Читать книгу La sostenibilidad y el nuevo marco institucional y regulatorio de las finanzas sostenibles - José María López Jiménez - Страница 56
4.2. ESTRUCTURA DEL ANTEPROYECTO DE LEY
ОглавлениеLa ley viene compuesta por nueve capítulos además del título preliminar y las disposiciones generales.
• El primer título se corresponde a los objetivos y planificación de transición energética.
• El segundo título se centra en los detalles para la implantación de energía renovables y eficiencia energética como añadido a las leyes vigentes en materia de regulación eléctrica.
• El título tres versa sobre la transición energética y combustibles haciendo hincapié en la sustitución de combustibles fósiles por biocombustibles o recarga eléctrica.
• El título cuatro se centra en la movilidad sin emisiones y transporte fomentando fundamentalmente el uso de vehículo eléctrico o cero emisiones (está su vez enlazado con el título tercero en los en lo relativo a sustitución de combustibles).
• El título quinto se refiere a las medidas sobre adaptación a los efectos del cambio climático básicamente acerca de los procesos de revisión quinquenal de los planes necesarios.
• El título sexto introduce las medidas básicas sobre transición justa que posteriormente se ampliarán en la estrategia de transición justa también revisión por parte del ministerio.
• El título introduce las medidas de transición justa para aquellas actividades que se verán perjudicadas por la descarbonización de la economía.
• El título octavo sobre la educación investigación innovación en la lucha contra el cambio climático siendo un título sucinto introductorio.
• El título noveno sobre la gobernanza y participación pública centrado en el modelo de gobernanza que propone la Comisión Europea para el nuevo pacto verde.
Tabla 7. Estructura del anteproyecto de Ley de Cambio y Transición Energética
Título | Artículo | Contenido |
Título Preliminar | Art. 1 | Objeto de la ley.Descarbonizar la economía, uso racional de recursos y modelo sostenible. |
Art. 2 | Principios rectores.Los indicados en la Agenda 2030. | |
Título I | Art. 3 | Objetivos de reducción de emisiones, gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética.En línea (o incluso más ambiciosos) con lo marcado desde la Comisión Europea. Objetivos a 2030 y 2050. |
Art. 4 | Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima como herramientas de planificación. | |
Art. 5 | Estrategia de descarbonización a 2050. | |
Título II | Art. 6 | Generación eléctrica en dominio público hidráulico. Nuevas concesiones y apuesta por las centrales hidroeléctricas reversibles. |
Art. 7 | Eficiencia energética y renovación de edificios.Nueva reglamentación y planes integrados. | |
Título III | Art. 8 | Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.Cese de ayudas en estas áreas de la economía y la industrias. |
Art. 9 | Ayudas a productos energéticos de origen fósil.Sólo para aquellas en las que no exista alternativa viable. | |
Art. 10 | Fomento y objetivos de los gases renovables.Biogás, biometano, hidrógeno, etc. Objetivos, certificación y regulación de los mismos. | |
Art. 11 | Objetivos de combustibles alternativos sostenibles en el transporte aéreo.Aplicación de lo anterior al sector aéreo. | |
Título IV | Art. 12 | Promoción de movilidad sin emisiones.Cero emisiones (0 grCO2/km) en 2040, zonas de bajas emisiones, transporte público, movilidad eléctrica y compartida. |
Art. 13 | Instalación de puntos de recarga eléctrica. Obligaciones para gasolineras, modificación de Código Técnico de la Edificación. | |
Art. 14 | Transporte marítimo y puertos.Reducción de emisiones, incentivos económicos y proyectos de mejora. | |
Título V | Art. 15 | Adaptación al cambio climático.Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) y objetivos del mismo. |
Art. 16 | Informes sobre riesgos climáticos y adaptación. | |
Art. 17 | Consideración del cambio climático en la planificación y gestión del agua.Seguridad hídrica y nueva Estrategia del agua para la transición ecológica. | |
Art. 18 | Consideración del cambio climático en la planificación y gestión del dominio público marítimo terrestre. Estrategia de adaptación de la costa a los efectos del cambio climático. | |
Art. 19 | Consideración del cambio climático en la planificación y gestión territorial y urbanística, así como en las intervenciones en el medio urbano, en la edificación y en las infraestructuras del transporte.Planificación y gestión territorial e integración de los instrumentos de gestión. | |
Art. 20 | Consideración del cambio climático en la seguridad alimentaria.Mejora del conocimiento y PNACC. | |
Art. 21 | Protección de la biodiversidad frente al cambio climático.Inventarios Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Estrategia Estatal de la Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración ecológicas. | |
