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DON JUAN PARDO DE LA CASTA Y LA EXTINCIÓN DEL LINAJE EN EL REINO DE VALENCIA
ОглавлениеEl hijo de don Baltasar, don Juan Pardo de la Casta y Palafox, fue declarado sucesor en los vínculos que poseyó su padre por el justicia civil de Valencia: el 3 de noviembre de 1695 en el de Alaquàs y en el de Bolbaite239 y el 20 de diciembre de 1696 en el de los Monteagut.240 Contrajo matrimonio en Valencia con doña María Gracia de Boixadors y Pinós, hija de los condes de Zavallà, el 30 de abril de 1698.241 Este matrimonio no tuvo descendencia, lo que supuso un primer revés para la continuación dinástica.
Don Juan ejerció el oficio de baile general de la Ciudad y Reino de Valencia tras la muerte de su hermano Pedro, en 1693, cuando aún vivía su padre,242 puesto que ocupó hasta el nombramiento del conde de Cirat por Carlos III de Austria en diciembre de 1706.243 Esta sustitución se produjo tras la negativa de don Juan a ser ratificado en su puesto de baile por el general Basset, en diciembre de 1705.244 En junio del año siguiente, el marqués de la Casta se embarcó en el Grao de Valencia, junto a otros nobles austracistas, con destino a Tortosa para cumplimentar al archiduque Carlos y acompañarlo en su viaje a Valencia. También en 1706 se le hizo merced de la Encomienda Mayor de les Coves de Vinromà, de la Orden de Montesa.245 Pero lo más relevante para don Juan y su linaje lo supuso su promoción social a Grande de España por el archiduque Carlos, con motivo del enlace de este con la princesa alemana Isabel Cristina de Brunswick en Barcelona, en 1708.246 Precisamente por su apoyo al archiduque se había visto obligado a exiliarse a esa ciudad en 1707247 y sufrió el secuestro de sus rentas. Parte de esta confiscación fue consignada por Felipe V a la Inquisición de Valencia por un decreto de 5 de junio de 1708.248 Don Juan Pardo de la Casta otorgó testamento en la ciudad de Barcelona, el 2 de marzo de 1713, ante el notario José Francisco Fontana, y consta haber sido enterrado cinco días después. Dejó por heredera a su mujer, doña María Gracia de Boixadors y Pinós,249 quien se exilió a Viena poco después.250
Tras el fallecimiento sin descendencia de don Juan sucedió en los vínculos familiares la rama femenina iniciada por doña María Teresa Pardo de la Casta, hija de don Baltasar, que estaba casada con don José Fernández de Córdoba, conde de Priego y Grande de España. Este matrimonio tuvo dos hijas: Francisca Javiera, nacida en Madrid en 1690,251 quien casó con don Alejandro Lanti della Rovere, duque de Santo Gemini, y María Josefa. Doña Francisca Javiera, tras la muerte de su madre, pidió y obtuvo el permiso real para demandar los bienes secuestrados del marqués de la Casta.252 La decisión a su favor puede estar relacionada con que tanto su madre, doña María Teresa, como ella habían permanecido ajenas al apoyo austracista de su familia, moviéndose ambas en el círculo cortesano. De hecho, doña Francisca Javiera fue dama de la reina Isabel de Farnesio.253 A continuación se abrió una causa sobre la sucesión en el patrimonio familiar entre ella y otros miembros del linaje, como el marqués de Dos Aguas o el marqués de Manfredi, descendientes de hermanos de don Baltasar Pardo de la Casta.254 Finalmente, la sentencia, de 4 de julio de 1722, fue favorable a doña Francisca Javiera,255 que fue declarada sucesora en los vínculos poco después.256 Pero doña María Gracia de Boixadors, viuda de don Juan Pardo de la Casta, solicitó también la posesión de los bienes que habían pertenecido a su marido en virtud del testamento de este. Consiguió que se le restituyeran en 1736257 y los retuvo hasta su muerte, diez años después. Para entonces ya había fallecido también doña Francisca Javiera, por lo que fue declarada sucesora su hija, doña María Belén Lanti della Rovere y Fernández de Córdoba, condesa de Priego. De su matrimonio con don Juan Justo Croy de Abres no tuvo descendencia, por lo que, con su muerte, en 1771, desapareció completamente la línea de sucesión, tanto masculina como femenina, iniciada por don Baltasar Pardo de la Casta.258 El linaje continuó por la rama establecida por su hermano, don Félix, en Italia, que también había perdido el apellido Pardo de la Casta, pues el nuevo marqués sería don Juan Bautista Manfredi.259 En 1792 se le habilitó para utilizar el título de marqués de la Casta por muerte de doña María Belén, lo que conllevó su sucesión en los mayorazgos que habían pertenecido a esta. Don Juan Baustista, residente en Italia, dejó la gestión de sus intereses en el Reino de Valencia en manos de un administrador.
En resumen, y como hemos visto, el señorío de Alaquàs tuvo sus orígenes en la conquista de Valencia y, durante la Edad Media, cambió de titularidad en varias ocasiones, sobre todo a través de compraventas, aunque también por confiscación real en 1348, con motivo de la Guerra de la Unión. Ya a finales del siglo xv, cuando pasó a la familia García de Aguilar, observamos una mayor estabilidad, pues incluso uno de sus miembros, Jaime de Aguilar y Amalrich, instituyó el vínculo de la casa de Alaquàs para su linaje. El azar biológico jugó un papel decisivo en la extinción de la rama masculina de los Aguilar, por lo que el señorío de Alaquàs pasó a la femenina, emparentada por matrimonio con los Pardo de la Casta.
