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EL CONDADO

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El baile general don Gaspar Mercader y Mercader murió el 7 de febrero de 1603 y aquel mismo día se hicieron públicas sus últimas voluntades.106 Repartió legítimas, dispuso misas, mandas pías y escogió la iglesia del convento de San Onofre de la Orden de Predicadores para albergar sus restos mortales. Pero, de entre todas las cláusulas testamentarias, destacamos dos por sus consecuencias. En primer lugar, la que recoge la expresa voluntad del testador de constituir «vincle perpetuo i mayorazgo» con todas las propiedades ya vinculadas por mosén Berenguer Mercader en 1467; en ella, como si de nueva creación se tratara, hizo los llamamientos correspondientes siguiendo el orden de primogenitura y masculinidad, incluyendo en su debido orden la descendencia habida con su segunda mujer. Su heredero don Gaspar Mercader y Carròs no dudó en mostrar su disconformidad por entender que el estado estaba ya vinculado a perpetuidad. En función de ello y con el fin de dejar constancia, promovió los trámites oportunos para obtener de la Real Audiencia una sentencia por la que se le declarase ser sucesor del vínculo instituido por mosén Berenguer Mercader en 1467, y no por el que su padre pretendía fundar de nuevo con los mismos bienes, a los que él accedía por derecho propio y no por disposición testamentaria de su progenitor.107 Estas dos vías de acceso serán utilizadas en un futuro por distintos pretendientes al vínculo de Buñol.

La otra disposición del baile general que contrarió a su heredero, y que fue como abrir la caja de Pandora, fue la potestad que don Gaspar otorgó a su viuda para poder reclamar como propios, y sin objeción alguna por parte de los hijos, todos aquellos bienes –alabastros, joyas o plata– que doña Laura apuntase ser de su propiedad, pero que, por otro lado, el testador no dejaba especificados. Ante tanta contrariedad, doña Laura Cervelló acabó quedándose sola en la tutela de sus hijos, ya que don Gaspar Mercader optó por renunciar a la tutoría y curaduría de sus hermanos, y tras él también lo hicieron el resto de los curadores nombrados por el testador; don Gaspar se dejaba así las manos libres para poder actuar sin ataduras. La confección del inventario post mortem se plagó de protestas y sinsabores, y las desavenencias entre heredero y viuda acabaron enquistándose. Durante diez años mantuvieron en los juzgados una verdadera guerra de desgaste, en un principio por la restitución de la dote, y posteriormente por la pensión alimenticia de los hermanos;108 pleito que se sumó al heredado de su padre con el capítulo de la Catedral de Valencia, por los bienes libres de su tío don Baltasar Mercader.

Del matrimonio de don Gaspar con doña Hipólita Centelles había nacido un solo hijo, don Laudomio Mercader.109 Tal limitación comprometía la sucesión en esta rama del linaje, por lo que para subsanarla se optó por concertar el matrimonio temprano del único hijo y heredero, y qué duda cabe de que, entre otros motivos, para dar opción a la procreación. Don Gaspar vio en doña Jerónima Calatayud una buena candidata para su hijo, de 16 años. Además de una dote de 30.000 escudos,110 doña Jerónima aportaba el prestigio de enlazar con la hija de un noble titulado como él, don Pedro Sánchez de Calatayud, conde del Real y virrey de Cerdeña. Un enlace muy en la línea de la estrategia matrimonial seguida por la Casa Mercader, de cimentar al linaje en la esfera social, más que primar la parte económica de ampliación del patrimonio, fuera o no este vinculado. Las negociaciones para conseguir la aceptación del enlace las confió don Gaspar a su cuñado don Gilaberto Centelles, marqués de Quirra, viudo en aquel momento de su primera mujer, doña Alamanda Carròs de Centelles. Pero el marqués negoció en su beneficio y acabó concertando para sí el matrimonio con doña Jerónima. El desleal comportamiento del marqués de Quirra desató la furia de don Gaspar, quien intentó desafiarlo agrediendo a un criado de don Cristóbal recién llegado de Cerdeña.111 Las diligencias para investigar los hechos se llevaron a cabo, según órdenes del monarca, como delito ordinario «sin mostrar sospecha de que fue por orden de nadie», aunque desde altas instancias el asunto se trató como una cuestión de orden público, prueba de la necesidad de la Monarquía de poner coto a la violencia nobiliaria con el fin de avanzar en su camino hacia la consolidación de su real autoridad. Este tipo de actuaciones no constituyeron un hecho aislado en la vida de don Gaspar, como tampoco en la de su hijo don Laudomio, y desde el Consejo se advirtió al monarca de que el conde «tiene de ordinario bravos en su casa».112

Malograda su primera opción, don Gaspar concertó el enlace de don Laudomio con doña Ana Rabassa de Perellós, hija de don Giner Rabassa de Perellós, señor de Benetúser y Dos Aguas –del cual recordamos que fue curador testamentario de doña Hipólita Centelles, y quien en nombre de la familia Centelles aportó 8.000 libras en censales como parte de la dote de doña Hipólita–. Por referencias de las capitulaciones matrimoniales firmadas el 5 de agosto de 1609113 conocemos que doña Ana Rabassa de Perellós aportaba al matrimonio una dote de 18.500 libras, cantidad que ponía en valor el prestigio adquirido por la casa Mercader y la capacidad económica de don Giner Rabassa. Del total, 3.500 libras serían aportación de los hermanos de doña Ana, don Giner y doña Brunisen Rabassa, con contribuciones de 2.000 libras y 1.500 libras respectivamente, mientras que las 15.000 libras restantes las aportaría el padre, de las cuales 10.000 libras se recibirían al contado, 3.000 libras más tras la muerte de don Giner –cantidad que don Laudomio hubo de pleitear para conseguir–,114 y quedarían 2.000 libras a cuenta de un crédito que don Giner tenía con la casa Mercader, del cual se harían las oportunas cuentas ya que igual podía sobrar que faltar. Este préstamo, por sí solo, pudo favorecer pero no creemos que determinar la concertación del enlace Mercader-Rabassa, ya que si bien es cierto que los Mercader tenían traspasados censales de los Rabassa con ocasión del matrimonio de la madre de don Laudomio, eran los Centelles los deudores de estos.

La minoría de edad de don Laudomio se subsanó con la concesión de un suplemento de edad que le capacitaba para administrar y regir su casa sin necesidad de curador.115 Fruto del matrimonio nacieron siete hijos –Gaspar, Clotaldo, Laudomio, Félix, Isidro, Hipólita y Ángela–, con los que se esperaba garantizar el relevo generacional, aunque de ellos solo tres llegaron a edad adulta, y ninguno sobrevivió al padre. Con respecto a si el nuevo núcleo familiar compartió o no el mismo ámbito doméstico, no tenemos, por el momento, constancia documental, como tampoco si hubo o no asignación para dicho efecto, pero dado los acontecimientos que se avecinaron y la juventud de don Laudomio, cabe pensar que se instalaron en el hogar del conde.

