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3.1. Normativa europea

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Atendiendo a la legislación europea, cabe destacar las siguientes normativas:

1 Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) nº 1493/1999, (CE) nº 1782/2003, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 3/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 2392/86 y (CE) nº 1493/1999. Este reglamento establece normas específicas que se aplican a la producción y comercialización de los productos del sector vitivinícola, estableciendo las medidas de apoyo y reglamentarias, las normas sobre los intercambios comerciales con terceros países y las normas que regulan el potencial productivo. (NOTA: reglamento derogado por el Reglamento (CE) 491/2009. Se mantienen la referencia y el texto consolidado del reglamento (CE) 479/2008, por continuar la aplicabilidad transitoria del artículo 128 apartado 3 a las medidas y en las condiciones que en él se determinan, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento (CE) 491/2009.

2 Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007. Este reglamento establece la organización común de mercados de los productos agrarios, que comprende todos los productos enumerados en el anexo I de los Tratados, salvo los productos de la pesca y de la acuicultura definidos en los actos legislativos de la Unión relativos a la organización común de mercados de los productos de la pesca y de la acuicultura.

3 Reglamento (UE) nº 401/2010 de la Comisión de 7 de mayo de 2010 que modifica y corrige el Reglamento (CE) nº 607/2009, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, a los términos tradicionales, al etiquetado y a la presentación de determinados productos vitivinícolas.


Todos los países de la Unión Europea deberán cumplir con la legislación comunitaria en materia de vinos, además de la correspondiente a cada país.

Vinos, otras bebidas alcohólicas, aguas, cafés e infusiones. HOTR0209

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