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2. EL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD

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Hay que establecer la forma en que el encargado del tratamiento garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se han comprometido, de forma expresa, a respetar la confidencialidad o, en su caso, si están sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria.

El cumplimiento de esta obligación debe quedar documentado y a disposición del responsable del tratamiento.

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