En septiembre de 1609, el decreto de expulsión de los moriscos del Reino de Valencia dejó despoblado el condado de Buñol. Los perjuicios económicos derivados de la despoblación, junto con las deudas a los acreedores, lastraron la existencia de don Gaspar Mercader y, por extensión, la de todos los miembros de la familia dependientes de las rentas del condado. Sin otra fuente de ingresos alternativa a las rentas del señorío, don Gaspar se vio abocado a depender de las mercedes reales, las cuales no empezaron a materializarse hasta la década de los veinte y en cuentagotas. El conde no se sintió recompensado de la forma esperada, por su total implicación en el decreto de expulsión, una participación que entendió y asumió como fiel servicio a la Monarquía. En una carta dirigida a Felipe III expresaba sus sentimientos:

Todos los ombres que le an servido y le sirven es ganando dineros y aumentando sus casas y yo al revés... Para que se me cumplan las cuatro mercedes siempre e procurado hacer nuevos servicios, especialmente en las cosas presentes del Braço Militar de Valencia, que cuando supe el ruido que avía fuí luego al señor virrey y le dije que agora y siempre me digo don Gaspar Mercader, y que en oiendo nombrar el nombre del rei lo que a mi me tocava era obedecer y callar (...) lo que deseo, pido y suplico es... que me remedien a mí, a mi muger, hijo, nuera y cinco nietos, y que cumplan la palabra del rei con la refacción de la tardanza, o me digan qué cubriré nuestras personas y qué comerán nuestra bocas.116

La adversidad del conde constituyó tema habitual en los certámenes literarios de la época, donde su ausencia se hizo notar. En el celebrado en 1619 en honor a la beatificación de Fray Tomás de Villanueva, el tema del vejamen y de la sentencia recogía la desdicha de don Gaspar, versos que sin duda debieron de herir su vanidad:117

El de Buñol su agudeza / muestra en cualquier ocasión / i si vive con tristeza / es después que la expulsión / le expelió de su riqueza.

I así el conde de Buñol / le dan el vaso de plata / quando no para otra cosa / para que beva esperanzas.

Don Gaspar Mercader murió el 8 de agosto de 1631.118 Para gastos de entierro y misas por su alma destinó 300 libras, una cantidad muy reducida si se coteja con la pompa y desembolso que su padre señaló en su testamento, ya que solo en misas se ordenaban más de 2.000 libras. Por expreso deseo, don Gaspar fue enterrado en la iglesia que bajo la invocación de San Salvador se situaba en el interior del castillo de Buñol, destino final que a partir de entonces eligieron los sucesivos condes de Buñol. La elección de la ubicación de los restos mortales tenía mucho que ver con los gustos y las preferencias de aquel que se ponía a este menester, aunque también con el estatus adquirido por el individuo o la familia. El mayor coste económico de un enterramiento en el altar, espacio privilegiado por excelencia dada su cercanía a la Eucaristía, quedaba compensado con la dignidad que adquiría aquel que eternamente descansaría a sus pies, diferenciándolo a perpetuidad de aquel otro cuya opción había sido la capilla lateral. En el cuadro 2 se recoge la elección de las sepulturas de miembros de la familia Mercader que, desde mediados del siglo xv hasta la década de los ochenta del siglo xvii, hemos podido recopilar a partir de cláusulas testamentarias o referencias contenidas en ellas. Creemos que permite apreciar una clara correspondencia con la evolución del estatus social de la familia Mercader, además de lo que puede ser un cambio de gustos, de inclinaciones devocionales o, simplemente, la elección por afinidad de los miembros familiares. En este sentido, partiendo de una capilla de la iglesia perteneciente a la parroquia de la Santa Cruz, próxima al primer domicilio de los Mercader a su llegada a la ciudad de Valencia, se progresa al altar o altar mayor de iglesia del Monasterio de Santa Clara primero y posteriormente de la Puridad, elección motivada con la manifiesta inclinación devocional por la Inmaculada Concepción y ser este convento uno de los primeros en adoptarla, para finalmente elegir ubicación en la capilla sita en el castillo de Buñol. Esta elección de sepultura en el dominio señorial coincide con el ascenso a la nobleza titulada del linaje, al ser el primer conde de Buñol el que por primera vez opta a esta ubicación, y fue seguida por sus sucesores en el condado, a pesar de pertenecer estos a una línea colateral, tras la ruptura en la principal. A falta de mayor estudio, nos preguntamos si era este un comportamiento habitual, si coincidió con una moda coincidente en el momento, o si simplemente tuvo que ver con una opción adoptada en principio para economizar gastos, seguida por ser del gusto de los posteriores sucesores en el condado.

Tras la muerte de don Gaspar las relaciones entre don Laudomio y su madre se deterioraron hasta el punto de abandonar doña Hipólita la casa familiar y entablar un pleito con su hijo que le permitiera recibir una asignación por alimentos para su sostenimiento.119 Los problemas económicos habían dejado muy mermada la economía del condado y difícilmente se podía restituir la totalidad de la dote aportada por doña Hipólita con los bienes libres que se inventariaron.120 En vida de don Gaspar, quizá viendo venir la imposibilidad de asegurar la restitución de la dote, este hizo a su mujer un traspaso de propiedad de alhajas valoradas en 3.313 libras y 10 sueldos, y bienes muebles por 3.123 libras en concepto de restitución. A la muerte de doña Hipólita en 1649 don Laudomio, su único hijo y heredero, renunció a la herencia de su madre.121

CUADRO 2

Elección ubicación sepultura

Año Testamento Sepultura
Juan Mercader y Gómis* Capilla de San Juan Bautista y Evangelista de la Santa Cruz
Laura Miró* Capilla de San Juan Bautista y Evangelista de la Santa Cruz
1467 Berenguer Mercader y Miro Capilla de San Juan Bautista y Evangelista de la Santa Cruz
Juana de Blanes** Altar iglesia Monasterio de Santa Clara
María Violante Mercader y Mascó** Altar iglesia Monasterio de Santa Clara
1519 Juan Mercader i Blanes Altar iglesia Monasterio de Santa Clara
1538 Gaspar Mercader y Mercader Altar mayor de iglesia del Monasterio de la Concepción de la Purísima Virgen María
1573 Rafaela Mercader y Exarch Altar mayor de iglesia del Monasterio de la Concepción de la Purísima Virgen María
1578 Laudomia Carròs y Montcada Altar mayor de iglesia del Monasterio de la Concepción de la Purísima Virgen María
1579 Melcior Mercader y Mercader Altar mayor de iglesia del Monasterio de la Concepción de la Purísima Virgen María
1572 Baltasar Mercader y Mercader Altar mayor de iglesia del Monasterio de la Concepción de la Purísima Virgen María
1585 Altar iglesia San Juan del Mercado
1603 Gaspar Mercader y Mercader Iglesia del convento y Monasterio de San Onofre de la Orden de Predicadores
1631 Gaspar Mercader y Carròs Capilla castillo de Buñol
1648 Laudomio Mercader y Centelles Capilla castillo de Buñol
1681 Gastón Mercader y Carròs Capilla castillo de Buñol
1686 Gaspar Mercader y Cervelló Capilla castillo de Buñol
1700 Francisco María Cervelló y Mercader Capilla castillo de Buñol

* Referencia en testamento de mosén Berenguer Mercader y Miró.

