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México, Uruguay y Ecuador

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El punto de partida de Entre el pesimismo y la esperanza (2015) fue que la institucionalización es relevante para el ejercicio de derechos humanos. En esa lógica, en la medida en que un país tuviera más institucionalización, las personas que lo habitan tendrían un mayor ejercicio de derechos humanos. Lo que encontramos es que esta relación no es directa sino mediada.


Como mencionamos líneas arriba, hay ciertas condiciones políticas —calidad de la democracia— y otras en materia económica —instituciones de bienestar sólidas— que se tornan relevantes. Cuando en un país están presentes esas condiciones, la institucionalización tiene un mayor efecto sobre el ejercicio efectivo de los derechos humanos. En cambio, si el país no cuenta con ellas, dicha institucionalización se neutraliza y en consecuencia no tendrá un efecto importante en el ejercicio de los derechos.

La relación entre alto nivel de institucionalidad y un alto ejercicio de derechos humanos no es directa. Por el contrario, nos encontramos con países que teniendo un alto nivel de desarrollo institucional mostraban un bajo ejercicio de derechos humanos, y países con bajo nivel de institucionalidad, pero con alto nivel de ejercicio de derechos. ¿Qué explica estas disparidades? Es la pregunta que buscamos responder en este volumen a través del estudio en profundidad de dos casos atípicos y uno típico (por lo menos durante una parte importante del periodo estudiado). La clave de esta respuesta es el acuerdo estatal que define las prioridades políticas del Estado en el que se insertan los procesos de institucionalización de derechos. Con estos criterios, elegimos tres países para profundizar en el análisis:

 —México, que sigue el patrón esperado: nivel medio de institucionalización, y nivel medio de ejercicio de derechos humanos.

 —Ecuador, que se desvía del patrón: alto nivel de institucionalización, pero bajo ejercicio de derechos humanos.

 —Uruguay, que se desvía del patrón, aunque de manera distinta: bajo nivel de institucionalización, pero alto ejercicio de derechos humanos.

Partimos de la existencia de diferentes niveles de disfrute de derechos, identificamos casos diversos, y trazamos los procesos que a nuestro criterio permiten entender estas diferencias. El abordaje de estos tres casos tiene como objetivo refinar los hallazgos de la primera etapa de investigación para sofisticar el análisis de las mediaciones entre la institucionalización y el disfrute de derechos humanos mediante la problematización de lo que llamamos el acuerdo estatal, en el que se insertan las instituciones de derechos humanos. Esta diversidad nos permitió identificar qué características de la relación entre institucionalización y acuerdo estatal coadyuvan a comprender el nivel de disfrute de derechos en cada caso.

Para el estudio de cada uno de los países seleccionados se ejecutó un trabajo de campo de diez meses durante 2015 en el que se revisaron fuentes primarias y secundarias, y se realizaron entrevistas y grupos focales con actores claves. El trabajo de campo y el análisis preliminar de la información sobre cada país lo hizo un equipo in situ con amplio conocimiento de la dinámica local.

Cuando nos adentramos en el análisis específico de los casos, identificamos el acuerdo estatal en el que se insertó el proceso de institucionalización y comprendimos tanto las medianías de México como las desviaciones de Uruguay y Ecuador. En un acuerdo estatal de tipo neoliberal en donde, al finalizar al periodo estudiado, predomina un contexto de violencia como el de México, la institucionalización de derechos humanos no es inocua, pero cierto es que entra en conflicto con otros principios rectores del acuerdo, por ejemplo, con la priorización de la competitividad empresarial por sobre la justicia social, o la “guerra contra las drogas” por sobre el respeto de los derechos civiles relacionados con el uso de la fuerza.

La situación en Ecuador se caracteriza por un periodo en que diferentes acuerdos estatales tuvieron lugar como resultado de la inestabilidad política del país y de la conflictividad social basada en las diferencias étnicas de la población: uno de corte socialdemócrata, uno neoliberal y otro posneoliberal. Esta inestabilidad se tradujo en la debilidad institucional del Estado, que más allá de la adopción de instituciones de derechos humanos carece de los recursos y capacidades necesarias para mejorar las condiciones de vida de la población.

Finalmente, en Uruguay tienen lugar dos acuerdos estatales, uno neoliberal y otro posneoliberal, pero existen marcas de identidad del país que permanecen, como la estabilidad política y la tradición de consenso. Al respecto, la institucionalización de derechos humanos es tardía en la estructura uruguaya y trae aparejada una complejización de la noción de igualdad, el cumplimiento de las obligaciones de monitoreo internacional en la materia y el reconocimiento de las demandas de verdad y justicia de las víctimas de violaciones de derechos humanos durante la última dictadura militar.

El Estado y los derechos humanos: México, Ecuador y Uruguay

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