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3. EL MARCO DE ACTUACIÓN CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y EL DETERIORO AMBIENTAL 3.1. EL PROBLEMA DE LOS BIENES COLECTIVOS Y LA AUSENCIA DE UNA ADECUADA GOBERNANZA MEDIOAMBIENTAL

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El medioambiente representa el paradigma de “bien colectivo puro”, y, concretamente, de alcance universal25. Este tipo de bienes (y servicios) se caracteriza por dos rasgos fundamentales (Domínguez Martínez, 2004): presenta, de manera extrema, el rasgo de “no rivalidad en el consumo”, y, por otro lado, el de “imposibilidad de exclusión”26. Así, un nivel dado de adecuación o de deterioro del medioambiente afecta inexorablemente de manera uniforme a toda la población del planeta, sin perjuicio de que, en razón de la ubicación en territorios concretos, los efectos asociados a las variaciones climáticas afecten de manera desigual.

La teoría económica ha mostrado cómo el problema del “free rider” (“usuario gratuito”, “polizón”, o “gorrón”, según sus distintas acepciones) impide, con carácter general, que, mediante el libre juego de los agentes implicados, pueda garantizarse una adecuada oferta o un nivel óptimo de los referidos bienes colectivos.

La intervención del sector público para suministrar la oferta de los servicios colectivos puros, basando su financiación en impuestos, es la receta tradicional que emana de la teoría de la hacienda pública27. Se trata de un esquema que puede funcionar bastante bien –cuestiones de eficiencia al margen– en el caso de bienes y servicios de alcance nacional o territorial, tales como los sistemas de defensa, justicia o sanidad. La prescripción no quiebra intrínsecamente en los casos de un bien internacional o incluso universal, para los que sería igualmente aplicable, si bien bajo el paraguas de un gobierno con un alcance equiparable al del radio de influencia del bien o servicio en cuestión. Pero es justamente en el ámbito del medioambiente, dada su condición de “bien colectivo puro” de alcance universal, donde más claramente se pone de manifiesto la asimetría existente entre dicha extensión y la limitación de los gobiernos existentes, que siguen anclados en esquemas pretéritos típicos del Estadonación (Domínguez Martínez, 2014, pág. 5)28.

La dimensión de los grandes problemas medioambientales requiere que, para su tratamiento y solución, se arbitren medidas a escala mundial. De otro modo, surgen, inevitablemente, consecuencias “dramáticas” o “trágicas” de distinto tenor. De un lado, puesto que la acción aislada de una persona apenas tiene importancia ante un problema de escala global, se genera una tendencia a no modificar el comportamiento individual, al no tener la garantía de que los demás van a seguir la conducta adecuada y, además, teniendo la certeza de beneficiarse gratuitamente de las acciones positivas de otros. Mutatis mutandis, el razonamiento puede escalarse hasta llegar al nivel de los Estados. Sólo una acción coordinada mundialmente o, aún mejor, implementada por una autoridad mundial, puede tener verdadera eficacia en la aplicación de medidas para hacer frente a un problema de extensión planetaria. Como se señala más adelante, la dinámica de acuerdos internacionales de adhesión voluntaria, aunque sea merecedora de respaldo, muestra, a la vista de la experiencia, patentes insuficiencias.

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

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