** Referencia en testamento de don Juan Mercader y Blanes.

Entre 1640 y 1645 don Laudomio solicitó a la Monarquía la concesión del título de marqués de Siete Aguas. Entre los méritos que presentaba para su concesión estaban las dos jornadas que su padre sirvió en Argel y Cádiz (no hay constancia del año), al socorro de la Monarquía, la merma sufrida por la expulsión, los servicios que su hijo don Clotaldo prestó a la Monarquía y los dos años que a la orden del duque de Arcos, virrey y capitán general, estuvo recibiendo en Siete Aguas en las tropas de infantería. Además de solicitar una pensión de 800 ducados sobre el arzobispado de Valencia para su hijo don Gaspar, a cambio de la cual renunciaría a todas las concedidas con anterioridad. Consideró que esta pensión y título premiarían los servicios de la casa, pero no se materializaron, quizá porque no le interesó la propuesta de «si quieren título de marqués suprimido el de conde y 900 ducados de pensión».122

De los tres hijos de don Laudomio que llegaron a edad adulta, los dos menores, Clotaldo e Isidro, murieron sin descendencia, prestando sus servicios al ejército real. Don Clotaldo murió en 1640 cuando, sirviendo en Milán en un destacamento de infantería a las órdenes de don Francisco de Luna, fue hecho prisionero y herido de muerte;123 mientras que don Isidro murió en 1645 en Galta. El primogénito don Gaspar Mercader y Perellós contrajo matrimonio en 1640 con doña Beatriz de Melo y Ferreira, viuda del marqués de Benavides, don Manuel Exarch de Bellvís.124 Su contribución al matrimonio se materializó en una dote de 20.000 libras, que habría de repartir a su muerte entre los futuros hijos del matrimonio. A ellas se sumarían otras 20.000 libras que don Laudomio y su hijo don Gaspar se obligaron a poner también a disposición de los futuros hijos del matrimonio, haciendo en ambos casos el reparto que considerasen oportuno. Una disposición que parece muy alejada de la realidad económica que vivían, si consideramos que cinco años después de la firma de estas capitulaciones matrimoniales don Laudomio hubo de suscribir una nueva concordia con los acreedores de la casa Mercader, que rebajaba las condiciones firmadas por su padre en 1619, y ello con el fin de permitirle cumplir con la obligación de pago.125 Asimismo, se capituló que don Laudomio renunciaba al lugar de Yátova, con la jurisdicción y derechos correspondientes, en favor de su hijo; posesión que también recibiría doña Beatriz como compromiso de restitución. Además, se comprometía el conde a pasar una manutención de 1.500 libras anuales hasta que su hijo recibiera la plena posesión del condado por herencia. Como doña Beatriz tenía hijos de su primer matrimonio, preservó sus derechos estipulando que los futuros hijos que hubiere de este su segundo matrimonio, así como sus descendientes, no podrían alegar ningún derecho sobre la Casa del marqués de Benavides, habiendo en ella descendientes legítimos, a los cuales doña Beatriz hacía donación de la dote y arras de su primer matrimonio, del derecho de viudedad y de cualquier otro que le correspondiere.

Del matrimonio nació una sola hija, doña Ana M.ª Mercader y Melo, que contaba 11 años cuando el 11 de enero de 1653 murió su padre, don Gaspar, y que, por haber quedado también huérfana de madre dos años antes, se quedó a cargo de sus abuelos y de don Gaspar Grau de Arellano. La muerte sin sucesión masculina del primogénito y heredero del condado disparó todas las alarmas en el linaje Mercader, de tal manera que, unos y otros comenzaron a jugar sus cartas. El vínculo de Buñol relegaba a las mujeres a meras transmisoras, por lo que Ana María tenía vetado el acceso, con lo que recaían todos los derechos en el primo hermano de don Laudomio, don Gastón Mercader y Carròs, primogénito de don Baltasar Mercader y Carròs y doña Elena Carròs. Sus derechos sobre el condado parecían indiscutibles, por lo que solo le restaba dejar que transcurriesen los días de don Laudomio para heredar. Pero como los condes maniobraron para que su nieta retuviese el condado fuere como fuere, don Gastón Mercader se movilizó en su beneficio, que no era otro que defender los bienes que le correspondían por derecho de sucesión. Obtuvo de la Real Audiencia una sentencia por la cual se requería a los condes de Buñol que se abstuviesen de ejercer cualquier actuación fuera de los cauces de ese tribunal, inhabilitando cualquier otro tribunal menor; de esta manera se facilitaba el control de posibles actuaciones que pudiesen perjudicar los intereses del legítimo sucesor. Además se dio aviso a los justicias y jurados de las villas y lugares del condado de que no prestaran a nadie homenaje para la posesión de este, ni permitiesen que nadie la tomase ni judicial ni extrajudicialmente.126

Mientras tanto, aconsejados los condes por «una junta de teólogos y letrados»,127 urdieron una estrategia que posibilitara la permanencia del condado en manos de Ana María Mercader y evitar así que la posesión fuera a parar a manos de la línea colateral. Se les aconsejó –y así hicieron– esconder todo el dinero, créditos, cambios y bienes libres que pudiesen, y los bienes muebles o inmuebles que no pudiesen esconder los traspasaran a su nieta. La justificación para ello estaba en las 20.000 libras firmadas en las capitulaciones matrimoniales de don Gaspar con doña Beatriz de Melo, que había que poner a disposición de la futura descendencia del matrimonio. Para enmascarar la trama, don Laudomio no debía dejar heredera a su nieta, sino a su mujer, ya que, renunciando esta posteriormente a la herencia necesariamente, declararían a la nieta heredera ab intestato, y así lo tendría todo, pero sin parecer que era eso lo que se buscaba. Como no habría bienes libres con los que restituir la dote de la condesa, necesariamente se cobraría de los vinculados, dote que acabaría en manos de doña Ana María a la muerte de su abuela. Además, don Laudomio dispondría en su testamento, redactado el 19 de enero de 1654,128 el derecho de su nieta a cobrar la dote de su bisabuela doña Hipólita Centelles, a cuya herencia recordamos que don Laudomio renunció. Con todas estas maniobras, la herencia quedaría exhausta, y con los múltiples litigios no la harían interesante para don Gastón, por lo que se esperaba que el condado acabara pasando a la niña por ser la heredera del último poseedor.

Don Gastón Mercader y Carròs sucedió en el condado por derecho propio, a la muerte de don Laudomio el 25 de enero de 1654. No obstante, las reclamaciones no se hicieron esperar, entre ellas la interpuesta al embargo de bienes que don Gastón realizó con el fin de que estos no se desvaneciesen,129 puesto que con ellos había que afrontar las deudas del condado. Doña Ana de Perellós reclamó su dote y arras, y hasta la conclusión del pago la tenuta del condado.130

La siguiente maniobra de doña Ana Rabassa fue implicar a otro linaje en la lucha por el condado. Conseguir casar a doña Ana María con el heredero de alguna de las principales casas del Reino permitiría dar un nuevo empuje con el cual afrontar el pleito con don Gastón Mercader. De alguna manera se equipararían las fuerzas, ya que don Gastón contaba con el apoyo de los Cervelló desde su matrimonio en 1652 con la heredera del conde de Oropesa. Así, doña Ana de Perellós negoció y concretó el enlace de su nieta con don Felipe Folc de Cardona, hijo primogénito de don Francisco Folc de Cardona y Borja, marqués de Guadalest y almirante de Aragón, y doña Lucrecia de Palafox. Una dote de 40.000 libras, más la posibilidad de acceso a la posesión del condado determinaron la aceptación del enlace. El 1 de octubre de 1654, nueve meses después de la muerte de don Laudomio, se firmaron las capitulaciones matrimoniales en presencia de los marqueses de Guadalest, de su hijo, de doña Ana de Perellós y de don Gaspar Grau de Arellano, del Consejo Real y lugarteniente de maestre racional de Valencia.131 De 40.000 libras pactadas, 20.000 libras correspondían a la dote aportada por doña Beatriz de Melo; 4.000 libras a los intereses devengados hasta la fecha por la cantidad anterior; 3.000 libras más se aportaban en bienes heredados por doña Ana María de su padre, y las 13.000 libras restantes se correspondían con bienes que don Gaspar Grau de Arellano, como procurador de don Laudomio, transportó a doña Ana María. El heredero del marqués de Guadalest acrecentaría esta dote según la legislación foral, en concepto de la virginidad de la joven. La consumación del matrimonio se difería a la espera de que la niña cumpliera los 12 años de edad, y se penaba el incumplimiento de esta cláusula con 20.000 libras.