Por su parte, los Pardo de la Casta, de procedencia aragonesa, se habían asentado en Valencia después de la conquista y habían ido consolidando su posición dentro de la nobleza media de la ciudad, compaginando la participación municipal con los servicios a la Corona. Precisamente, fue Alaquàs el primer y más importante señorío que obtuvieron en el Reino de Valencia. Don Juan Pardo de la Casta tomó posesión de Alaquàs en 1584 y, veinticinco años después, su hijo hubo de hacer frente a la pérdida de la mitad de sus habitantes por la expulsión de los moriscos.
La primera mitad del siglo xvii fue convulsa, tanto para los habitantes de Alaquàs como para sus señores, pues la falta de una carta-puebla en la que se regulara la nueva situación y las dificultades financieras de los Pardo de la Casta provocaron múltiples litigios y la búsqueda de soluciones mediante concordias entre las partes. De todas formas, no se observa un recrudecimiento del régimen señorial, manteniéndose en general las condiciones anteriores a la expulsión, por otro lado, tampoco demasiado gravosas.
En la segunda mitad del siglo xvii, tras haber resuelto los conflictos principales con sus señores, la villa de Alaquàs inició una lenta recuperación demográfica y se centró en sus problemas agrícolas y comerciales. Mientras tanto, don Baltasar Pardo de la Casta protagonizó una meteórica carrera política, que le llevó incluso a la Corte al final de su vida. Ya en la centuria siguiente, los avatares dinásticos hicieron recaer el vínculo de Alaquàs en la rama familiar establecida en Cremona (Italia) por don Félix Pardo de la Casta, hermano de don Baltasar, cuyos titulares eran los marqueses de Manfredi.
1 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 8, exp. 279.
2 V. Graullera Sanz: «Un jurista valenciano del siglo xv, don Jaime García de Aguilar», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xvii, 1998, pp. 19 y 22.
3 E. Juan Redal: «Dades per a l’estudi de la societat valenciana del segle xvi: els últims codicils testamentaris i l’inventari de béns d’en Jaume Garcia d’Aguilar, senyor d’Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, vii, 1988, p. 18.
4 T. Halperin Donghi: Un conflicto nacional. Moriscos y cristianos viejos en Valencia, Valencia, Universitat de València, 2008, p. 252.
5 V. Graullera Sanz: «Conflictos en la huerta de Valencia. Alaquàs en el siglo xv», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xviii, 1999, p. 18.
6 E. Juan Redal: «El señorío de Alaquàs a mediados del siglo xviii, según el ms. C-20 de la Real Academia de la Historia», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, viii, 1989, p. 36, nota 10.
7 J. R. Sanchís Alfonso: «El gremio de olleros de Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, vi, 1987, p. 39.
8 Según el diccionario Alcover, empriu o amprius tiene dos acepciones: el uso o aprovechamiento de una cosa material o de un servicio; o derecho de usar lo que es propiedad de otro.
9 V. Graullera Sanz: «Conflictos en la huerta...», op. cit., p. 16; y V. Graullera Sanz: «Alaquàs a finales del siglo xvii. Algunos aspectos sobre el gobierno de la población», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xx, 2001, p. 54.
10 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 8, exp. 279. Toma de posesión de don Jaime García de Aguilar, en 1501.
11 Ibíd., exp. 277. Toma de posesión de don Juan Pardo de la Casta, en 1584, en la que se mencionan estas regalías de las que hizo señal de posesión abriendo y cerrando sus puertas.
12 arv, Divers, casa de Alaquàs, caja 4, exp. 123. Ver también T. Pérez Martínez: «Documentos para la historia de Alaquàs: acuerdos entre el señor y los vecinos de Alaquàs (1556)», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, ix, 1990, pp. 9–13.
13 A. Fort Navarro y E. Martínez Ibáñez: «Estudio sobre la propiedad agrícola en Alaquàs en 1577», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xxi, 2002, pp. 9-39. El propio Gaspar Aguilar vendió en 1553 una casa que le había legado Sebastián Aguilar, un esclavo liberto suyo –«quondam agricole alumni mihi libertim»–, en la calle del Pou de la Morería, al censo por dominio directo arriba indicado de 14 sueldos al año. arv, Protocolo de Luis Baldó, n.º 2.951.
14 Ibíd. En un establecimiento de don Gaspar Aguilar, señor de Alaquàs, el 23 de septiembre de 1578, se aclara que por casas se le pagaban al señor 14 sueldos; por la gallina, 1 sueldo; por cahizada de huerta, 4 sueldos; por jornal de secano, siendo campa, 4 dineros, y siendo viña, 1 sueldo. arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 7, exp. 191. A excepción del precio de la gallina, estos datos se corresponden con los del cabreo de 1577.
15 Ibíd., pp. 31-38.
16 Ver árbol genealógico de los titulares de la Casa de Alaquàs en el Anexo I.
17 Llibre del repartiment de València, edición dirigida por Antonio Ferrando i Francés, Valencia, Vicente García Editores, 1985, p. 42.
18 M. T. Pérez Martínez: «Relación de los linajes que poseyeron el señorío de Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, vii, 1988, p. 55.
19 J. Esteve Forriol: «La guerra de la Unión y el señorío de Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, iii, 1983, pp. 91-94.
20 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 7, exp. 193; ver traducción en M. T. Pérez: «Venta de la mitad del lugar de Alaquàs: D. Jaime Escribá y su consorte a D. Galcerán de Thous», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xii, 1993, pp. 31-43.
21 M. T. Pérez Martínez: «Relación de los linajes...», op. cit., p. 63.
22 F. Zurriaga i Agustí y V. García i Martínez: «L’inventari dels béns de Berenguer de Vilaragut (1448), un document important per a la història d’Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xxv, 2005, p. 18.
23 P. Lloret Gómez de Barreda: Ser noble en la València del segle xvii. El llinatge dels Vilaragut, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 2005, pp. 28-29. Ver también: F. Zurriaga i Agustí y V. García i Martínez: «L’inventari...», op. cit., p. 18 y arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra C, n.º 756, año 1638.
