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Presentación.

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La actividad económica evoluciona constantemente. A lo largo del tiempo aparecen nuevas figuras y actitudes que contribuyen al desarrollo de la economía y que deben ser protegidas e impulsadas desde distintos ámbitos. Y actualmente una de ellas es el emprendimiento, que pretende fomentar la generación de nuevas actividades económicas. Mediante el emprendimiento se promociona la figura del emprendedor, que es la persona que con iniciativa y con una clara actitud de asunción de riesgo, pone en marcha una actividad económica o un negocio profesional.

No cabe duda de que actualmente se habla mucho de emprendimiento, aunque no siempre se emplea el término con la debida precisión. A veces se utiliza como sinónimo de la actividad empresarial, y se identifica al empresario con el emprendedor, como si esa denominación encontrara mejor acogida social o resultara más adecuada según los planteamientos económicos más modernos. También en un sentido amplio lo define la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a emprendedores y su internacionalización, que lo identifica con aquellas personas que van a desarrollar o están desarrollando una actividad económica productiva. Pero, en rigor, el emprendedor no es propiamente un empresario. Por emprendimiento hay que entender la acción de iniciar una nueva actividad económica, ya sea una pequeña empresa, ya un negocio profesional; de ahí que el emprendimiento esté estrechamente ligado a la idea de creación o de puesta en marcha de una iniciativa económica. Con frecuencia se asocia este concepto a las personas poco avezadas en el mundo de los negocios que se lanzan por vez primera a la aventura de convertir en realidad un atractivo proyecto empresarial. Aunque esta situación no es inherente al concepto de emprendimiento, porque también es un emprendedor quien abandonó su anterior negocio para iniciar otro nuevo, sí que en la práctica son muchos los emprendedores que apenas tienen experiencia en el ámbito empresarial. Esta circunstancia dota de especial atractivo al emprendimiento, porque lo hace más asequible y universal, al ampliar sustancialmente su ámbito de operatividad.

El emprendimiento guarda estrecha relación con la innovación y con el relevante papel que el conocimiento debe desempeñar en cualquier actividad económica. En efecto, la creación de actividades económicas sólo es posible cuando se es capaz de detectar nuevas necesidades todavía no cubiertas y que reclaman ser atendidas, sin más, o serlo de forma más eficiente y adecuada, para lo cual es preciso poseer un espíritu creativo e innovador, cuyo valor añadido en muchos casos vendrá dado por el grado de conocimiento que posea el emprendedor. Asunción de riesgo, creatividad, innovación y conocimiento son elementos inherentes a la cultura del emprendimiento, que también reclama una formación y educación específicas que infundan en las personas las habilidades, aptitudes y actitudes requeridas para impulsar esta clase de acciones.

En sentido estricto, el emprendedor no es todavía un empresario, ni su actividad económica constituye propiamente una empresa; de ahí que resulte tan relevante el fomentar la existencia de emprendedores como el facilitar que éstos lleguen a ser auténticos empresarios. No basta con promocionar nuevas actividades económicas, sino que es necesario garantizar que el incipiente negocio llegue a ser estable, sostenible y en expansión. En realidad, el gran éxito del emprendimiento es lograr que la actividad económica iniciada se consolide y pase a ser una empresa, y que el emprendedor se convierta en un auténtico empresario.

El impacto socio-económico del emprendimiento está siendo tan positivo como intenso, presenta un largo recorrido y ofrece insospechadas posibilidades en el futuro, que en muchas ocasiones se traducirá en un masivo cambio de actitudes encaminado a espolear la iniciativa personal en materia empresarial. Precisamente por ello el emprendimiento debe ser protegido y fomentado desde distintas ramas jurídicas, entre las que se encuentra el Derecho Tributario. No cabe duda de que la fiscalidad constituye un instrumento muy útil para impulsar este fenómeno, y que los tributos pueden contribuir a su adecuado desarrollo a través del establecimiento de determinados beneficios fiscales que incentiven el inicio de nuevas actividades económicas y negocios profesionales. En efecto, las exenciones, las reducciones en la base imponible, las deducciones y bonificaciones en la cuota tributaria, así como la regulación de tipos de gravamen reducidos pueden contribuir de forma efectiva a fomentar actitudes emprendedoras.

A nadie se le escapa que al operar de este modo el tributo se sitúa en el ámbito de la extrafiscalidad, porque, además de la finalidad recaudatoria, persigue también otros fines protegibles por el Derecho. Dentro de la extrafiscalidad se puede distinguir los tributos que son genuinamente recaudatorios pero que contienen algunos elementos extrafiscales, de aquellos otros que en su fundamento y estructura están concebidos para lograr una finalidad de carácter extrafiscal. En rigor, sólo estos últimos pueden calificarse de tributos propiamente extrafiscales. Pues bien, como comprobaremos a los largo de este libro, la fiscalidad del emprendimiento se ubica claramente entre los primeros tributos, porque es en ellos donde se encuentra la mayor parte de los incentivos fiscales encaminados a impulsar este fenómeno económico.