Por su parte, doña Ana de Perellós se comprometía a pagar una renta anual de 400 libras a su nieta en concepto de ayuda para alimentos, con la condición de que don Felipe y doña Ana María convivieran con ella. Para seguridad de devolución de dote y arras doña Ana María recibiría la plena posesión de la baronía de Ribarroja, la del molino de Mandor y la del mas del Pla de Quart, junto a las tierras correspondientes. A todo ello, se añadían los frutos y emolumentos de la encomienda del Peso del Rey que el marqués de Guadalest traspasaba a su hijo para el mantenimiento de la nueva unidad familiar. Doña Ana María dispondría de 20.000 libras de su dote para repartir a voluntad entre los futuros hijos el matrimonio, y si se diera el caso de que muriera antes que su marido sin haber dejado hijos varones, solo hijas, doña Lucrecia de Palafox, marquesa de Guadalest, se comprometía a repartir 20.000 libras entre ellas. El marquesado de Guadalest, las baronías de Bechí, Ribarroja, Gorga y Ondara, los Valles de Seta y Travadell, Confrides, Molino de Mandor, el Mas del Pla de Quart, y las casas de Valencia y la del huerto de la calle de Alboraya estaban vinculados en favor de don Felipe y sus descendientes, pero, para mayor corroboración y protección de que así sería, el marqués hacia donación de todos ellos a su hijo con efecto a la muerte del padre.

Durante un tiempo el condado de Buñol estuvo en el centro de los enfrentamientos entre las dos importantes casas, ambas consortes de los respectivos litigantes. Por un lado, los Cardona defendiendo los derechos alegados por doña Ana María Mercader, como sucesora del primer vinculador Berenguer Mercader, quien constituyó un vínculo regular de preferencia masculina a femenina. Por el otro, don Gerardo de Cervelló, quien como suegro de don Gastón Mercader apoyó los derechos de su yerno al condado como descendiente masculino del primer vinculador, pero también como descendiente masculino del segundo vinculador, don Gaspar Mercader y Mercader, baile general, quien en 1603 volvió a vincular en su testamento el estado de Buñol, constituyendo un vínculo de agnación rigurosa. En las tensiones habidas entre los Cardona y los Cervelló, el almirante acusó al virrey, duque de Montalto, de favorecer las pretensiones del yerno del conde de Oropesa, considerado confidente del virrey.132 También doña Ana de Perellós denunció la existencia de parientes y amigos de la parte contraria en el Consejo de Aragón, entre ellos el vicecanciller, que impedían su apelación al Consejo.133 La definitiva sentencia en el pleito por el condado de Buñol se publicó el 3 de agosto de 1656 con veredicto favorable a don Gastón Mercader, reconociéndosele la posesión de la villa y castillo de Buñol, los lugares de Macastre, Alborache, Yátova y villa de Siete Aguas, junto a la casa grande de la calle de los Caballeros de Valencia. A doña Ana María Mercader debería pagar las mejoras habidas en el vínculo valoradas en 1.850 libras, que de no hacer efectivas la habilitarían para tomar ella la posesión.134 Doña Ana María murió cinco años después sin descendencia.

El juego de alianzas volvía a juntar a los Mercader con los Cervelló, y al señorío de Buñol con el de Oropesa, ya que doña Laura María Cervelló sucedió a su padre en el vínculo y heredó el título de condesa de Cervelló.135 El ascenso en el estatus social del tercer conde de Buñol y la segunda condesa de Cervelló se puso de manifiesto con los enlaces matrimoniales de sus dos hijos: don Gaspar Mercader y Cervelló, nacido en abril de 1654,136 se casó con doña Inés de Palafox, hija de don Francisco de Palafox, tercer marqués de Ariza, y doña María Felipa de Cardona; y doña María Micaela Mercader, nacida en enero de 1663, que enlazó con el tercer marqués de Albaida, don Ximén Pérez Milà d’Aragó.137 A ellos se sumaba una tercera hija natural de don Gaspar y a quien este destinó a la religión en el convento de Santa Catalina de Sena.

La muerte le sobrevino a don Gastón en abril de 1681 cuando se encontraba en el castillo de Buñol. La imprevisión de tan próximo final hizo que no tuviera redactado testamento. Al no encontrar notario que pudiera recibir el que se disponía a redactar en su lecho de muerte, ordenó testamento nuncupativo ante el rector de la parroquia de Buñol. De él se desprende que también su mujer había ya muerto, puesto que se dirige a su hijo y sucesor como conde de Cervelló, al que deja heredero universal de todos sus bienes. A su hija, la marquesa de Albaida, legaba 200 libras para que hiciera con ellas su voluntad; y a Laura María legaba 1.000 libras para su dote y una pensión vitalicia de 30 libras. Destinaba 1.000 libras para misas por su alma distribuidas por diferentes iglesias, pero favoreciendo a las del condado. Ordenaba que se tomaran de sus bienes tantas libras como fuese necesario para acabar «la obra» que tenía comenzada y adornar la capilla del castillo, de lo que se deduce que se encontraba en Buñol supervisando mejoras en el castillo cuando le llegó el final.138

Don Gaspar Cervelló y Mercader, cuarto conde de Buñol, y tercer conde de Cervelló, tomo posesión del condado el 30 de abril de 1681.139 Por requisito del vínculo creado por don Gerardo de Cervelló, hubo de anteponer el apellido Cervelló al de Mercader.140 En 1685 recordaba al monarca la promesa de tenerlo presente en su solicitud para ocupar el empleo de mayordomo real, con el recelo de que la distancia, «y el no maior conocimiento que ay en esta corte de los vasallos de la Corona de Aragón, le retarden esta fortuna».141 La anotación al margen pone de manifiesto la inclinación favorable a la concesión, aunque muy probablemente no llegó a disfrutar como consecuencia de su temprana muerte, acaecida en 1686.

Dejó don Gaspar Cervelló y Mercader una notable obra escrita fruto de su afición a las letras,142 y dos hijos de corta edad, don Francisco María y doña Francisca María. No obstante, en su testamento143 reconoció tener una hija ilegítima, doña Gregoria Cervelló y Mercader, recluida en un convento de religiosas de Carcagente, a quien dejaba en herencia una renta vitalicia de 30 libras para sus necesidades en el convento.144 A su hermana, sor Laura María Mercader, novicia en Santa Catalina de Sena, destinó la cantidad necesaria para que profesara en el convento una renta vitalicia de 15 libras, y los alimentos necesarios conforme hasta el momento se le habían ido suministrando. Su hermana Micaela, marquesa de Albaida, recibiría una de las mejores joyas de la casa elegida por su mujer. A su hija Francisca María Cervelló legaba como dote la alquería y tierras de huerta y secano sitas en el término de Picaña, siempre y cuando el matrimonio fuese a gusto y beneplácito de su madre; de lo contrario, solo recibiría una dobla de oro. Y a su hijo y heredero, don Francisco María, una dobla de oro y el vínculo de los condados de Cervelló y Buñol. Su mujer, doña Inés María de Palafox y Folc de Cardona, se quedaba como heredera de sus bienes y le encomendaba la tutoría y curaduría de sus hijos. La diferenciación de estatus existente dentro del servicio doméstico se constata en el desigual legado que don Gaspar les hace, ya que mientras que los criados de escalera arriba –aquellos con servició inmediato a los señores– recibirían una única entrega de 10 libras a cada uno, los de escaleras abajo –lacayos, cocineros, etc.– solo recibirían la mitad. Por último, destinaba 600 libras a gastos de entierro y elegía sepultura en el castillo de Buñol.