24 F. Zurriaga i Agustí y V. García i Martínez: «L’inventari...», op. cit., p. 21.
25 V. Graullera Sanz: «Un jurista valenciano...», op. cit., pp. 10-15.
26 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 8, exp. 274.
27 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 2, exp. 60.
28 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 8, exp. 279.
29 J. F. Pardo Molero: La defensa del Imperio. Carlos V, Valencia y el Mediterráneo, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2001, p. 131.
30 E. Juan Redal: «Dades per a l’estudi...», op. cit., p. 13.
31 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra C, n.º 756.
32 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 123. Ver también T. Pérez Martínez: «La fundación del Convento de Nuestra Señora del Olivar», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, vi, 1987, pp. 9-17.
33 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 25r.
34 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 365 y caja 2, exp. 57. El árbol genealógico de los Berenguer Martí de Torres y Aguilar se encuentra en arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 12, exp. 333.
35 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 25v-26r.
36 El orden de sucesión es establecido de esta forma porque el primogénito, don Berenguer, ya había obtenido el señorío sobre Estivella, Beselga y Arenós con motivo de su matrimonio.
37 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 120 y caja 2, exp. 51. Ver también E. Juan Redal: «Dades per a l’estudi...», op. cit., pp. 9-39.
38 J. Brines Blasco, A. Felipo Orts, M. J. Gimeno Sanfeliu y C. Pérez Aparicio: Formación y disolución de los grandes patrimonios castellonenses en el Antiguo Régimen, Castellón, Fundación Dávalos Fletcher, 1997, p. 52.
39 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 25v-26r.
40 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 2, exp. 76.
41 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 7, exp. 205.
42 amv, Fondo Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 1r-v. «Es tan antigua esta ilustre familia, que de su origen no hay memoria; diciendo el Dr. Pedro Antón Beuter en su Crónica de España libro 1.º, capítulo 23, folio 135, que quando el Apóstol Santiago vino a España, halló ya en la ciudad de Zaragoza, muchos claros linajes de romanos, como fueron los Cornelios y Pardos».
43 Ibíd., f. 2r-v. También se alude a este episodio en A. García Carraffa y A. García Carraffa: Diccionario heráldico y genealógico de apellidos españoles y americanos, Madrid, Nueva Imprenta Radio, 1957, tomo 66, pp. 126-127.
44 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exp. 32.
45 Ver árbol genealógico de los Pardo de la Casta en el Anexo 2.
46 arv, Real Cancillería, 374, ff. 165v-168r.
47 F. Diago: Anales del Reino de Valencia, Valencia, Ajuntament de València, 2009, p. 270.
48 arv, Bailía, Letras y Privilegios, 1.218, ff. 394v-398r.
49 Ibíd., pp. 329-338. Ver también R. Jiménez de Rada: Historia de los hechos de España, Madrid, Alianza Universidad, 1989, pp. 225-226, 309, 320 y 323.
50 Este hecho es recogido por la mayoría de historiadores que se ocupan de la época: J. Zurita: Anales de la Corona de Aragón, edición preparada por Ángel Canellas López, Zaragoza, Institución «Fernando el Católico» (csic), 1967, tomo 1, libro ii, pp. 342-349; J. Teixidor: Capillas y sepulturas de la Crónica de la ínclita y coronada Ciudad de Valencia y de su Reino, edición a cargo de Juan Iborra, Valencia, Universitat de València, 2002, libro 3, p. 72; F. Diago: «Anales...», op. cit., pp. 342-349. Jaume I. Crònica o llibre dels feits, edición a cargo de Ferran Soldevila, Barcelona, Edicions 62 y La Caixa, 1982, p. 46.
51 Llibre del repartiment..., op. cit., p. 15, entrada 133. También en la entrada 216, pp. 22-23, se menciona la donación siguiente: «A Lladró, unes cases a Russafa en les quals s’allotjava, que limiten per tres costats amb camins i pel quart amb altres cases contigües; i l’hort que hi ha davant les susdites cases, que limita amb l’hort de Pere Aznar per la seua part tancada i amb la vivenda que hi ha allí... 27 de abril [1238]». Existe un indicio razonable de que se tratara de la misma persona. Por otro lado, el apelativo «de Casseda» puede ser una desvirtuación de la Casta, o puede estar refiriéndose a la localidad navarra de Cáseda, situada en un cerro junto al río Aragón, en la comarca de Tierra de Sangüesa, cerca ya de la frontera con Aragón y a unos 50 km del antiguo lugar de La Casta, lo que podría indicar el asentamiento de la familia en esa población.
52 arv, Varia, legajos, caja 53, n.º 5, ff. 8r-16v.
53 Ibíd., ff. 5r-7r. Ver también J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta, senyors d’Albaida en el primer terç del segle xv. Un llinatge nobiliari al servei de la casa reial», en 750 anys com a valencians: Albaida i la Vall, 1245-1995, Albaida, Ajuntament d’Albaida, 1995, p. 159.
54 arv, Mestre Racional, lib. 1-3. Ver también Salvador Carreres Zacarés (ed.): Llibre de memòries de la Ciutat e Regne de València (1308-1644), 2 vols., Valencia, Acción Bibliográfica Valenciana, 1935, pp. 146 y 163.
55 V. Gascón Pelegrí: El Real Monasterio de Santo Domingo, Capitanía General de Valencia, Valencia, Artes Gráficas Soler, 1975, p. 81.
56 F. Diago: Apuntamientos recogidos por el P. M. Fr. Francisco Diago, O. P. para continuar los anales del reyno de Valencia desde el rey Pedro III hasta Felipe II, 2 tomos, Valencia, Acción bibliográfica valenciana, 1946, tomo ii, pp. 60-61. Ver también Llibre de memòries..., pp. 230-231.
