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3.4.2. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

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La Agenda 2030, impulsada por Naciones Unidas, tiene una importancia de primer orden53. Stern (2015b, pág. 9) apunta una serie de argumentos que hacen concebir esperanzas acerca del impulso de la cooperación internacional en materia de medioambiente. Incluso afirma que “una acción enérgica y cooperativa marcará el comienzo de un período de extraordinaria creatividad, innovación, inversión y crecimiento”. La Agenda 2030 y los 17 ODS podrían ser el catalizador de esta acción concertada.

La Unión Europea pretende trazar el camino a seguir por el resto del planeta para la implementación de los ODS y la transición hacia una economía sostenible, lo que permitiría a aquella beneficiarse de esta transición y obtener una ventaja competitiva (Comisión Europea, 2019a, pág. 14).

Los Ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio procuraron alcanzar determinados fines de interés para toda la humanidad, tomando 2015 como límite temporal para su cumplimiento, destacando el propósito de erradicar la pobreza extrema y el hambre. A pesar de los avances experimentados, la cantidad de personas que vivían en situación de pobreza extrema en 2015 solo –o nada menos– se redujo a la mitad (López Jiménez, 2019c).

Y así es cómo se llega a la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobada el 25 de septiembre de 2015 con el título “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, que comprende los 17 ODS y sus 169 Metas, que se describen como la “nueva agenda universal”, bajo el lema, sobradamente conocido a estas alturas, de que “nadie se quede atrás”. Para la Comisión Europea (2019a, pág. 13) los ODS son, por definición, “objetivos globales”.

Los Estados firmantes de la Resolución, que son todos los del planeta, admiten que “la Agenda tiene un alcance y una importancia sin precedentes”, y que “nunca hasta ahora se habían comprometido los líderes del mundo con una acción y un empeño comunes en pro de una agenda de políticas tan amplia y universal”.

Los ODS retoman los Objetivos de Desarrollo del Milenio y aspiran a conseguir, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 (fecha de su entrada en vigor) y 2030, lo que estos no lograron, con la presión adicional que inspiran el calentamiento global y las previsibles dificultades que el aumento de la temperatura del planeta podría originar, sobre todo a los más desfavorecidos, con la carga añadida de la recuperación post-COVID.

El Comité Económico y Social Europeo (2019) considera que la humanidad dispone hasta el año 2030 para limitar las emisiones de gases de efectos invernadero para “evitar un aumento de las temperaturas globales antes de alcanzar unos niveles peligrosos, posiblemente irreversibles, que provocarían una crisis climática”.

En realidad, los ODS son mucho más que la lucha contra el cambio climático. En el preámbulo de la citada Resolución de las Naciones Unidas por la que se aprueba la Agenda 2030 se afirma que esta “es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad”, que también tiene por objeto “fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad”, y que “la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible”.

Las finanzas sostenibles representan “el compromiso tangible del sector financiero con los ODS, la respuesta a los desafíos que estos representan” (Roldán, 2019b, pág. 3). Las empresas “que se comprometan con tomar medidas en línea con los ODS se pueden beneficiar, a corto plazo, de una mayor fidelidad de los clientes, un mayor compromiso de sus empleados y menores costes de capital. En cambio, existe un riesgo reputacional para las empresas que sean percibidas como parte del problema y que no estén actuando con decisión para frenar el cambio climático” (Murillo, 2019, pág. 34).

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

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