Читать книгу Practicum Fiscal 2021 - Marina Castro Bosque - Страница 269
18.2.1. Requisitos de la entidad de nueva o reciente creación
ОглавлениеPara la aplicación de la deducción, es necesario, en primer lugar, que la entidad cumpla los siguientes requisitos (apartado 2º):
1. Revestir la forma jurídica de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral.
2. No estar admitida a cotización en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004.
3. La entidad debe desarrollar una actividad económica contando con medios personales y materiales. No se cumplirá este requisito cuando la entidad se dedique a la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario en los términos del artículo 4.8 LIP en alguno de los períodos impositivos concluidos con anterioridad a la transmisión de las acciones o participaciones
4. El importe de la cifra de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el inicio del período impositivo de la misma en el que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones (esa cifra se referirá al grupo de sociedades en que la entidad esté incluida con arreglo al artículo 42 del Código de Comercio).
La entidad deberá emitir una certificación al contribuyente en el período impositivo de adquisición de la inversión en que se indique el cumplimiento de los requisitos anteriores (apartado 5º).