57 appv, Protocolo Llorenç Saragosa, 18.443, año 1392, s. fol.
58 V. Gascón Pelegrí: El Real Monasterio..., op. cit., p. 68.
59 J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta...», op. cit., p. 166.
60 arv, Maestre Racional, 38, f. 162r.
61 J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta...», op. cit., p. 166. Este conflicto se encuentra también referenciado en S. García Martínez: Valencia bajo Carlos II: bandolerismo, reivindicaciones agrarias y servicios a la monarquía, Villena, Ayuntamiento de Villena, 1991, pp. 48-49, n. 21.
62 F. Diago: Apuntamientos..., op. cit., tomo ii, p. 109.
63 M. Tintó Sala: Cartas del Baile General, Juan Mercader, al rey Fernando de Antequera, Valencia, Alfonso el Magnánimo, 1979, cartas 9, 66 y 100, pp. 172-173, 232-233 y 267-268. Ver también J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta...», op. cit., pp. 159-161.
64 M. R. Muñoz Pomer: «Las cortes de 1401-1407: protagonistas y propuestas innovadoras de amplia repercusión en la época foral», en R. Ferrero Micó y L. Guía Marín (eds.): Corts i Parlaments de la Corona de Aragó, Valencia, Universitat de València, 2008, pp. 101-140.
65 J. Zurita: Anales..., op. cit., tomo 5, libro xi, pp. 147 y 159.
66 arv, Real Cancillería, n.º 256, f. 94.
67 Llibre de memòries..., op. cit., pp. 472, 483 y 485. También en 1420, su hijo Juan fue nombrado jurado de Valencia.
68 J. Zurita: Anales..., op. cit., tomo 5, libro xiii, p. 605. Ver también J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta...», op. cit., p. 162.
69 Ibíd., tomo 5, libro xiii, p. 766. Ver también Llibre de memòries..., op. cit., pp. 523-524.
70 arv, Varia, legajos, caja 53, n.º 5, ff. 1r-26v.
71 M. J. Carbonell Boria y A. Díaz Borrás: «Las cortes de 1429: singularidad y trascendencia», en R. Ferrero Micó (coord.): Autonomía municipal en el mundo mediterráneo, Valencia, 2002, pp. 59-86.
72 Real Academia de Historia (rah): Colección don Luis Salazar y Castro, ms. 9/320, ff. 184r-185r. Se trata del árbol genealógico de la familia en el que se nombran todos los hijos mencionados menos Luis, al que hemos añadido por aparecer en otras fuentes. Ver arv, Divers, Casa d’Alaquàs, exp. 88.
73 J. Teixidor: Capillas y sepulturas del real convento de predicadores de Valencia, Valencia, Acción Bibliográfica Valenciana, 1949, p. 61.
74 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 88.
75 F. Diago: Apuntamientos..., op. cit., tomo ii, p. 79. Ver también Llibre de memòries..., op. cit., pp. 477-480.
76 J. Zurita: Anales..., op. cit., tomo 5, libro xiii, p. 525.
77 Llibre de memòries..., op. cit., p. 483.
78 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 88. Ver también J. Sáiz Serrano: «Els Pardo de la Casta...», op. cit., pp. 165-166.
79 appv, Protocolo Juan Beneyto, 26.946, s. fol.
80 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 13v.
81 J. Teixidor: Capillas y sepulturas..., op. cit., p. 62. Según esta fuente, Pedro Pardo otorgó testamento el mismo día que su padre, Juan Pardo, y ante el mismo notario, Juan Beneyto. Sin embargo, en el libro de protocolos del citado notario para ese año solo aparece el testamento del padre. En cambio, en amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, f. 13v, se dice que Pedro Pardo otorga sus últimas voluntades el mismo día que su padre pero ante otro notario, Miguel Bataller, lo que resulta un tanto inexplicable.
82 G. Escolano: Décadas de la historia de la insigne y coronada ciudad y reino de Valencia, 6 tomos, Valencia, Diselva, 1987, tomo i, libros iv y v, p. 409.
83 M. V. Febrer Romaguera: «La “breu relació de la germania de València” de Guillem Català de Valeriola», Torrens, 3, 1984, pp. 80-81. Ver también E. Durán: Les cròniques valencianes sobre les Germanies de Guillem Ramon Català i de Miquel García (segle xvi), Valencia, Eliseu Climent, 1984, p. 101.
84 R. Martí de Viciana: Libro quarto..., op. cit., pp. 375 y 392. Ver también M. V. Febrer Romaguera: «La “breu relació”...», op. cit., pp. 104-105 y 111; Llibre de memòries..., op. cit., pp. 790-794; E. Durán: Les cróniques valencianes..., op. cit., p. 224, y S. García Martínez: El País Valencià Modern. Societat, política i cultura a l’època dels Àustria, CatarrojaBarcelona, Afers, 2006, p. 106 n.
85 J. F. Pardo Molero: La defensa del Imperio..., op. cit., pp. 218-219.
86 Sabemos de este testamento por referencias en otros documentos (arv, Varia, libro 1.099 y arv, protocolo 10.399), ya que los protocolos del notario Pere Joan Sabrugada, en el arv, solo llegan hasta el año 1528.
87 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 125.
88 J. F. Pardo Molero: La defensa del Imperio..., op. cit., pp. 366-371.
89 rah: Colección don Luis Salazar y Castro, ms. 9/320, ff. 184r-185r. Ver también J. F. Pardo Molero: La defensa del Imperio..., op. cit., p. 388.
90 F. Diago: Apuntamientos..., op. cit., tomo ii, p. 36.
91 S. García Martínez: Valencia bajo Carlos II, Villena, 1991, pp. 49-50.
92 Ibíd., f. 32r.
93 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 31r-v.
