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II. MARCO NORMATIVO

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La operativa de las estructuras de crowdfunding requiere tener como base un modelo sólido de funcionamiento de mercado de capitales4). El libro Verde para creación de un Mercado de Capitales contempla entre sus pretensiones la definición de este modelo alternativo de financiación. La consolidación de este mercado único de capitales es objetivo de la Unión Europea5) siguiendo la tendencia abierta en EE.UU. de la JOBS Act (Jumpstart Our Business Startups Act) Promulgada por el presidente Obama el 5 de abril de 20126).

Las iniciativas comunitarias se concretan con el Plan «Capital Markets Union Plan» de 30 de septiembre de 2015, donde la Comisión Europea dispone la estructura de una planificación para la consecución de este objetivo7). El crowdfunding se menciona como un instrumento para fomentar nuevos canales de financiación para el crecimiento y la innovación. En la reciente publicación, «Capital Markets Union: First Status Report»8), el legislador comunitario resume las últimas evoluciones legislativas.

En UK la regulación de esta actividad está principalmente en manos de la Autoridad de Conducta Financiera (FCA). Mediante el documento de consulta «CP13/13: The FCA’s regulatory approach to crowdfunding (and similar activities)», instó a los interesados e emitir su criterio de reflexión que guiara la mejor regulación de la actividad de crowdfunding. Las iniciativas se desarrollaban en el contexto de una regulación dirigida a contemplar la actividad de crédito a los consumidores9). Fruto de dicha consulta se dispuso la regulación de la actividad de crowdfunding en UK en el «Policy statement 14/4», sobre «The FCA’s regulatory approach to crowdfunding over the internet, and the promotion of non- readily realisable securities by other media», de marzo 210410) 11).

El documento «A review of the regulatory regime for crowdfunding and the promotion of non-readily realisable securities by other media» de febrero 201512) contemplaba ciertas modificaciones y anunciaba el cierre de un marco normativo en el que se pretendía combinar el interés de promocionar la actividad de financiación a través del crowdfunding con la de proteger a los inversores que utilicen este medio de financiación.

Fruto de estas iniciativas son las recientes modificaciones que afectan al sector de actividad loan-based crowdfunding. El DP15/6 en noviembre 2015 orienta los cambios que deben efectuarse en el Handbook FCA. El febrero se publicó el documentos de consulta CP16/5 donde se detallaban las propuestas de estos cambios incluyendo las reflexiones recibidas por la consulta previa efectuada13). Por otra parte, en enero de 2016 se publicó el documento de consulta CP (CP16/4) instando a los interesados a emitir las valoraciones para simplificar las exigencias monetarias a los clientes a favor de las firmas que operan sistemas electrónicos en relación con las plataformas de préstamos (P2P platforms) y que poseen fondos efectivos en relación con ambas actividades de negocio peer-to-peer business, regulados y no regulados. El documento Policy Statement PS16/8 «FCA Handbook changes regarding the segregation of client money on loan-based crowdfunding platforms, the Innovative Finance ISA, and the regulated activity of advising on peer-to-peer agreements. Including feedback to CP16/4 and CP16/5, and final rules», se incluyen las reformas que concretan los anteriores documentos de consulta14).

El Reino Unido se ha revelado como líder en el mercado de crowdfunding con un volumen de actividad de €2,337m (£1.78bn3) además de ser un modelo normativo a considerar por la prolífica actividad normativa. El legislador ha dispuesto en este país, como vemos, una regulación específica para los proveedores de financiación alternativa, frente al criterio seguido por otros Estados Miembros de aplicar normativa dispersa que se ha dictado específicamente para cubrir este tipo de actividad. La normativa base antes descrita se completa con otra sectorial que incluye el régimen previsto en la «Financial Services and Markets Act de 2000», el «Collective Investment Schemes (CISs)», el régimen del folleto de emisión «Prospectus Regimen», el de los fondos alternativos de inversión, «alternative Investment Fund Managers Directive» (AIFMD), disposiciones particulares para las plataformas lending P2P, la regulación del régimen de pagos, así como la normativa sectorial comprendida en la Ley de crédito al consumo —Consumer credit act— y las disposiciones «Individual Saving Accounts (ISAs). También se contempla la posibilidad de aplicar a estas estructuras el régimen de cancelación de la directiva de servicios a distancia15).

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