Читать книгу La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles - José María López Jiménez - Страница 48

2.5. IMPLICACIONES LEGALES

Оглавление

Este acuerdo es sencillamente, como algunos juristas adelantan, un acuerdo de buena voluntad. La aplicación de este depende en gran medida de las políticas en materia de cambio climático de cada una de las Partes y de los mecanismos de implantación que cada una de las mismas adopte (y que sí pueden tener obligaciones legales. Por tanto, hay que distinguir entre la obligatoriedad del acuerdo y la obligatoriedad legal de las medidas impuestas por cada una de las Partes.

Las decisiones de la Conferencia de las Partes pueden tener vinculación legal de las mismas si se establecen como marco regulatorio a adoptar en los diferentes territorios. Una prueba de ello son los acuerdos sobre derechos de emisiones que han derivado en regulaciones legales y normas de aplicación, por ejemplo, en la Unión Europea. Estas regulaciones luego han de trasponerse a los diferentes Estados Miembro. De hecho, la decisión de la vigésimo primera conferencia de las partes (COP21), para que no se malograse el Acuerdo de París, fue la de no crear implicaciones legales para las Partes adheridas al mismo. Es por ello por lo que podemos leer en el acuerdo muchas de las propuestas como recomendaciones, sugerencias o invitaciones a realizar o tomar ciertas acciones. La única excepción, la encontramos en el párrafo 25 de las conclusiones de dicha conferencia en el que se indica la obligatoriedad de presentar los futuros compromisos nacionales (NDCs) con al menos medio año de anticipación a la celebración de la siguiente conferencia de las Partes.

Sin embargo, podemos encontrar en alguno de los artículos del Acuerdo que ciertos órganos tienen la capacidad de requerir a las partes la información necesaria sobre la ejecución y seguimiento de los compromisos, por lo que se convierten en obligación. Ésta, dependiendo de la interpretación de los juristas, puede tener vinculación legal o no. Por tanto, podemos decir que el Acuerdo de París no es totalmente vinculante desde un punto de vista legal pero al estar dentro de la Ley de Tratados de la Convención de Viena se puede considerar una obligación, así como algunos de sus artículos.

La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles

Подняться наверх