94 Ibíd., ff. 32v-33r. Ver también P. Lloret Gómez de Barreda: Ser noble en la València..., op. cit., pp. 28-29.
95 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 26v-27r. Pocos datos más podemos aportar de las actividades llevadas a cabo por don Juan, como que, en el terreno político, participó en las Cortes de 1585 por el Brazo Militar. E. Salvador Esteban (ed.): Cortes valencianas del reinado de Felipe II, Valencia, Universidad de Valencia, Dpto. de Historia Moderna, 1974, p. 159.
96 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 33r.
97 AHN, OM-Caballeros Alcántara, exp. 1.146.
98 arv, Divers, casa de Alaquàs, caja 6, exp. 161 y caja 12, exp. 337. Ver también amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, f. 4v.
99 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exps. 34 y 41.
100 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 37v-41v. El árbol genealógico de los Monteagut, en arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 125.
101 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 92.
102 P. J. Porcar: Coses evengudes en la ciutat i regne de València (dietari, 1589-1628), selección, transcripción y prólogo de Ferran García García, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 1983, p. 71.
103 aca, Consejo de Aragón (C.A.), Secretaría de Valencia, leg. 583, n.º 8.
104 AHN, Consejos, libro 2.402.
105 arv, Real Cancillería, libro 382, ff. 260v-264r.
106 P. Pérez García: «Origen de la milicia efectiva valenciana: las vicisitudes del proyecto del marqués de Denia para la creación, pertrecho y movilización de los tercios del Reino de Valencia (1596-1604)», en Dels Furs a l’Estatut: actes del I Congrés d’Administració Pública Valenciana, de la Història a la Modernitat, Valencia, Institut Valencià d’Administració Pública, 1992, pp. 201-202.
107 arv, Real Cancillería, libro 699, f. 103v.
108 arv, Divers, Casa de Alaquas, caja 13, exp. 372, f. 19.
109 P. J. Porcar: Coses evengudes..., op. cit., pp. 62-63.
110 Ibíd., pp. 83-84.
111 Ibíd., p. 138.
112 E. Callado Estela: Devoción popular y convulsión social en la Valencia del Seiscientos, Valencia, Diputación de Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 2000, pp. 139-141.
113 arv, Real Cancilleria, 516 bis, ff. 3r-8r. Ver también M. L. Muñoz Altabert: Les Corts valencianes de Felip III, Valencia, Universitat de València, 2005, apéndice documental V.
114 Ibíd., pp. 80-100.
115 Ibíd., pp. 250-252.
116 arv, Real 519, Corts del Any 1626, f. 3v. Ver también D. de Lario Ramírez: El comte-duc d’Olivares i el regne de València, Valencia, Edicions 3i4, 1986, apéndice documental I.
117 AHN, Consejos, libro 1.885, f. 6v.
118 Cortes del reinado de Felipe IV. Volumen I, Cortes Valencianas de 1626, estudio preliminar de Dámaso de Lario Ramírez, Valencia, Universidad de Valencia, 1973, p. 204.
119 arv, Real Cancillería, 374, ff. 165v-168r.
120 AHN, Consejos, libro 1.885, f. 6v. En este documento se especifica la actuación de don Luis en estas Cortes, favorable a los intereses reales: «El conde de Alaquàs procedió en las Cortes de Aragón, donde votó, y en las de Valencia, con los officios que hizo por de fuera con deudos y otras muchas personas para que votasen el servicio, de manera que merece todo favor».
121 arv, Bailia General, Letras y Privilegios, 1.218, ff. 398r-401r.
122 AHN, Consejos, libro 1.885, ff. 6v-9v.
123 R. Benítez Sánchez-Blanco: Heroicas decisiones: la monarquía católica y los moriscos valencianos, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 2001, pp. 408-411.
124 P. Boronat y Barrachina: Los moriscos españoles y su expulsión, 2 tomos, Granada, Universidad de Granada, 1992, tomo i, pp. 428-443. Estos datos han sido recogidos también en diversos trabajos: H. Lapeyre: Geografía de la España morisca, Valencia, Diputación provincial de Valencia, 1986, pp. 46-56; J. Reglà i Campistol: Estudios sobre los moriscos, Esplugues de Llobregat, Ariel, 1974, pp. 153-170; T. Halperin Donghi: Un conflicto nacional..., op. cit., pp. 243-246.
125 A. Fort Navarro y E. Martínez Ibáñez: «Cambios en renta señorial en Alaquàs tras la expulsión de los moriscos», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, 2003, pp. 25-42.
126 T. Halperin Donghi: Un conflicto nacional..., op. cit., p. 251.
127 A. Gil Olcina: La propiedad señorial en tierras valencianas, Valencia, Del Cènia al Segura, 1979, p. 37.
128 appv, Protocolos Joan Baptiste Queyto, n.º 19.402. Respecto al tiempo de duración del censal, se indica el día del primer pago, «et sich deinde annis singulis dictis in terminis presenti censualis perdurante, non obstante quacumque empara».
129 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 2.ª, letra S, n.º 1.299, leg. 319.
130 appv, Prot. Joan Baptiste Queyto, 19.361, s. fol.
131 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 2.ª, letra S, n.º 1.299, leg. 319.
132 E. Císcar Pallarés: Tierra y señorío en el País Valenciano, Valencia, Del Cènia al Segura, 1977, p. 191.
133 J. R. Sanchís Alfonso y J. Royo Martínez: «Los moriscos de Alaquàs, su expulsión y el endeudamiento del señorío», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, iv, 1984, p. 12.
134 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 130.
135 E. Císcar Pallarés: Tierra y señorío..., op. cit., p. 197.
136 arv, Real Audiencia. Procesos, parte 1.ª, letra S, n.º 2.661.
137 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 360. Ver transcripción en: J. Royo Martínez: «Documentos para la historia de Alaquàs», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, vi, 1987, pp. 19-26, y también en V. M. Cuñat Císcar: «Concordia entre el Señor y la villa de Alaquàs. 1623», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, viii, 1989, pp. 9-19.
