Читать книгу Derecho Financiero y Tributario - Luis María Cazorla Prieto - Страница 22
B. RELACIONES CON OTRAS DISCIPLINAS JURÍDICAS
Оглавление1. La amplitud de lo jurídico-financiero y su indiscutible inmersión en el fondo jurídico común hacen que el Derecho Financiero y Tributario mantenga numerosas relaciones con muy variadas disciplinas jurídicas.
Sin embargo, la intensidad de tales relaciones no es igual con todas ellas.
2. Hay disciplinas con las que la relación del Derecho Financiero y Tributario es de intensidad aguda. Así, en el seno del Derecho público destacan las que se establecen con el Derecho Constitucional, como parte del ordenamiento jurídico que regula la organización de los poderes públicos y los derechos y deberes fundamentales, extremos tan sustancialmente ligados a lo jurídico-financiero. También las conexiones son intensas con el Derecho Administrativo, como parte del ordenamiento jurídico que regula la configuración y modo de actuar de las Administraciones públicas en las que la financiera se integra.
En el campo del Derecho privado los vínculos del Derecho Financiero y Tributario son estrechos con el Derecho Civil, como parte del ordenamiento jurídico en cuyo ámbito se albergan conceptos y categorías generales para el Derecho en su conjunto. Igualmente tales vínculos son abundantes con el Derecho Mercantil, al ser éste regulador de hechos, situaciones y relaciones de marcado contenido económico en los que se fija nuestra disciplina por ser reveladores de capacidad económica.
Por último, la técnica de la armonización fiscal y los lentos pasos hacia la unidad económica dentro de la Unión Europea conducen a que las relaciones del Derecho Financiero y Tributario con el Derecho Comunitario sean estrechas y crecientes.
3. Pero aquí no acaban las relaciones a las que nos venimos refiriendo. Las tiene también el Derecho Financiero y Tributario, aunque de menor calado, con el Derecho Procesal, con el Derecho Penal y con el Derecho Internacional, entre otras ramas del Derecho.