Читать книгу Protocolo para la organización de actos oficiales y empresariales. - Juan de Dios Orozco López - Страница 24
5.3. Las precedencias
ОглавлениеLas precedencias, en protocolo oficial, vienen a determinar “quién va delante de quién” entre las autoridades que concurren a un acto público.
Es evidente que un ministro debe preceder a un director general y que, incluso, determinados ministros precederán a otros por su importancia relativa. Esa “importancia” viene especificada en los reglamentos de precedencias o queda establecida explícita o implícitamente por la persona que tiene capacidad legal para establecer el orden de las personas dentro de un organismo oficial. En relación con este caso, podemos afirmar que, en términos generales, es el ministro el que, dentro de su ministerio, establece las precedencias de sus directores generales, de la misma forma que un alcalde determina lo propio entre sus concejales.
Algunas normas de precedencias de países democráticos como España dejan claro que el establecimiento de las precedencias no confiere “por sí, honor o jerarquía, ni implica, fuera de él, modificación del propio rango, competencia o funciones reconocidas o atribuidas por la Ley[24]”. Desde mi modesto punto de vista, estar cerca de alguien situado a la cabeza de una organización es siempre motivo de honor y, casi por definición, el que precede, precede porque jerárquicamente está más arriba del precedido.
Para justificar lo anterior, observe el siguiente listado de precedencias que se corresponde con parte del art. 10º del R. D. 2099/1983 de 4 de agosto, por el que se aprueba el Ordenamiento General de Precedencias en el Estado de España.
1 Rey o Reina.
2 Reina consorte o Consorte de la Reina.
3 Príncipe o Princesa de Asturias.
4 Infantes de España.
5 Presidente del Gobierno.
6 Presidente del Congreso de los Diputados.
7 Presidente del Senado.
8 Presidente del Tribunal Constitucional.
9 Presidente del Consejo General del Poder Judicial.
10 Vicepresidentes del Gobierno, según su orden.
11 Ministros del Gobierno, según su orden.
12 Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España.
13 Ex Presidentes del Gobierno.
14 Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, según su orden.
15 Jefe de la Oposición.
Quien más se acerca al n.º 1, que en este caso es el Rey o la Reina, tiene más responsabilidad, jerárquicamente tiene más subordinados y, desde luego, tendrá más honores que los que le siguen.
Así que me atrevo a afirmar que las precedencias, en el ámbito oficial, confieren honor, determinan jerarquías y están íntima y directamente relacionadas con las responsabilidades que una autoridad desempeña.
Lo que queda meridianamente claro en el establecimiento de precedencias oficiales es que cada país legisla conforme a sus necesidades y sus propias preferencias. En la ordenación de las personas que ocupan los cargos públicos se puede observar la condición democrática o dictatorial de un país, la división y separación de poderes y lo avanzado de su organización política.
En protocolo oficial, alterar el orden de precedencias es muy difícil y, en este sentido, se podría hablar de un tipo de protocolo rígido, como ya hemos dicho. La tradición, la costumbre y la norma legal establecen por periodos prolongados de tiempo qué se debe hacer, cuándo y cómo. El porqué solo afecta al inicio de la redacción de los reglamentos en los que se suele dar razón para el establecimiento de los mismos mediante una exposición de motivos que provocan la aprobación de la norma.
Legislar de nuevo o modificar una norma legal requiere a veces de complejos mecanismos y consenso político. Una legislación en la que se determine quién va delante de quién, por encima de ideologías y con idea de establecer una norma perdurable, requiere el consenso y la cesión de parcelas de poder que los políticos no siempre están dispuestos a transferir. Por citar un caso, desde 1983 hasta la fecha –finales de julio del año 2015– no se ha modificado o ampliado sustancialmente la normativa legal de precedencias en España, aun cuando está completamente obsoleta y su aplicación en determinados casos es arriesgada.
La ausencia de norma, por otro lado, permite al poder ejecutivo hacer y deshacer según su conveniencia dado que, al no estar determinada la preferencia en el lugar a ocupar, siempre se puede colocar al que más convenga según las “necesidades” del momento. En este caso, la vanidad, la preferencia personal o la ideología política de quien está en el poder podrían llegar a soslayar los más elementales principios democráticos.