138 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 360.
139 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 8, exp. 282. La última disposición, sobre la libertad para moler el trigo o cocer el pan fuera de la villa, resulta llamativa, pues en la mayoría de localidades reguladas mediante carta-puebla este comportamiento suele estar penado. Ello nos lleva a pensar que, quizá, estas regalías no se encontraban en perfectas condiciones.
140 E. Martínez Ibáñez y A. Fort Navarro: «Situación financiera del conde de Alaquàs tras la expulsión de los moriscos», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xx, 2001, pp. 9-35.
141 Ibíd., p. 26. La renta de Alaquàs había disminuido de 10.500 a 5.000 libras al año.
142 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 118. Conocemos de este secuestro por un documento posterior, de 1630, que hace referencia a él.
143 E. Martínez Ibáñez y A. Fort Navarro: «Situación financiera...», op. cit., pp. 27 y 29.
144 appv, Prot. Joan Baptiste Queyto, 19.369, s. f. Ver también M. Gual Camarena: Las cartas pueblas del Reino de Valencia, Valencia, Generalitat Valenciana, 1989, p. 198.
145 T. Halperin Donghi: Un conflicto nacional..., op. cit., p. 249.
146 Las disposiciones de la Real Pragmática, publicada en Valencia el 15 de abril de 1614, fueron concretadas en el «Assiento de las casas de los Títulos, Barones, y dueños de los lugares que por la expulsión de los Moriscos del Reyno de Valencia quedaron despoblados», de junio del mismo año, recogido en P. Boronat y Barrachina: Los moriscos españoles..., op. cit., pp. 636-657.
147 M. Febrer Romaguera y J. Royo Martínez: «Felipe IV, mediante carta real, en 1621 indemniza a la condesa de Alaquàs por la expulsión de los moriscos», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xx, 2001, pp. 37–47.
148 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 7, exp. 223.
149 arv, Manaments y Empares, 1651, l. 6, m. 54, f. 12.
150 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exp. 34.
151 AHN, OM-Caballeros Montesa, exp. 344.
152 arv, Manaments y Empares, 1628, l. 3, m. 25, ff. 19r-23v.
153 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exp. 41.
154 Ibíd., exp. 46.
155 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 125.
156 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 382.
157 Aparte de estos datos sobre los vínculos que heredó y sobre su familia, conocemos también alguna información sobre la actuación de don Juan en la vida pública valenciana. En concreto, en el marco de la revuelta catalana, que llegó a afectar al Reino de Valencia, especialmente a la zona del Maestrazgo, se creó una Junta de Electos de los tres Estamentos, en fecha de 23 de abril de 1642, para tratar sobre la defensa del reino. Don Juan Pardo de la Casta resultó uno de los elegidos por el Estamento Militar. Ver Llibre de memòries..., op. cit., pp. 1138–1140.
158 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 2, exp. 54.
159 J. Casey: El regne de València al segle xvii, Madrid, Siglo XXI de España, 1983, p. 37.
160 A. Fort Navarro y E. Martínez Ibáñez: «Análisis del cabreve de Alaquàs de 1629», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xviii, 1999, pp. 21–65.
161 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 118.
162 J. Casey: El regne de València..., op. cit., p. 150.
163 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 118. Ver también J. Casey: El regne de València..., op. cit., p. 151.
164 arv, Bailía, libro 1.211, ff. 102r-118v.
165 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 381.
166 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 9, exp. 286 y caja 13, exp. 376.
167 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra C, n.º 851.
168 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra S, n.º 3.280.
169 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra S, n.º 3.375.
170 arv, Real Audiencia, Procesos, parte 1.ª, letra C, n.º 756.
171 arv, Manaments y empares, 1641, L. 5, M. 42, ff. 21r-22r.
172 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 115C. Se trata de una copia de 7 de mayo de 1787. En las cartas-puebla de Benifairó y de La Llosa, se equipara una sarria a 4 arrobas. Ver E. Císcar Pallarés: Tierra y señorío..., op. cit., p. 267.
173 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 115A. Se trata de una copia de 1772.
174 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 13, exp. 368. Ver también arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 3, exp. 115B y arv, Sentencias, caja 345, n.º 4.
175 J. A. Catalá Sanz: Rentas y patrimonio de la nobleza valenciana en el siglo xviii, Madrid, Siglo XXI, 1995, pp. 114 y 288.
176 E. Martínez Ibáñez y A. Fort Navarro: «Situación financiera...», op. cit., p. 28. Se trata del proceso entre el entonces conde de Alaquàs y sus acreedores, por el que pedía que se redujeran las pensiones que les pagaba al 5%. Los acreedores afirmaban que don Luis tenía varias casas de alto alquiler en Valencia, nombraban una en la calle Trinquete Caballeros, otra en la calle de la Alcudia y una tercera en la entrada del puente de los Serranos. También afirmaban que poseía muchas más, como la que tenía en la calle Caballeros que había vendido a buen precio después de la expulsión de los moriscos.
177 appv, Prot. Pedro Juan Ferrer, 10.188, s. fol.
178 Ibíd.
179 J. Brines Blasco, A. Felipo Orts, M. J. Gimeno Sanfeliu y C. Pérez Aparicio: Formación y disolución..., op. cit., p. 74.