Don Francisco María Cervelló y Mercader tomó posesión del condado de Buñol y Villa de Siete Aguas el 4 de julio de 1686.145 Pero en el año 1700 el condado volvió a estar de nuevo en el centro de las disputas por la muerte sin sucesión del quinto conde.146 Varios fueron los Mercader que alegaron derechos, entre ellos don Luis Mercader y Calatayud, barón de Cheste y Montichelvo o el canónigo de la Catedral de Valencia, don Francisco Mercader, aunque básicamente el pleito se dirimió entre doña Francisca María Cervelló y Mercader y su primo hermano don Ximén Pérez Mercader, Milà de Aragó, cuarto marqués de Albaida. Se volvían a reproducir similares circunstancias a las acaecidas a la muerte sin sucesión masculina del segundo conde de Buñol don Laudomio Mercader. La condición de mujer de doña Francisca María no la hizo resignarse a quedar fuera de la sucesión, implicó al linaje Castellví por su matrimonio en 1702 con don Juan Basilio de Castellví y Coloma, primogénito del marqués de Villatorcas,147 e incluso después de la sentencia estuvo utilizando el título de condesa de Buñol y llegó a pleitear por su uso. El 4 de abril de 1705 los jueces de la Real Audiencia de Valencia dictaron sentencia a favor del cuarto marqués de Albaida, sentencia apelada por todos los litigantes, y de obligada ejecución desde abril de 1709.148

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Tras una etapa medieval de progresivo ascenso, el linaje Mercader se presenta, en época moderna, sólidamente asentado en la cúspide de la pirámide social valenciana. Así, si en las Cortes de 1465 Berenguer Mercader y Miró y su hijo Pere Mercader y Mercader aparecían registrados en la lista de los 97 caballeros convocados, en las Cortes celebradas en Valencia en 1604 la familia Mercader aparecerá en el registro de nobles asistentes. A ello se suma el hecho de ser favorecido don Gaspar Mercader y Carròs, y con él a los sucesores en el linaje, con la concesión del título de conde de Buñol.149 Mediante los servicios prestados a la Monarquía desde la Bailía General de Valencia, la familia Mercader fue acumulando honor, poder y patrimonio. En torno al entramado familiar fueron construyendo la estructura de soporte de su promoción, primando en ello la utilidad práctica del matrimonio, como estrategia de ascenso social. La plasmación de su éxito se revela en parte mediante el incremento de las cuantías dotales, las cuales manifiestan el prestigio de la Casa. La posesión de un señorío territorial y jurisdiccional les confirió, además del prestigio que este otorgaba ante sus iguales, el principal sostenimiento económico del linaje para poder vivir de rentas y al más puro estilo nobiliario.






1 R. Molina Recio: «La historiografía española en torno a las élites y la historia de la familia. Balance y perspectivas de futuro», en Las élites en la época moderna: La Monarquía Española, vol. 2, Familia y redes sociales, Córdoba, 2009, pp. 9–38.

2 E. Cruselles y E. Díes: «Buñol en la Edad Media», en VV. AA.: Historia de Buñol, Valencia, 2007, pp. 173–217.

3 C. López Rodríguez: Nobleza y poder político. El Reino de Valencia (1416–1446), Valencia, 2005, p. 76.

4 E. Cruselles y E. Díes, op. cit., p. 203.

5 No era la primera vez que los territorios se veían enajenados del Patrimonio Real: en 1304 pasaron de manos de la Monarquía a propiedad personal del infante Alfonso, futuro conde de Urgell. En 1412 el Compromiso de Caspe truncó las pretensiones al trono de Jaume de Urgell, alzando en armas sus territorios contra el monarca. Fracasada la sublevación y doblegado Buñol a la obediencia real se ejecutó la confiscación de los bienes del conde, con lo que el señorío de Buñol retornó al Patrimonio Real. Para controlar el castillo, Fernando I designó como alcaide a Berenguer Mercader, hijo del baile general del Reino, Juan Mercader. E. Cruselles y E. Díes, op. cit., pp. 187 y ss.

6 C. López Rodríguez, op. cit., pp. 79–80.

7 Testamento redactado el 30 de junio de 1467 ante el notario Pedro Marí, y publicado el 3 de octubre de 1471. arv, Real Audiencia, Procesos de Madrid, Letra C, Exp. 149, ff. 772v–777v.

8 Sobre campo de gules, tres marcos de oro bien ordenados, bordura de oro y el lema «Nada le falta». El escudo de armas se encuentra, aún en la actualidad, sobre el portalón de entrada de la casa palacio que fue residencia de la familia en la calle de los Caballeros de Valencia.

9 C. López Rodríguez, op. cit., pp. 358 y ss.

10 Isabel Mercader era nieta de Pedro Mercader –hermano de Berenguer Mercader– y Juana Soler, e hija de Pedro Mercader e Isabel Ciscar.

11 Dos de los ocho hijos debieron morir niños o muy jóvenes: Pedro y Berenguer.

12 arv, Real Audiencia, Procesos de Madrid, letra C. Exp. 149, ff. 786v–795v; AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 172, D. 14, s. f.

13 La casa situada en la parroquia de San Nicolás, en la calle de los Caballeros, limita a la de mosén Pedro Mercader y de mosén Ferrando y a espaldas la calle de las costureras. arv, Real Audiencia, Procesos de Madrid, letra C. Exp. 149, ff. 786v–795v.

14 Documento de donación ínter vivos en: AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, CP. 469, D. 9.

15 VV. AA.: Historia de Buñol, op. cit., p. 220.

16 Hijo de Francisco Carròs de Vilaragut y Bellvís, desarrolló también el cargo de gobernador de Xàtiva, el cual, junto con el de baile general del Reino de Valencia, pasó a su hijo Luis Carròs de Vilaragut y Eslava. Disponible en: <www.enciclopèdia.cat>.

17 VV. AA.: Historia de Buñol, op. cit., p. 223.

18 Don Juan Mercader y Blanes murió en marzo de 1524. Testamento redactado el 3 de octubre de 1519 ante el notario García Ugart. arv, Manaments i Empares, año 1701, libro 3, mano 28, f. 26, ff. 10r y ss.

19 Fueron nombrados albaceas testamentarios, además de don Baltasar Mercader, su padre don Pedro Mercader, su cuñado don Miguel Juan Mercader y su hermano, el presbítero don Gaspar Mercader.

20 T. Ferrer i Valls: «El duque de Lerma y la corte virreinal de Valencia: fiestas, literatura y promoción social. El prado de Valencia de Gaspar Mercader», Quaderns de Filologia. Estudis literaris, v, Homenaje a César Simón, Valencia, Facultat de Filologia, Universitat de València, 2000, pp. 257–271.

21 VV. AA.: Historia de Buñol, op. cit., pp. 224 y 225.

22 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 172, D. 32. En nombre de los contrayentes estipularon las capitulaciones, de una parte, don Jerónimo Agustí, caballero de la Orden de Santiago y baile general del Principado de Cataluña, como sustituto de don Pedro Jordán de Urriés, señor de Risi (Sicilia), apoderado de don Gaspar Mercader, y casado con la hermana de doña Juana, doña Ana Ruiz de Calcena y de Vintimilla y Castellar; de otra, doña Greyda de Lanuza, en nombre de su marido don Hugo de Urriés, señor de la baronía de Ayerbe (Huesca), secretario real, comendador de Enguera, caballero de Santiago, tutor de doña Juana Ruiz de Calcena y Vintimilla y Castellar. Capitulaciones firmadas ante el notario de Barcelona, Luis Miguel.

