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IV. EL CONTENIDO Y LAS RAMAS DEL DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO A. CONTENIDO

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Las normas jurídicas homogéneas que regulan la parte de la realidad social debidamente acotada que constituye la actividad financiera conforman el contenido del Derecho Financiero y Tributario.

Al amparo de lo indicado, cabe una aproximación genérica a la delimitación del contenido de nuestra disciplina y otra más específica. Desde el primer punto de vista, por tal hemos de entender las normas jurídicas que regulan el ingreso y el gasto de los entes públicos. Desde un punto de vista más específico constituye el contenido al que nos referimos la regulación, por un lado, de los ingresos tributarios, crediticios, patrimoniales y otros de naturaleza variable de los entes públicos, y, por otro, la de los gastos de los entes públicos y en particular la de sus Presupuestos. Este último acercamiento, más pormenorizado en la vertiente de los ingresos de los entes públicos, pone de relieve los distintos recursos de los que aquéllos pueden proceder. Así, los que nacen del recurso tributo dan lugar a los ingresos tributarios; los que lo hacen del crédito público desembocan en los ingresos crediticios, y, por fin, los que provienen de las distintas modalidades del patrimonio de los entes públicos culminan en los ingresos patrimoniales.

Todo lo anterior se refleja en el artículo 5.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a cuyo tenor: «Los derechos de la Hacienda Pública estatal se clasifican en derechos de naturaleza pública y de naturaleza privada.

Son derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública estatal los tributos y los demás derechos de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos que deriven del ejercicio de potestades administrativas».

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