Para que la embrionaria actividad económica se desarrolle es fundamental que el emprendedor pueda asegurar su financiación, que en muchos casos deberá ser ajena, por lo que no es extraño que en torno al emprendimiento aparezcan importantes figuras, como el business angel o el crowdfunding, encaminadas a garantizar aquella finalidad. En los albores de una actividad económica puede no ser fácil conseguir financiación de las entidades bancarias, siendo necesario obtener fondos de entornos más próximos (familiares, amigos) o de lanzar una solicitud general a una masa indeterminada de sujetos, circunstancias todas ellas que deben ser protegidas y fomentadas por el legislador tributario. El grado de efectividad de los beneficios fiscales se verificará en buena parte a la luz del impacto que hayan tenido en la financiación de las nuevas actividades económicas: sólo habrán sido útiles si sirvieron para que terceras personas se animaran a financiar el nuevo negocio. El tratamiento fiscal de aquellas figuras es analizado con profundidad en varios capítulos de este libro.

Además de la financiación, el Derecho Tributario debe dispensar una atención directa al emprendedor, que puede operar como personas física o jurídica; en el primer caso interesa especialmente conocer el régimen tributario de los trabajadores autónomos, al cual se dedican dos capítulos específicos. En esta obra también se examina exhaustivamente el régimen fiscal del emprendedor que adopta la forma societaria, así como el tratamiento que se le dispensa en el IVA y en determinados impuestos cedidos a las CC.AA.

Un completo estudio de la fiscalidad del emprendimiento exige abordar el régimen tributario de las Empresas de Base Tecnológica y de las Startups. Es cierto que el emprendimiento se puede materializar a través de fórmulas muy diferentes, pero no puede ignorarse que con frecuencia se articula a través de estas dos clases de empresas, que por estar tan ligadas a la investigación y a la innovación, merecen una especial atención. En este sentido, se dispensa un capítulo específico al análisis del régimen fiscal de estas dos figuras.

Este libro resultaría incompleto si en él no se examinase la fiscalidad de los aspectos internacionales del emprendimiento. Durante los últimos años la empresa española ha hecho un gran esfuerzo por internacionalizarse, logrando magníficos resultados. Es cierto que el emprendimiento, que apunta a la fase embrionaria de una empresa o negocio, se muestra más reticente ante el reto de proyectar la actividad económica al exterior, pero no por ello puede perder de vista la necesidad de internacionalizarse. En el libro también se analiza la fiscalidad de los aspectos internacionales del emprendimiento.

Completan esta obra un exhaustivo e interesante análisis de la responsabilidad tributaria del emprendedor, así como un estudio del tratamiento fiscal que el País Vasco –pionero en muchos aspectos‒ ha otorgado al emprendimiento.

Todos los autores del libro son prestigiosos tributaristas, rigurosos investigadores y reconocidos especialistas en la materia que han abordado. Quiero expresar a todos ellos mi más sincero agradecimiento por aceptar participar en esta obra colectiva, por el excelente trabajo que han realizado y por su diligencia en el cumplimiento de los inexorables plazos de entrega que inevitablemente tiene que imponer la Editorial. Extiendo de forma especial este agradecimiento a Carlos de Pablo, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario y acreditado de catedrático en la Universidad de Cantabria, que ha actuado como coordinador de esta obra.

El libro que el lector tiene en sus manos constituye un auténtico tratado jurídico, en el que se abordan con rigor científico, profundidad y completud los aspectos más relevantes de la fiscalidad del emprendimiento. Aunque no faltan publicaciones sobre esta misma materia, algunas muy meritorias –procedentes en su mayoría del mundo universitario‒, no es fácil encontrar en la literatura tributaria actual una obra que con tanta exhaustividad examine el régimen tributario de este fenómeno empresarial.

Este tratado se enmarca dentro del proyecto de investigación del Plan Nacional I+D+i titulado «La fiscalidad del emprendimiento» (DER2015-63816-P; MINECO/FEDER,UE). Agradezco al entonces Ministerio de Economía y Competitividad la concesión de este proyecto y el patrocinio de este libro.

También quiero agradecer al Centro Internacional Santander Emprendimiento (CISE) su patrocinio y su activa participación en la edición de esta obra, que se ha concretado en la elaboración de un interesante primer capítulo, que introduce al lector en el mundo del emprendimiento, así como en la aportación de materiales, datos y publicaciones en torno a esta figura, los cuales han resultado de gran utilidad a los demás autores. Deseo concretar este agradecimiento en el Director del CISE, Federico Gutiérrez Solana, catedrático de Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica, que desde el primer momento mostró gran interés por la elaboración de este libro.

No quiero finalizar esta presentación sin referirme a una amenaza que planea sobre determinados vocablos y de la que no está exento el término emprendimiento. Existen palabras que están muy de moda y que por ello corren el peligro de desgastarse. Suenan bien, designan una idea brillante y pronto son acogidas por los políticos y por los diversos agentes sociales, que en muchas ocasiones hacen un uso abusivo e inoportuno de ellas hasta convertirlas en tópicos inútiles o vaciarlas de su rico contenido. Afortunadamente esto no sucederá con conceptos tan importantes como investigación, innovación, transferencia del conocimiento, emprendimiento,... si las personas directamente implicadas en esas realidades trabajan con el mismo rigor y diligencia con que lo han hecho los autores de este libro.

Juan Enrique Varona Alabern

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

Universidad de Cantabria

La fiscalidad del emprendimiento

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