180 V. García Martínez: «El castell d’Alaquàs. Proceso de restauración, características tipológicas e influencias», en VV. AA.: Patrimonio monumental 2. Intervenciones recientes, Valencia, Ícaro, 2008, p. 277. De momento no se ha realizado un trabajo que aglutine los estudios arquitectónicos y arqueológicos del castell de Alaquàs y la historia de los linajes que lo poseyeron. El arquitecto Vicente García indica que quizá las obras de mejora del castell continuaron con doña Gerónima de Aguilar y su marido, don Pedro Pardo de la Casta, hacia finales de siglo, lo que, a nuestro juicio, no es posible porque ella falleció en 1564 y él en 1577, ambos antes que don Gaspar de Aguilar. También comenta que es probable que el hijo de ambos, don Juan Pardo de la Casta, continuara las mejoras con motivo del matrimonio de su hijo don Luis con doña Catalina Cabanilles. En F. M. Garín y Ortiz de Taranco y otros: Catálogo monumental de la provincia de Valencia, Valencia, Caja de Ahorros de Valencia, 1986, pp. 497-498, otra obra general que dedica una parte al castell, se afirma que fue don Luis quien mandó construir el palacio en 1582, aprovechando una construcción anterior. También en el libro de J. M. Cortina Pérez y V. Ferrán Salvador: El palacio señorial de Alaquàs, Alaquàs, Ajuntament d’Alaquàs, 2004, edición facsímil del original de 1922, pp. 60-61, se atribuye el impulso edificador del castell a don Luis Pardo de la Casta, aunque sin especificar una fecha de inicio. Las dudas sobre quién inició las obras más importantes se deben, sin duda, a que estas tuvieron lugar en el último cuarto del siglo xvi, momento en el que se sucedieron varios señores en Alaquàs. En 1584 falleció don Gaspar de Aguilar y tomó posesión del señorío su sobrino, don Juan Pardo de la Casta. En 1589, se produjo el enlace entre su hijo y heredero, don Luis, y doña Catalina Cabanilles, y un año después moría don Juan, sucediéndole el citado don Luis. Por lo tanto, en los seis años que van de 1584 a 1590 hubo tres barones de Alaquàs.
181 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 6, exp. 161.
182 appv, Protocolo Pedro Juan Ferrer, n.º 10.188 y 10.189, s. f. (testamento y codicilos de don Juan Pardo de la Casta).
183 arv, Sentencias, caja 375, n.º 1.433.
184 Jorge Antonio Catalá cifra en ocho o nueve el número medio de criados que poseía la nobleza valenciana en el siglo xviii. J. A. Catalá Sanz: Rentas y patrimonio..., op. cit., p. 263.
185 arv, Sentencias, caja 375, n.º 1.433.
186 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, f. 4v.
187 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 4, exp. 125.
188 aca, ca, Secretaría de Valencia, legajo 755, n.º 89.
189 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exp. 39.
190 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 12, exp. 322.
191 arv, Manaments y Empares, 1651, l. 5, m. 50, ff. 11r-18v.
192 arv, Manaments y Empares, 1689, l. 3, m. 28, ff. 1r-20v.
193 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exp. 43.
194 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 52v–55v.
195 arv, Real Cancillería, 669, ff. 284v-286, y arv, Real Cancillería, 695, ff. 300r-304v.
196 A. Felipo Orts: «L’accés de la noblesa titulada al govern de la Ciutat de València (1652-1707)», Pedralbes: Revista d’Història Moderna, 13, 1993, pp. 469-483.
197 amv, Lletres missives, g3-60, 3.ª mano, f. 3-v.
198 Insaculación de jurats en amv, Manual de Consells, A-194, ff. 293r-296v. El juramento de los jurats en amv, Manual de Consells, A-195, f. 2r. Ver también J. Aierdi: Dietari. Notícies de València i son Regne. De 1661 a 1664 i de 1667 a 1679, Barcelona, Barcino, 1999, pp. 293 y 301.
199 amv, Expedientes de insaculación, T-2, exp. 64, s. fol.
200 J. Aierdi: Dietari..., op. cit., p. 303. Véase también L. Guía Marín: «La revolta dels llauradors de l’Horta de 1663», en Estudios dedicados a Juan Peset Aleixandre, 3 vols., Valencia, Universidad de Valencia, 1982, vol. ii, pp. 305–326.
201 amv, Manual de Consells, A-196, ff. 5r-8v (por error se le nombra como don Gaspar Pardo de la Casta, en lugar de don Baltasar).
202 Ibíd., ff. 137r-141v.
203 D. Bernabé Gil: «Nobles valencianos en el servicio regio. La provisión del oficio de Portantveus de Gobernador Ultra Sexonam en la edad moderna», Revista de Historia Moderna, 26, 2008, pp. 16–30.
204 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 790, n.º 10.
205 D. Bernabé Gil: «Nobles valencianos...», op. cit., p. 28.
206 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 790, n.º 10.
207 D. Bernabé Gil: «Nobles valencianos...», op. cit., pp. 28-29.
208 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 916, n.º 207 y leg. 901, n.º 68.
209 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 790, n.º 10.
210 A. Felipo Orts: «L’accés de la noblesa titulada...», op. cit., p. 480.
211 amv, Cartas Reales, h3-13, ff. 87v-89v.
212 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 929, n.º 53.
213 arv, Bailia, 1.216, f. 429r. El primer documento firmado por don Pedro Pardo de la Casta como baile general tiene fecha del 8 de junio de 1691 y su desempeño real del oficio se extendió entre mayo de 1692 y abril de 1693. Poco después moría por una herida recibida de forma violenta que le dejó manco. Ver appv, Protocolo Juan Symian, 1920, s. f. y S. García Martínez: Valencia bajo Carlos II..., p. 249. En su lugar, fue nombrado baile general su hermano don Juan, según privilegio real de Carlos II firmado el 14 de septiembre de ese año. Ver arv, Bailia, 1.216, ff. 565v-567v.
214 C. García Monerris: La Corona contra la historia. José Canga Argüelles y la reforma del Real Patrimonio valenciano, Valencia, Universitat de València, 2004, p. 217, n. 40.
215 rah, Colección don Luis Salazar y Castro, 9/667, i-42, ff. 45r-46v.
