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JURISPRUDENCIA

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Advertencia: A continuación, se indicará una jurisprudencia concursal básica referida a este capítulo de la Guía. Para acceder a una jurisprudencia concursal completa, recomendamos acudir a la base de datos de Aranzadi

TS (Sala de lo Civil), sentencia núm. 86/2019 de 13 febrero. (RJ 2019, 372): Efectos del acuerdo extrajudicial de pagos realizado ante notario apareciendo como acreedores los dos hijos del deudor por débito de la pensión de alimentos. Impugnación por la madre ya que no cabe modificar, en sede concursal, el contenido de la obligación de pago de alimentos fijada judicialmente en un procedimiento de familia, ni puede afectar a los concretos créditos por alimentos posteriores a la solicitud del expediente concursal. La quita del 25% y la espera de 48 meses convenidas en el acuerdo extrajudicial de pagos podrían afectar a los créditos por alimentos que el deudor adeudaba antes de que presentara la solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos, pero en ningún caso a los devengados con posterioridad a la solicitud.

AP Vizcaya (Sección 4.ª), auto núm. 1445/2019 de 18 septiembre. (AC 2019, 1445): Admisión a trámite de la solicitud del deudor de declaración del concurso cuando los deudores han intentado celebrar un acuerdo extrajudicial de pagos, pero la renuncia injustificada del mediador concursal impide que haya tenido lugar; existiendo defectos formales subsanables.

AP La Rioja (Sección 1.ª), sentencia núm. 187/2017 de 9 noviembre. (AC 2017, 1590): Anulación del acuerdo extrajudicial de pagos porque no puede llevarse a cabo una rebaja y demora en el pago de los alimentos debidos a los hijos; contrariando lo acordado en sentencia de divorcio y al margen del procedimiento de modificación de medidas. Siendo, en estos casos, el juzgado de primera instancia, de familia, y no el juzgado de lo mercantil, el competente para fijar las pensiones de alimentos.

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