Art. 22 | Política agraria, desarrollo rural y política forestal. Política Agraria Común y resiliencia. | |
Art. 23 | Fomento de la capacidad de absorción de los sumideros de carbonoConsejo Nacional del Clima, comisiones y acciones comunes. | |
Título VI | Art. 24 | Estrategia de transición justa.Instrumento estatal y contenidos. |
Art. 25 | Convenios de transición justa.Fomento de la empleabilidad, participación de las comunidades autónomas, contenido de los convenios. | |
Título VII | Art. 26 | Recursos públicos destinados a la lucha contra el cambio climático.Marco Financiero Plurianual, transferencia a las CC.AA., Consejo de Política Fiscal y Financiera, subastas sobre derechos de emisión. |
Art. 27 | Contratación pública.Criterios de lucha contra el cambio climático en los pliegos, licitaciones y contratos. | |
Art. 28 | Integración del riesgo del cambio climático por entidades cuyos valores estén admitidos a negociación en mercados regulados, entidades de crédito, entidades aseguradoras y reaseguradoras y sociedades por razón de tamaño.Ley de Sociedades de Capital, Comisión Nacional del Mercado de Valores, grupos y sociedades mercantiles. Informes anuales sobre riesgo climático. | |
Art. 29 | Integración del riesgo de cambio climático en el sistema financiero y energético.Igual que el apartado anterior., | |
Art. 30 | Estrategia de descarbonización del sector eléctrico.Modificación de leyes de dicho sector. | |
Título VIII | Art. 31 | Educación y capacitación frente al cambio climático. Cambios en el currículo básico de las enseñanzas. |
Art. 32 | Investigación, desarrollo e innovación sobre cambio climático y transición energética.Fomento de la financiación en estas áreas de conocimiento, Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica, así como Innovación. | |
Título IX | Art. 33 | Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética.Creación y autonomía. |
Art. 34 | Planes autonómicos de energía y clima. A partir del 31 de diciembre de 2021. | |
Art. 35 | Participación pública. | |
Art. 36 | Políticas, Medidas, Inventarios y Proyecciones de Gases de Efecto Invernadero. | |
Disposiciones Adicionales | D.A. 1ª | Exclusión del ámbito de la ley de los equipos, sistemas de armas, instalaciones y actividades de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. |
D.A. 2ª | Desinversión en productos energéticos de origen fósil. Dos años desde la entrada en vigor de la ley. | |
D.A. 3ª | Estrategia de financiación climática internacional. Cumplimiento de compromisos y búsqueda de oportunidades. | |
D.A. 4ª | Medidas adicionales en la aviación civil. Auditorías energéticas y mejora en la reducción de emisiones. | |
Disposiciones Transitorias | D.T. 1ª | Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.Gestión de solicitudes y autorizaciones. |
D.T. 2ª | Consideración del cambio climático en el desarrollo de la planificación y gestión del desarrollo urbano, de la edificación y de las infraestructuras del transporte.No aplicable a planes anteriores a la ley. | |
Disposiciones Derogatorias | D.D. 1ª | Derogación normativa.Todas las disposiciones de igual o inferior rango contrarias a esta ley. |
Disposiciones Finales | D.F. 1ª | Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con el almacenamiento y gestión de la demanda.Modificaciones de la ley e inclusión de la figura del agregador de demanda. |
D.F. 2ª | Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con el impulso al desarrollo de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable.Modificación del régimen retributivo. | |
D.F. 3ª | Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en relación con el nivel de endeudamiento y retribución de las actividades reguladas en los sectores eléctrico y de gas natural.Retribuciones y préstamos. | |
D.F. 4ª | Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con el acceso y conexión a la red de electricidad. | |
D.F. 5ª | Modificación de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. Presupuestos Generales del Estado. | |
D.F. 6ª | Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en relación con la comunicación sobre toma de participaciones de grupos de sociedades designados como gestor de la red de transporte de electricidad y gas natural. | |
D.F. 7ª | Modificación del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.Accesibilidad universal, movilidad y protección ambiental. | |
D.F. 8ª | Modificación de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.Impacto por razón de cambio climático. | |
D.F. 9ª | Modificación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.Periodo de obligación desde la entrada en vigor hasta 2030. | |
D.F. 10ª | Títulos competenciales.Competencias exclusivas del estado. | |
D.F. 11ª | Desarrollo reglamentario. | |
D.F. 12ª | Incorporación del Derecho de la Unión Europea.Transposición de directivas. | |
D.F. 13ª | Entrada en vigor.Al día siguiente de la publicación en el B.O.E. |