23 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f. Hecho tocante a la sucesión de Buñol; arv, Manaments i Empares, año 1701, libro 3, mano 28, f. 16r.

24 Consta en las capitulaciones que la localidad de Herrerías próxima a la villa de Molina de Aragón fue comprada por la familia en nombre del emperador Carlos V por 300 ducados, recibiendo a cambio la merced de las rentas. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 172, D. 32.

25 A excepción de los 1.500 ducados en ropas y alhajas, los 12.000 ducados restantes procedían del legado que doña Catalina Cabanes y Urriés, madre de don Hugo y tía de la contrayente, había dejado a esta para su dote por testamento que había otorgado ante García de Córdoba, notario de Calatayud, el 13 de abril de 1529 en el lugar de Báguena y publicado el 1 de diciembre de 1533. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 172, D. 32.

26 ARV, Manaments i Empares, año 1701, libro 3, mano 28, f. 26, f. 16r.

27 Ibíd.

28 Don Miguel de Montpalau era hijo de doña Isabel Mercader y Blanes y don Juan de Montpalau.

29 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f. Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

30 Referencia de la firma de capitulaciones matrimoniales en agosto de 1539, ante notario Luis Avenar y Luis Miguel. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 22, s. f. Doña María de Córdoba y Mendoza era natural de Jaén.

31 Ibíd.

32 Don Baltasar se interpuso en la disputa entablada entre un alguacil con orden de retirar las Rocas de la procesión del Corpus, por lo avanzado de la hora, y don Luis Vich, quien se oponía a ello, ya que impedía al duque de Calabria y a otras personalidades allí presentes acabar de ver completa la procesión. En esta circunstancia, don Baltasar Mercader agredió al alguacil con un cuchillo por la espalda, lo que le produjo considerables heridas aunque no su muerte. VV. AA.: Historia de Buñol, op. cit., p. 224.

33 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 22, s. f.

34 Una actitud negligente denunciada por su sobrino don Gaspar Mercader, heredero del patrimonio vinculado, en el pleito que entabló con el cabildo de la Catedral de Valencia, heredero de los bienes libres. arv, Real Audiencia, Procesos de Madrid, letra C, exp. 149.

35 Regla de la Orden de Caballería de Santiago con notas sobre algunos de sus capítulos y un apéndice de varios documentos, que conducen para su inteligencia y observancia, y mayor ilustración suya, y de las antigüedades de la orden. Mandada publicar por el Real Consejo de las Órdenes, Madrid, 1791, p. 161.

36 Ibíd., p. 55.

37 Doña Rafaela era hija de don Miguel Juan Mercader y Mascó (hermano de María Violante Mercader y Mascó, mujer de don Juan Mercader y Blanes padre de don Melchor) y doña Jerónima Eixarc.

38 Documentos del Concilio de Trento, Biblioteca Electrónica Cristiana.

39 Concilio de Trento, Cap. vi: Se establecen penas contra los raptores, «Decreto de reforma sobre el matrimonio», en Documentos del Concilio de Trento, Biblioteca Electrónica Cristiana.

40 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 172, D. 37, s. f.

41 Ibíd., Capitulaciones firmadas ante los notarios Juan de Montoro y Juan Onofre Bernich y en presencia de don Baltasar Mercader, señor de la baronía de Buñol, hermano de don Melchor y de don Miguel Juan Mercader homs de Bonastre, padre de doña Rafaela.

42 Propiedad que había sido adquirida el 16 de junio de 1538 por don Miguel Mercader, padre de doña Rafaela, tal y como constaba en la notaría de Juan Onofre Bernich. Como protección de la dote, se acordaba, en caso de venta, la inalienabilidad de esa cantidad, además de recaer el derecho de fadiga en don Miguel y herederos. Ibíd., s. f.

43 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 24, s. f.

44 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f. Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

45 Doña Damiata era hija de don Guillem Ramón de Montcada, señor de Villamarchante, y doña Constanza Bou, hija de los barones de Callosa. Por línea paterna era nieta del vinculador de Aytona, don Pedro de Moncada. Su hermano, don Miguel de Montcada, barón de Villamarchante, se casó con doña Luisa Bou, señora de Callosa d’En Sarrià y Tàrbena, cuya hija, doña Catalina de Montcada, señora de Villamarchante y Callosa, enlazó con don Gastón de Montcada y Gralla, segundo marqués de Aytona, y fueron los padres del tercer marqués de Aytona, don Francisco de Moncada. El interés por la genealogía del hijo homónimo de don Gaspar Mercader se hace patente en una de las múltiples copias existentes de las capitulaciones de don Gaspar Mercader con doña Laudomia, en la cual encontramos la siguiente nota autógrafa: «Son mis abuelos y barones de Bunyol que fueron después por muerte de su tío don Baltasar, hermano de don Melchor, su padre, que fue el que fundó la gran obra pía. Donya Damiata de Moncada fue hermana entera de don Miguel, el de la batalla de Lepanto, y ambos primeros nietos de el vinculador de Aytona. Donya Laudomia no llegó a ser senyora de Bunyol». AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 173, D. 44, s. f.

46 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 173, D. 44, s. f.

47 Ibíd.

48 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 10, s. f. Testamento redactado el 8 de junio de 1578 ante el notario Jerónimo Metaller y publicado el 14 de septiembre de 1580 en la casa del mismo notario, situada en la plaza de San Nicolás, antes conocida como de Mosén Alegre.

49 arv, Reial Audiència, Procesos de Madrid, letra C, exp. 149, s. f.

50 Año de redacción del testamento de Baltasar Mercader. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 22, s. f.

51 Ibíd.

52 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 24, s. f. Notario Vicente Pastor, publicado el 6 de mayo del mismo año. Nombraba heredero a su hijo don Gaspar con la condición de que llegado el momento en que accediera a la posesión de la baronía de Buñol pasar la herencia a sus hermanos don Baltasar y don Miguel, canónigo de Segorbe; siendo estos tres los únicos que sobrevivieron al padre. Doña Rafaela murió el 17 de abril de 1586, su testamento redactado el 31 de marzo de 1573, recibido por el notario Vicente Pastor y hecho público por Francisco Jerónimo Metaller. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 21, s. f.

53 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 152, D. 22, s. f.

54 Codicilo de 15 de septiembre de 1585 reemplazando sepultura, recibido por el notario Francisco Jerónimo Metaller. arv, Real Audiencia, Procesos, parte I, letra S, 1232. Citado en VV. AA.: Historia de Buñol, op. cit., p. 225.

55 I. Atienza Hernández: «La construcción de lo real. Genealogía, casa, linaje y ciudad: una determinada relación de parentesco», en J. Casey y J. Franco Hernández (eds.): Familia, parentesco y linaje, Murcia, 1997, pp. 41–59.

56 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f. Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

57 arv, Escribanía de Cámara, año 1718, exp. 92, ff. 419r-422.

58 arv, Real Audiencia, Procesos de Madrid, letra C, expediente 149, f. 1ra 932r.

59 Cartas nupciales firmadas ante el notario Jerónimo Metaller. En nombre de don Pedro, ausente en el acto por encontrarse en Madrid atendiendo sus obligaciones como comendador de Paracuellos, se personó Miguel Juan Sisternes. Tal y como consta en las capitulaciones, todos los acuerdos debían ser aprobados y firmados por don Pedro, como así hizo el 15 de noviembre de 1583. AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 173, D. 33, s. f. También en arv, Real Audiència, Procesos de Madrid, letra G, exp. 226, ff. 463v-471r.

