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Capítulo 3 La responsabilidad del Estado legislador y su relación con la expropiación forzosa. Vías de defensa frente a privaciones legales de derechos y de intereses patrimoniales*)
ОглавлениеPEDRO RUBIO ESCOBAR
Abogado. Socio de ONTIER.
Sumario:
I. Introducción 1. Planteamiento de la cuestión 2. Origen de la confusión 2.1. Planteamiento del Tribunal Constitucional 2.2. Primeros pronunciamientos del Tribunal Supremo A. Referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo (Sección 2.ª) de 11 de octubre de 1991 (RJ 1991, 7784) B. Referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo (Sección 6.ª) de 5 de marzo de 1993 (RJ 1993, 1623)
II. Diferenciación jurisprudencial y doctrinal entre expropiación y delimitación de derechos
III. El artículo 32.3 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (anterior artículo 139.3 de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), y su interpretación jurisprudencial y doctrinal 1. Posición del Tribunal Supremo sobre los presupuestos para la estimación de reclamaciones de responsabilidad del Estado legislador, tras la promulgación del artículo 139.3 de la de la 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Particular referencia a la responsabilidad patrimonial frente a leyes expropiatorias 2. Posición de la doctrina
IV. Conclusiones 1. Supuesto de leyes privativas o que afecten sustancialmente el contenido de derechos o de intereses patrimoniales legítimos incorporados en el patrimonio del afectado, sin que medie indemnización, o en los que la indemnización prevista legalmente no guarde «proporcional equilibrio» con el valor del derecho o del interés patrimonial privado o afectado 2. Supuesto de leyes privativas o que afecten sustancialmente el contenido de derechos o de intereses patrimoniales legítimos incorporados en el patrimonio del afectado, en los que la ley fije una indemnización de manera cerrada que no permita su concreción por parte de la Administración 3. Supuesto de leyes privativas o que afecten sustancialmente el contenido de derechos o de intereses patrimoniales legítimos incorporados en el patrimonio del afectado, en los que la ley fije una indemnización de manera abierta que permita su concreción por parte de la Administración