecuencia en muchos casos de violencia en manifestaciones y protestas, si era posible establecer algunos de los delitos cometidos, pero no a sus autores, sobreseyéndose los casos muy al inicio de los procesos por este motivo. Sin embargo, no se encontraron expedientes sobre este caso en los archivos de los juzgados militares ni tampoco en el archivo judicial. La destrucción de parte de los archivos del ministerio del Interior en el incendio de La Moneda el 11 de septiembre de 1973 hizo imposible conocer otros aspectos que pudieran confirmar si el gobierno desistió de procesar a los imputados y cuál fue el desenlace de las acciones judiciales iniciadas con ocasión de este conflicto154.

Desde 1959, las tensiones y la acritud de la crítica opositora iban en aumento, sumándose la agitación por las elecciones municipales de 1960 en la comuna de San Miguel, los conflictos laborales, la violencia policial y las denuncias de la izquierda contra el Poder Judicial. Ilustrativamente, el senador Julián Echavarri (PDC) denunciaba «las inconsecuencias de una campaña tendenciosa y de procesos judiciales íntimamente ligados entre sí, que pretenden en vano negar la verdad que tiene el movimiento popular para criticar su política económica y financiera (…). No nos intimidan los arrestos del gobierno y los insultos infames de su prensa; no nos amedrentan sus procesos ni sus querellas, y seguiremos defendiendo, al amparo de nuestra gran verdad histórica, los legítimos intereses de la Patria y de sus mayorías nacionales»155. En agosto, el ministro del Interior informó a la Cámara de Diputados:

En relación con el oficio N° 5.441 de esa Honorable Cámara de Diputados, en que se solicitaba de esta Secretaría de Estado el desistimiento de las querellas incoadas con ocasión de las huelgas ilegales habidas en los servicios de utilidad pública, a que se refiere dicho oficio, cúmpleme manifestar a V. S. que este Ministerio impartió, oportunamente, instrucciones para desistirse de tales querellas, habiéndose dictado autos de sobreseimientos de los inculpados por los tribunales respectivos.

Guarde a V. S.- (Fdo.):

Sótero del Río Gundián.156

El caso de Mademsa/Madeco ilustra cómo la combinación de querellas por la ley de seguridad interior del Estado, el decreto ley 425 de 1925 y varias causales del Código Penal, además de los impedimentos procedimentales en relación con las huelgas legales en el Código del Trabajo, involucraron directamente a los tribunales en muchos conflictos laborales157. Las detenciones e inicios de procesos judiciales, seguidos por desistimientos como parte de las resoluciones a los conflictos, se habían convertido en una «costumbre» política158. Detener a los opositores políticos, huelguistas, periodistas, estudiantes que participaban en protestas callejeras y a otros supuestos delincuentes, conducirlos a lugares de detención y a las cárceles, para luego procesar judicialmente a algunos, era un instrumento usual para el gobierno. El Poder Judicial en lo criminal, fuera la justicia ordinaria o justicia militar, como en el caso MADEMSA/MADECO, servía como dique de contención, aunque sólo parcial, frente a las demandas sociales y las aspiraciones revolucionarias.

Poder Judicial y conflictos políticos. Tomo II. (Chile: 1958-1973)

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