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3.4. PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA AGENDA 2030

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El Plan de Acción para la Implementación de la Agenda 2030, fue aprobado por el consejo de ministros del Reino de España el 29 de junio de 2018. En el mismo se establece el marco ejecutivo para la implantación de la Agenda en la gestión pública española, conforme a los acuerdos establecidos con el estado en las relaciones internacionales y en la ratificación de la 70/1 del 25 de septiembre de 2015 de Naciones Unidas. Previamente, La Comisión Delegada del Gobierno para Asunto Económicos (CDGAE), en su reunión del 28 de septiembre de 2017, acordó la constitución del Grupo de Alto Nivel (GAN) para la Agenda 2030. Dicho grupo será el responsable de la preparación de los resultados que se presenten en el Foro Político de Alto Nivel de Naciones Unidas. El 12 de diciembre del mismo año, se aprobó en el congreso de los diputados una Proposición no de Ley (PNL 161/001253) para definir la estrategia nacional y el cumplimiento de la Adenda.

En el plan se recogen las acciones llevadas a cabo en materia de Agenda 2030 por el propio Gobierno de España y por las Comunidades Autónomas con anterioridad a la creación de este. Además, en el primer capítulo indica de manera explícita el compromiso de nuestro país en la consecución de los objetivos de esta, tanto por lo que se había realizado de manera previa al plan, como por los objetivos futuros:

“España está firmemente comprometida con la visión, espíritu y puesta en marcha de la Agenda, con la voluntad de convertir los ODS en una realidad, y así lo están mostrando la ciudadanía española, su sociedad civil, multitud de empresas, universidades, sindicatos, CCAA y GGLL”.

Parte importante del Plan, pero poco resaltado, más que en unos pocos párrafos, es la multilateralidad del mismo. Es decir, hay que considerar que el Reino de España ha adquirido compromisos previos a nivel individual con terceros países y a nivel multilateral a través de la propia Unión Europea, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), foros internacionales de la Naciones Unidas, el Grupo de los 20 (en el que España es invitado permanente desde el año 2008), la Conferencia Iberoamericana, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), Organización de Estados Americanos (OEA), etc. Pese a la mera mención, dada la transversalidad de la agenda, pude haber asuntos relevantes de la misma que coarten su implantación en nuestro país al estar supeditada a los compromisos internacionales adquiridos; de ahí que el problema del multilateralismo se hace presente en todos los países que refrendaron la resolución por la que se establecieron los objetivos de la Agenda.

Dentro del propio plan, se ha realizado un análisis de estructuras ministeriales para la implementación de la Agenda, de tal manera que tanto la sociedad civil, como las instituciones y la propia administración, puedan identificar las responsabilidades en materia de ODS que tiene cada ministerio. Este alineamiento, como se denomina en el plan, tiene como tendón de Aquiles la variación en las carteras o ministerios de cada legislatura, por lo que se habrá de reformular o rehacer el alineamiento con cada cambio de estructura del gobierno (a diferencia de países de nuestro entorno que tienen una estructura gubernamental mucho más estable). Por ello, se ha de entender que dicha revisión conllevará retrasos en la ejecución de las medidas para la consecución de algunas metas e incluso para recabar la información que desde 2018 se envía para el examen voluntario de España en materia de Agenda 2030.

Dentro del propio plan, en el apartado 6.1, se analiza el papel de la sociedad civil. En dicho apartado, cabe destacar que se loa la participación de la sociedad civil en el establecimiento de objetivos por parte de Naciones Unidas y también a nivel europeo, así como la participación a nivel nacional (que por otro lado está garantizado por nuestra legislación actual en materia de transparencia y control a las actuaciones de la administración). En este sentido, se indica en el propio documento que el gobierno no tuvo tiempo en 2018 de realizar las consultas pertinentes (que en este tipo de procedimientos recomienda la legislación administrativa) pero se difundió un borrador de este y se invitó a actores destacados de la sociedad civil a participar de algunas reuniones del Grupo de Alto Nivel. No obstante, cualquier proyecto o plan que derive del mismo (tanto a nivel nacional, autonómico o local) ha de ser aprobado conforme a la normativa y, por tanto, pasarán los tramites de consultas públicas preceptivos de cada tipo de procedimiento. Es por ello, como se mencionaba anteriormente, que muchos de las propuestas establecidas por la Agenda 2030 ya se dan, de facto y de lege, en el Reino de España.

En cuanto a lo que se refiere a las empresas, en el apartado 6.2, se hace referencia a las propuestas que el gobierno tiene para la colaboración del sector privado empresarial en la consecución de los objetivos de la Agenda 1030. En ella se hace referencia a la Red Española del Pacto Mundial auspiciada por Naciones Unidas, y a los grupos de trabajo que se han establecido en materia de Agenda 2030 por la patronal y por diversas asociaciones empresariales españolas. En este sentido, según indica el propio Plan, se tuvieron en cuenta las opiniones del sector privado empresarial para la confección de este. Asimismo, reafirma los compromisos adquiridos por el sector su apoyo a la consecución de los objetivos establecidos por la Agenda. De la misma manera, se ha tenido en cuenta la opinión de: organizaciones sindicales, universidades y asociaciones de profesionales liberales.

Como herramienta fundamental para la implantación de la Agenda 2030 en España, el propio plan establece la creación de Políticas Palanca, las cuales define de la siguiente manera:

“Por políticas palanca nos referimos a aquellos programas o políticas con capacidad de acelerar la implementación de los ODS, impulsar un desarrollo sostenible coherente y alcanzar un impacto más rápido y sostenido sobre aspectos clave para el progreso en el conjunto de la Agenda 2030.”

Para ello, en el propio plan se definen áreas prioritarias de actuación que en la actualidad están teniendo repercusión a nivel legislativo, como pueden ser las reformas del sector eléctrico, la tramitación de la Ley de Cambio Climático, etc.

Tabla 6. Políticas palanca de Plan de acción para la implementación de la Agenda 2030

ÁreaPolítica Palanca Estrategias y Planes
IPrevención y lucha contra la pobreza, la desigualdad y la exclusión social.Estrategia nacional de Prevención y lucha Contra la pobreza y la Exclusión social 2019-2023.
IIIgualdad de oportunidades: plan estratégico.Plan estratégico de igualdad de oportunidades: 2018–20213.
IIILa agenda urbana española.Agenda Urbana Española 2019: Diagnóstico, Marco estratégico, indicadores y plan de acción.
IVLa economía circular.Estrategia Española de Economía Circular, España Circular 2030
VLa ley de cambio climático y transición energética.Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética
VILa investigación científica y técnica para los ODS.Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013–2020.Plan estatal de Investigación Científica y Técnica 2017–2020.
VIILa economía social: estrategia 2017-2020.Estrategia Española de Economía Social 2017-2020.
VIIIPlan de gobierno abierto.IV Plan de Gobierno Abierto4
IXRecuperar la cooperación española al servicio de los ODS.Plan director de cooperación española: 2018-20215.

Además de todo lo anteriormente citado, el Plan de acción contiene también directrices generales en cuanto a gobernanza y cohesión territorial que se sustentan en gran medida en planes ya existentes.

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