216 J. Correa Ballester: La hacienda foral valenciana. El Real Patrimonio en el siglo xvii, Valencia, Consell Valencià de Cultura, 1995, p. 38.
217 C. López Rodríguez: «El archivo Real y General del Reino de Valencia», Cuadernos de Historia Moderna, 17, 1996, pp. 186–187.
218 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 819, n.º 1.
219 J. Juan Vidal: Els virreis de Mallorca (ss. xvi-xvii), Palma de Mallorca, El Tall, 2002, pp. 67-76. En este libro aparece citado como «Gaspar» Pardo de la Casta.
220 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 787, n.º 50.
221 U. de Casanova y Todolí: Aproximación a la historia mallorquina del siglo xvii, Salamanca, Amarú, 2004, pp. 49–57.
222 A. Espino López: «Recluta de tropas y bandolerismo durante el reinado de Carlos II: el caso de la compañía ilicitana del capitán Gaspar Irles (1677)», Revista de Historia Moderna, 24, 2006, pp. 497–499.
223 U. de Casanova y Todolí: Aproximación a la historia..., op. cit., pp. 76–77.
224 J. Juan Vidal: Els virreis de Mallorca..., op. cit., pp. 67–76.
225 M. Colom y J. Serra: «Societat de les illes en els segles xvi i xvii», en E. Belenguer (dir.): Història de les Illes Balears, 3 vol., volum ii, L’Època foral i la seva evolució (12301715), Barcelona, Edicions 62, 2004, pp. 453–470.
226 AHN, Consejos, libro 2.548, ff. 139v-140r. En unas cartas que envían la Real Audiencia y los jurados del Reino de Mallorca al rey, le refieren que el marqués de la Casta «ha administrado en su tiempo la justicia con mucha rectitud sin admitir composiciones de delictos y ha estado con mucha paz y sosiego aquel Reyno por haver castigado con pena capital a los que lo han merecido y otros ha condenado a galeras de suerte que han cessado los robos tan continuos que se experimentaban en los caminos ganando ahora el reyno de tranquilidad universal».
227 J. Juan Vidal: Els virreis de Mallorca..., op. cit., pp. 67-76.
228 Ibíd.
229 M. Colom y J. Serra: «Societat de les illes...», op. cit., p. 464.
230 J. Juan Vidal: Els virreis de Mallorca..., op. cit., pp. 73-74.
231 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 674, n.º 29, 35 y 38.
232 aca, ca, Secretaría de Valencia, leg. 671, n.º 23.
233 J. Royo Martínez: «Las notas útiles para la historia del Reino de Valencia (Alaquàs) de Pedro Sucias Aparicio», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xv, 1996, pp. 74-75.
234 V. Graullera: «Alaquàs a finales del siglo xvii. Algunos aspectos sobre el gobierno de la población», Quaderns d’Investigació d’Alaquàs, xx, 2001, p. 50.
235 Ibíd., pp. 53-54.
236 appv, Protocolo Juan Symian, n.º 1.920, s. f.
237 La iglesia de Nuestra Señora del Olivar todavía existe hoy en día y tiene una capilla lateral dedicada a San Francisco de Paula, la única con cúpula y linterna sobre pechinas, aunque no se ha podido hallar ninguna lápida o inscripción que haga referencia a los Pardo de la Casta.
238 appv, Protocolo Juan Symian, n.º 1.921, s. fol., y arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 6, exp. 161.
239 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 1, exps. 44 y 45.
240 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 55r.
241 P. Mas i Usó: Academias valencianas del Barroco, Kassel (Alemania), Reichenberger, 1999, p. 319.
242 El privilegio real del nombramiento, de 14 de septiembre de 1693, en arv, Bailía, 1.216, ff. 565v-567v.
243 C. Pérez Aparicio y A. Felipo Orts: «Un drama personal i col·lectiu. L’exili austriacista valencià», Pedralbes, 18, 1998, p. 335.
244 C. Pérez Aparicio: Canvi dinàstic i guerra de successió. La fi del Regne de València, Valencia, 3i4, 2007, vol. ii, p. 581.
245 Ibíd., pp. 507 y 534.
246 F. de Castellví: Narraciones históricas, edición de Josep M. Mundet i Gifre y José Alcina Roca; estudio preliminar de Francisco Canals Vidal, Madrid, Fundación Francisco Elías de Tejada y Erasmo Percopo, 1997-1999, vol. ii, p. 432. Por error, figura como marqués de la Casta don Pedro en lugar de don Juan Pardo de la Casta.
247 P. Molas Ribalta: «Com es rebia un “Grande” a Barcelona», Pedralbes, 23, 2003, p. 390.
248 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, ff. 55v-56r.
249 Ibíd., f. 55.
250 V. León Sanz: Entre Austrias y Borbones. El Archiduque Carlos y la monarquía de España (1700-1714), Madrid, Sigilo, 1993, p. 188.
251 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 6, exp. 161.
252 Ibíd. También se recoge la petición en arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 2, exp. 65.
253 Disponible en:<http://www.grandesp.org.uk/historia/gzas/lacasta.htm>. (Última consulta, el 3 de mayo de 2010).
254 Este proceso se encuentra recogido en varios expedientes de la Casa de Alaquàs: caja 2, exps. 61 y 63 y caja 8, exp. 281.
255 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 56r-v.
256 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 12, exp. 335.
257 arv, Divers, Casa de Alaquàs, caja 2, exps. 48 y 55 y caja 7, exps. 198 y 201-204. La toma de posesión se llevó a cabo el 5 de febrero de 1737, según consta en la caja 7, exp. 193.
258 amv, Fondo Serrano Morales, 6.429, mano 2, f. 57r.
259 Ibíd., f. 58v. La carta real de sucesión en el título de marqués de la Casta fue expedida en julio de 1792, según consta en AHN, Consejos, libro 2.506, f. 5.