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PRÓLOGO

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Es un verdadero placer y un honor para mí escribir estas líneas como Prólogo para la publicación del libro denominado Convenios Internacionales Marítimos de la autoría de mi buen amigo y colega José Vicente Guzmán.

La modernización, la actualización y la unificación (o uniformidad) del derecho marítimo son metas importantes y necesarias, tanto para el comercio y transporte marítimo como para los gobiernos interesados en promover la seguridad en alta mar, la protección del medio ambiente marino, y combatir la piratería y el terrorismo. Sin duda, la ratificación de, o la adhesión a, los principales convenios internacionales marítimos constituye la manera más eficaz de lograr la uniformidad del derecho marítimo.

El objetivo principal o raison d’être del Comité Marítimo Internacional (CMI), una organización no gubernamental establecida en 1897 en la Ciudad de Amberes, es promover o contribuir a la unificación (o, mejor dicho, a la uniformidad) del derecho marítimo, como consta en el artículo 1.° de la Constitución del CMI. El CMI lleva 125 años de sempeñando este papel importante y mantiene un interés primordial en estudiar y tratar de resolver los conflictos internos presentados por los regímenes nacionales, los acuerdos regionales y los convenios internacionales que rigen el comercio y el transporte marítimo internacional.

¿Por qué necesitamos la uniformidad del derecho marítimo? El jurista italiano Pasquale Stanislao Mancini, durante un discurso ante la Facultad de Derecho de la Universidad de Turín, en 1860 (hace unos 160 años), dijo lo siguiente:

La mar, con sus vientos, tormentas y peligros, nunca cambia, y esto requiere, por necesidad, un régimen jurídico uniforme.

En otras palabras, las empresas que participan en el comercio marítimo internacional necesitan saber con certidumbre que el régimen jurídico aplicable a ese comercio va a ser el mismo, sin importar el puerto de embarque o la ruta de navegación que se tome para llegar al puerto de descarga.

La importancia de un régimen jurídico uniforme para el comercio marítimo fue reconocida por los fundadores del CMI, como consta en la introducción de la historia del CMI escrita por Albert Lilar en 1972 (para celebrar los 75 años de existencia de la organización):

L’historie du droit maritime porte l’empreinte d’une recherche constante de stabilité e de securité dans les rapports entre les hommes qui confient leur personne et leurs biens à la mer capricieuse et indomptable. Depuis des temps immémoriaux, le postulat qui a inspiré toutes les approches du problème, implique l’établissement d’un droit uniforme.

Los fundadores del CMI tenían en mente un gran proyecto de codificar las leyes marítimas del mundo, siguiendo la tradición empezada en la Edad Media de redactar reglas de acuerdo común, como las leyes, reglas o tablas de Rodas, Olerón, Visby y Barcelona, entre otras, para así crear y obtener una uniformidad del derecho marítimo y facilitar el comercio marítimo en la tradición del Mare Liberum, favorecida por el filósofo holandés Hugo Grotius.

También cabe mencionar que el trabajo inicial de los fundadores del CMI tomó lugar dentro de otra organización, la Asociación de Derecho Internacional (International Law Association o ILA), la cual fue fundada varios años antes del CMI con una visión más amplia en torno al derecho internacional en general. En este sentido, se puede considerar que el CMI es descendiente de la ILA, pero figura como la primera organización internacional dedicada exclusivamente al derecho marítimo y a las prácticas comerciales en el ámbito marítimo internacional.

En resumen, la uniformidad del derecho marítimo es importante si nuestro objetivo es establecer una calidad total normativa en la regulación del comercio o transporte marítimo, y al mismo tiempo promover la seguridad en alta mar, proteger el medio ambiente marino, y combatir la piratería y el terrorismo. Lograr esta uniformidad del derecho marítimo sigue siendo un ideal noble y necesario, y la publicación del libro Convenios Internacionales Marítimos constituye un paso importante para lograr este ideal. A nombre de la Presidencia del CMI y en mi capacidad personal, reitero mis felicitaciones al Comité Editorial de la Universidad Externado de Colombia y al Dr. José Vicente Guzmán por la publicación de este importante libro.

CHRISTOPHER O. DAVIS

Presidente

Comité Marítimo Internacional

Nueva Orleans, marzo de 2022

A la verdad la navegación fué regida en todos tiempos por el derecho de gentes; pues así por ser ella el vínculo de la compañía y comunicación de las naciones entre sí, como porque derrama las comodidades y la abundancia de unas regiones en otras, está sujeta á unas reglas comunes, que las mútuas necesidades hacen respetar de todos los pueblos, y que la equidad natural había ya grabado en el corazón del hombre […]1.

Convenios Internacionales Marítimos

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