60 AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 173, D. 35, s. f.

61 Ceremonia que se oficializó los días 19 y 20 de noviembre de 1585. AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 164, D. 15, s. f.

62 Ibíd. Información de la muerte de don Pedro en Vinaroz.

63 arv, Procesos de Madrid, letra L, n.º 202, s. f.

64 De ellos tenemos noticias de que don Luis fue caballero de la Orden de Santiago y castellano de San Telmo en Nápoles, mientras que don Galceran fue clavero de la Orden de Montesa y maestre de campo.

65 J. Bestard Camps: «La estrechez del lugar. Reflexiones en torno a las estrategias matrimoniales cercanas», en Poder, familia y consanguinidad en la España del Antiguo Régimen, Barcelona, 1992.

66 Don Jaime Centelles murió en 1576 estando pleiteando por la herencia del condado de Oliva. Su hijo don Onofre Clotaldo Centelles continuó defendiendo los derechos a la herencia del condado.

67 AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 1578, D. 3, ff. 780r-787r. Copia presente en la documentación perteneciente a un proceso de 1687 entablado por don Giner Rabassa de Perellós con la condesa de Buñol curadora de don Francisco M.ª Mercader y Cervelló, conde de Buñol.

68 Introducción y apéndice de Henri Mérimée a la obra de Gaspar Mercader: El Prado de Valencia, Toulouse, 1907, p. xxxi, n. 2.

69 Censales que fueron aportados por don Giner Rabassa de Perellós, curador de doña Hipólita, por cuenta de los Centelles y que don Gaspar recibió según ápoca registrada por el notario Metaller el 19 de abril de 1584. El problema fue que don Giner no cobró de los Centelles dicha cantidad, ni los Centelles recuperaron la dote aportada por Hipólita a los Mercader, puesto que las consecuencias de la expulsión de los moriscos dejaron la casa en grave penuria. Dos sentencias, una de la Real Audiencia (27 de octubre de 1600) y otra del Consejo de Aragón (20 de noviembre de 1619), declaraban a don Giner estar en su derecho de ser restituido de la dicha cantidad más los intereses devengados, pero en 1687 su sucesor, también llamado don Giner Rabassa, aún no había recuperado las 8.000 libras, reclamándoselas a la entonces condesa de Buñol y curadora de don Francisco María Cervelló y Mercader, conde de Buñol y de Cervelló. AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 1578, D. 3, ff. 771r-831r.

70 Convenio de manutención que se recoge también en AHN, Sección Nobleza, Fernán Núñez, C. 159, D. 3, s. f.

71 Jorge Antonio Catalá Sanz: «El coste económico de la política matrimonial de la nobleza valenciana en la época moderna», Estudis 19, 1993, pp. 165–189.

72 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 173, D. 29, s. f. (no hay constancia del notario receptor). Las capitulaciones matrimoniales las firmó en su propio nombre don Ramón de Rocafull y Casacales, señor de Albatera, hijo de don Enrique de Rocafull y Boïl, señor de Albatera y doña Catalina Puixmarin Cascales y Soto, señora de La Raya y Ayora.

73 Árboles de costados de gran parte de las primeras casas de estos reyno, cuyos dueños vivían en el año 1683. Obra posthuma de don Luis de Salazar y Castro, Madrid, 1745, p. 218.

74 Del enlace entre don Baltasar Mercader y doña Elvira Sanoguera no disponemos, por el momento, de constancia documental.

75 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 1, D. 16, s. f.

76 AHN, Consejo de Órdenes, O M-Caballeros Santiago, exp. 5225, ff. 135r-136v.

77 Consta en la defensa presentada por don Gaspar Mercader, AHN, Consejo de Órdenes, O M-Caballeros Santiago, exp. 5225, f. 150r.

78 Ibíd., f. 41v.

79 Ibíd.

80 Ibíd., f. 59v.

81 Ibíd., ff. 164r-166r.

82 Ibíd., ff. 152v-157r.

83 Ibíd., ff. 72r y 137r.

84 Ibíd., ff. 90v-92r. Mosén Gregorio Ibáñez, archivero de la Catedral, aportó información sobre la obra del maestro Pablo Leocadio extraída del libro donde consta el asiento de la realización de la obra cuya temática debía ser Adán y Eva. En la hoja 181 del citado libro se decía: «en los espacios de los castrillos, encima de (...) sea pintado a Adán y Eva con el árbol de la vida en medio de ellos y adornando los espacios como el dicho maestro mejor le parezca». Obra por la que se pagó 100 libras moneda real de Valencia en 1512.

85 Ibíd.

86 M. J. Álvarez-Coca González: «La concesión de hábitos de caballeros de las Órdenes Militares: procedimiento y reflejo documental (ss. VI-XIX)», Cuadernos de Historia Moderna, 14, Madrid, 1993, pp. 277–279.

87 AHN, Consejo de Órdenes, O M-Caballeros Santiago, exp. 5227, s. f.

88 AHN, Consejo de Órdenes, O M-Caballeros Montesa, lío 9, 6, leg. 291.

89 AHN, Consejo de Órdenes, O M-Caballeros Montesa, lío 18, 5, leg. 290.

90 Libre de memòries de diversos sucesos e fets memorables e de coses senyalades de la Ciutat e Regne de Valencia (1308-1644), con introducción y notas de Salvador Carreres Zacares, Valencia, 1935, 2 vols., p. 1002.

91 ACA, CA, Secretaría de Valencia, leg. 640, doc. 2.

92 P. Gandoulphe: «Pouvoir politique et clientèles familières une réflexion méthodologique et quelques exemples: les agents de l’appareil d’État Dans le Royaume de Valence (1556–1626)», en Familia, parentesco y linaje, Murcia, 1997, pp. 195–212.

93 Ibíd.

94 ACA, CA, Secretaría de Valencia, leg. 640, doc. 1.

95 Ibíd., doc. 3.

96 ARV, Bailía, libro 1.197, f. 466.

97 A y D. de Vich: Dietario Valenciano, 1619–1632, Valencia, Acción Bibliográfica Valenciana, 1921, p. 205. Citado por J. Casey: La terra i els homes. El País Valencià a l’època dels Àustria, Catarroja-Barcelona, 2005, p. 174.

98 F. de Gauna: Relación de las fiestas celebradas en Valencia con motivo del casamiento de Felipe III, ed. de S. Carreres Zacarés, Valencia, 1926, 2 vols., citado por T. Ferrer Valls: «El duque de Lerma y la corte virreinal en Valencia: fiestas, literatura y promoción social. El prado de Valencia de Gaspar Mercader», Quaderns de Filologia. Estudis literaris, v, Homenaje a César Simón, Valencia, Facultat de Filologia, Universitat de València, 2000, pp. 257–271.

99 J. C. Cooper: Diccionario de símbolos, Barcelona, 2004, pp. 12-14, 110 y 168.

100 G. Mercader: El prado de Valencia, Pedro Patricio Mey, Valencia, MDC. La obra vio la luz por primera vez el año 1600 en la prensa del impresor valenciano Pedro Patricio Mey. Un año después, el mismo impresor hizo una segunda tirada. La venta del libro se realizó en la casa de los mercaderes de libros Francesc Miquel y Josep Ferrer, situada en la calle de los Caballeros. Henri Mérimée, Edición crítica, introducción, notas y apéndice a El Prado de Valencia de Gaspar Mercader, Buñol, 2000, pp. LXXIX-LXXXI. Sobre el ambiente que se recrea en la obra, T. Ferrer i Valls: «El duque de...», op. cit., 2000, pp. 257-271; «De los medios para mejorar estado. Fiesta y sociedad cortesana en tiempos de El Quijote», en B. J. García García y M. L. Lobato (coords.): Dramaturgia festiva y cultura nobiliaria en el Siglo de Oro, Iberoamericana-Vervuert, 2007, pp. 151-167.

