Читать книгу Gestión fiscal. ADGD0108 - Francisco Antonio Ramírez Sánchez - Страница 19
3.3. El procedimiento de recaudación
ОглавлениеConsiste en el ejercicio del cobro de las deudas que han sido liquidadas previamente por la Administración. La recaudación de las deudas tributarias podrá realizarse:
En período voluntario, mediante el pago o cumplimiento del obligado tributario en los plazos previstos en el artículo 62 de la LGT.
En el período ejecutivo, mediante el pago o cumplimiento espontáneo del obligado tributario o, en su defecto, a través del procedimiento de apremio. Se inicia:En el caso de las deudas liquidadas por la Administración Tributaria, al día siguiente del vencimiento del plazo establecido en el artículo 62 de la LGT.En el caso de deudas a ingresar mediante autoliquidación presentada sin realizar el ingreso, al día siguiente de la finalización del plazo que establezca la normativa de cada tributo.
Existen dos casos en los que no será posible el inicio del período ejecutivo: cuando se presente una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, o una compensación en periodo voluntario por parte del obligado, así como cuando se interponga un recurso o reclamación en tiempo y forma contra una sanción.
Iniciado el período ejecutivo, la Administración Tributaria efectuará la recaudación de las deudas liquidadas o autoliquidadas.
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12. Si un contribuyente recibe una carta de pago de impuesto que vence el día 15 del mes siguiente y pide un fraccionamiento del importe, ¿cuándo comienza el período ejecutivo para el cobro de la deuda?