Читать книгу Practicum Ejercicio de la abogacía 2022 - Alberto Palomar Olmeda - Страница 380

5.9.6. Fijación de la legítima

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El artículo 818 del Código Civil determina las bases para fijar la legítima:

«Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento. Al valor líquido de los bienes hereditarios se agregará el de las donaciones colacionables».

Y los artículos 819 a 822 precisan normas para fijar dicha legítima.

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Practicum Ejercicio de la abogacía 2022

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