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3.4. EL ACUERDO DE PARÍS Y LA AGENDA 2030 PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

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En los últimos años se han producido dos hitos, ambos en 2015, para la política medioambiental en el plano internacional. Uno es la firma del Acuerdo de París sobre Cambio Climático, el otro, la aprobación de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, que aglutina los 17 ODS.

Los ODS y el Acuerdo de París “conforman el frontispicio de los pilares de la sostenibilidad compartida, y el Plan de Acción de la Comisión Europea sobre Finanzas Sostenibles va a cimentar esta nueva arquitectura” (Comité Económico y Social Europeo, 2018).

En el Plan de Acción de la Comisión Europea sobre Finanzas Sostenibles, tras identificar el Acuerdo de París y la Agenda 2030 como los ejes de la nueva estrategia, se fija un elevado nivel de exigencia al sistema financiero, ya que, para atenuar “las consecuencias catastróficas e imprevisibles del cambio climático y del agotamiento de los recursos”, su desempeño es esencial para “reorientar el capital privado hacia inversiones más sostenibles” (López Jiménez, 2019b, pág. 5).

Referencias a ambos instrumentos también se pueden hallar en el Plan de Acción de la Autoridad Bancaria Europea (Autoridad Bancaria Europea, 2019a, pág. 4) o en el documento de discusión de esta institución sobre la gestión y la supervisión de los riesgos ASG por las entidades de crédito y las empresas de inversión (Autoridad Bancaria Europea, 2020c, págs. 11, 85-86).

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

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