Читать книгу Manual práctico del instructor de los procedimientos sancionadores administrativos y disciplinarios - Antonia Gómez Díaz-Romo - Страница 32

3. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

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En cuanto a la tramitación del procedimiento sancionador, la persona que sea designada como instructor o, en su caso, los titulares de las unidades administrativas que tengan atribuida tal función, son responsables directos de la tramitación del procedimiento y, en especial, del cumplimiento de los plazos establecidos.

El procedimiento sancionador se impulsa de oficio77), por lo que es necesario que el instructor tenga un correcto conocimiento de los plazos previstos en la norma que resulte de aplicación, para garantizar el correcto cumplimiento de los mismos.

De todos los trámites practicados en el seno del procedimiento sancionador debe quedar constancia en el expediente administrativo, pues supone éste, en definitiva, la materialización del procedimiento. Todo lo que no esté incluido documentalmente en el expediente administrativo no forma parte del procedimiento. Por ello se recomienda al instructor (y al secretario) que incluso el contenido de los trámites no documentados se incorpore al expediente administrativo mediante la correspondiente diligencia fechada del instructor (o del secretario). Por ejemplo, puede practicarse una diligencia para hacer constar en ella el contenido de una conversación telefónica mantenida con el inculpado (o con cualquier otra persona), siempre que ésta sea susceptible de tener alguna relevancia jurídica.

Especial importancia tiene el cumplimiento de los plazos en el procedimiento sancionador, ya que al ser un procedimiento que se inicia de oficio, el transcurso del plazo máximo fijado normativamente determinaría la caducidad del mismo, lo que puede afectar también a la prescripción de la infracción, ya que los procedimientos caducados no la interrumpen.

También debe tener en cuenta el instructor la celeridad legalmente exigida78)que le obliga, siempre que ello sea posible, a un impulso simultáneo del procedimiento. Así mismo está obligado en su tramitación a guardar un riguroso orden en la incoación de asuntos homogéneos79), de tal forma que, cuando esté simultáneamente tramitando varios procedimientos sancionadores, no otorgue una caprichosa prioridad a los trámites de unos sobre los de los otros.

Manual práctico del instructor de los procedimientos sancionadores administrativos y disciplinarios

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