101 T. Ferrer i Valls: «El duque de...», op. cit., p. 61.

102 G. Mercader: El prado de Valencia, op. cit., p. 215. Citado por T. Ferrer i Valls: «El duque...», op. cit., p. 61.

103 M. L. Muñoz Altabert: Les Corts valencianes de Felip III, Valencia, PUV, 2005, p. 246.

104 ARV, Real 379, ff. 57v-61r.

105 G. Escolano: Década primera de la historia de Valencia, cap. XXVII, Libro Octavo, 2.ª parte, Valencia, 1972.

106 Redacción del testamento el 15 de marzo de 1602, notario receptor Miquel Jaume Peris. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 153, D. 14, s. f. También en ARV, Escribanía de Cámara, año 1718, exp. 92, ff. 423r-452v. Acta de defunción en Libre de Actes funerals del any 1603, fº 79 del Archivo de la Parroquia de San Nicolás de Valencia, recogida por H. Merimée en el apéndice a El Prado de Valencia, Toulouse, Edouard Privat, 1907, p. IV.

107 Sentencia publicada por Francisco Pablo Alreus, escribano de mandamiento el 28 de febrero de 1603. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 38, s. f.; AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f.

108 arv, Procesos de Madrid, letra G, 226.

109 Don Laudomio fue bautizado el 20 de abril de 1592 en la iglesia de San Esteban de Valencia, con el nombre de Dimas Vicente Juan Francisco Laudomio Gaspar, según consta en el acta de bautismo reproducida por H. Mérimée en el apéndice a El Prado..., op. cit., p. xxiv.

110 J. A. Catalá Sanz: «Violencia nobiliaria y orden público en Valencia», en Estudis 20, Revista de Historia Moderna, Universidad de Valencia, 1994, p. 113.

111 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 553, doc. 59. J. Casey: El Reino de Valencia en el siglo xvii, pp. 223; J. A. Catalá Sanz: «Violencia nobiliaria...», op. cit., p. 113.

112 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 553, doc. 59.

113 Las capitulaciones matrimoniales las recibió Francisco Bartolomé Simancas el 5 de agosto de 1609, de las cuales no tenemos constancia documental aunque sí referencias en AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 25, Alegación por el conde de Buñol don Gastón Mercader contra doña Ana de Perellós, condesa viuda de Buñol; y también en AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

114 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, Hecho tocante a la sucesión de Buñol. El cobro de la dote trajo consigo pleitos y posteriores concordias de don Laudomio con su cuñado don Giner Rabassa, acordándose en 1621 el pago de 2.000 libras en joyas.

115 arv, Real Cancillería, 382, ff. 39v-41v. Documento fechado el 6 de agosto de 1610.

116 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 941, doc. 145. s. f. «El estado de la casa del conde de Buñol». Carta dirigida al monarca, sin fechar, pero que por su contenido fue posterior a 1614.

117 Vejamen y sentencia del certamen celebrado en 1619 en honor a la beatificación de Fray Tomás de Villanueva. P. Mas i Usó: Justas, academias y convocatorias literarias en la Valencia Barroca (1591-1705). Teoría y práctica de una convención, tesis doctoral, Universitat de València, Servei de Publicacions, 1993, pp. 216-219.

118 Testamento y acta de defunción reproducidos por H. Mérimée en el apéndice a El Prado..., op. cit., p. xvii.

119 De las 1.500 libras solicitadas por doña Hipólita, le fueron señaladas 700 libras anuales por sentencia de la Real Audiencia. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 36; AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

120 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 1578, D. 3; Inventario reproducido por H. Mérimée en el apéndice a El Prado..., op. cit., p. xxi.

121 Publicación del testamento de doña Hipólita el 12 de enero de 1649. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, Hecho tocante a la sucesión de Buñol.

122 aca, ca, leg. 892, n.º 4.

123 Ibíd.

124 Capitulaciones matrimoniales firmadas ante el notario Vicente Gaçull el 24 de marzo de 1640. AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 174, D. 23; appv, Notario Vicent Gaçull. Rebedor 2.539.

125 arv, Real Audiencia, 3.ª parte-apéndice, exp. 2.674.

126 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 33, s. f.; AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f. Sentencia publicada por Gaspar Mascaró el 13 de septiembre de 1653.

127 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f.

128 Testamento que no hemos localizado por el momento, pero del que se hace referencia que fue redactado el 19 de enero de 1654 y fue recibido por el notario de Valencia Juan Perales. Ibíd.

129 Don Gastón acusó a doña Ana Rabassa de Perellós de sacar a escondidas bienes de la casa, aún en vida de su marido, y llevarlos a casa de don Luis Mercader; y trasladó posteriormente el escondite tras ser descubierta.

130 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 267, D. 22, s. f.

131 Biblioteca Valenciana, Manuscrito 393 /3, s. f. Capitulaciones recibidas por el notario de Valencia Juan Perales el 1 de octubre de 1654.

132 Ll. J. Guia Marín: «Dona, honor i bandolerisme: els desordres de l’Almirall d’Aragó en la Valencia del segle xvii», Estudis, 28, pp. 287–315.

133 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 664, doc. 21.

134 arv, Escribanía de Cámara 1718, n.º 92.

135 A. Felipo Orts: De nobles, armas y letras. El linaje de los Cervelló en la Valencia del siglo xvii (en prensa).

136 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 177, D. 60, s. f.

137 brah, Genealogías de familias valencianas, Colección Salazar y Castro, p. 48v.

138 arv, Manaments y Empares, año 1682, L. 1. M. 1, f. 38r y AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 154, D. 10, s. f.

139 Ceremonia de posesión en AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 164, D. 3, s. f.

140 A. Felipo Orts: De nobles, armas..., op. cit.

141 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 925, doc. 24.

142 A. Felipo Orts: De nobles, armas..., op. cit.

143 arv, Escribanía de Cámara, año 1718, exp. 92. Testamento redactado el 12 de julio de 1686 y publicado dieciocho días después de su redacción.

144 Esta hija de don Gaspar, junto al hijo homónimo de su abuelo don Baltasar Mercader, son los únicos hijos fuera del matrimonio que hasta el momento hemos podido constatar en el linaje Mercader.

145 AHN, Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez, C. 164, D. 38, s. f.

146 Don Francisco María falleció sin haber concertado matrimonio. Se encuentra transcripción del certificado de defunción, donde se hace constar la ubicación de su sepultura en la capilla del castillo de Buñol, en arv, Escribanía de Cámara 1718, n.º 92, f. 235. Por fallecer sin haber redactado testamento, se le señalaron 500 libras para oficios por su alma.

147 A. Felipo Orts: El conde de Cervelló y el Consejo de Italia. Escritos políticos en el exilio austracista, Valencia, 2007.

148 VV. AA.: Historia de Buñol, op cit., Valencia, p. 259.

149 J. Pastor i Fluixà: «Nobles i cavallers al País Valencià», Saitabi xliii, 1993, p. 22; M. L. Muñoz Altabert: Les Corts..., op. cit., p. 90.

La nobleza valenciana en la Edad Moderna

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